Ver la versión completa : Nota
informativa de AESA sobre el uso de Drones . . Es importante su lectura
diafragma1939
15/04/2014, 20:10
¿De donde sacas estas cosas? ¿tu crees que una aseguradora
con unos servicios jurídicos de lo mejor que puedas encontrar, va a
comercializar un producto que sea ilegal? ¿de verdad te crees lo que dices?
Sinceramente, no se cuales son tus intereses, pero deja de decir... no se como
calificarlo, bueno si lo sé, pero me lo voy a reservar.
Ah!! y por cierto, ya
sabe todo dios que estas en Canada, "xa fede" si eso ponlo en tu firma por si
alguno no se ha enterado, cosa que dudo...
Un saludo...
Boas
1.- Creo que tu y yo no nos conocemos de nada, pero por si las moscas procederé
con la habitual moderación que me caracteriza últimamente.
Desde luego
personalmente nunca he considerado a las aseguradoras grandes donantes de dinero
para el bienestar general de la población, pero puede ser debido a que soy algo
corto - de hecho muchos de por aquí parecen creerlo - pero siempre me dio la
sensación que el negocio de las aseguradoras estaba en ofrecer un servicio que
se espera nunca sea necesaria a cambio de un precio "razonable" por llamarlo de
alguna forma. En otras palabras cobrar continuamente a cambio de algo intangible
y que se espera que nunca se tenga que utilizar.
Gran negocio si señor, es
casi mejor que venderle hielo a los esquimales.
Aún así reconozco, que yo
mismo he pecado ya que sino me aseguro el culo es porque no lo vale… :D
Pero sigamos adelante y aceptemos pulpo como animal de compañía: Si bien puede
ser cierto que las aseguradoras cuentan con grandes gabinetes de abogados
(aunque debería preguntarme el por que ? ya que su negocio es claramente el de
regalar dinero :rolleyes:), podrías explicarme la razón de ser de cientos por no
decir miles de gabinetes de abogados que se dedican con mayor o menor éxito a
reclamar y a hacer que las aseguradoras cumplan con los contratos firmados con
sus clientes ? Puede ser que debido a que la mayor parte de las veces siempre
existe la ¨letra pequeña¨ el ¨clavo ardiendo¨ al que las aseguradoras se agarran
para joder a todo Cristo siempre que pueden ?
Por ejemplo en nuestro caso
concreto, al tratarse de una actividad cuya legalidad es dudosa y/o indefinida -
por lo tanto con ciertas dificultades a la hora de ejercer una reclamación
ajustada a la ley ya que esta no existe específicamente salvo en el caso de los
campos de la Federación - no dificultaría esto el proceso reclamativo ?
Aunque entiendo que una vez vendido el seguro esto ya es responsabilidad de
otros así que entramos ambos en el terreno del supositorio… perdón de la
suposición...
2.- Lo de las calificaciones mejor que te lo reserves en
este foro lo de los calificativos lo llevamos bastante mal - y yo personalmente
peor que mal. Y de hecho yo mismo ya he recibido algún aviso al respecto
diablo.
3.- Y para terminar como decirte… lo de que ¨xa fede¨ sobra, si
tienes algún problema - Pecado venial, Síndrome de Tourette, Síndrome de
Diógenes - con mi procedencia o donde resido arréglalo con tu otorrino - lo digo
por lo del pestazo ya que puede ser, Díos no lo quiera, una sinusitis infecciosa
mal curada y eso nunca se sabe donde puede acabar - ya que este no es lugar para
ese tipo de exabruptos.
Sayonara baby… diablo
Ciao
:cool:
aero-plano
16/04/2014, 00:25
Joer, como está el patio!! con tanta agresividad cuesta
centrarse en el tema del hilo y no ponerse a contestar cualquier
cosa.....
aero plano a ver si te cortas un poco que parece mentira
que seas tan ultra defensor de los vuelos peligrosos y resulta que tienes en tu
web fotos hechas por ti encima de muuuucha peña,y lo que es peor ,cobrando,no se
si llamarte hipocrita o descuidado por no quitarlas por no decirte otra cosa,que
despues me llamas maleducado,hay que tener morrazo campeon.
Me parece
bien que te tomes un tiempo en mirar mi página web. No es gran cosa y no presumo
de ser el mejor en nada, pero vivo de ello y al igual que tu la miran unas 1500
personas al mes, con lo que algunos trabajillos consigo. Pero veo que no has
entendido "qué" es lo que me hace diferente: Trabajo con todo tipo de aeronaves,
cada una para lo suyo, si tengo que seguir un Dakar lo hago con helicóptero 1:1,
y si tengo que filmar una ermita con multi. Además de paramotor, globo
aerostático motorizado (diseño de la casa), y demás.
Algunas imágenes te
resultarán sorprendentes, y me alegro pues de eso se trata jajajaja, pero no por
elllo presupongas que están hechas de una u otra manera. Hace un año y medio que
estoy trabajando en el desarrollo de unos globos cautivos de helio (por
lllamarlo de alguna manera) que dejándolos derivar, subir, o en ocasiones
estáticos, me permiten hacer cosas impensables con otros medios. Todo suma ;-).
Cuando lo tenga patentado lo haré público y te invitaré a unas cervezas para
celebrarlo ¿me paso por la colonia y lo hablamos?
Espero haber aclarado
tus dudas.
Los parapentes (por ejemplo) ya tienen una
regulación especifica con lo cual ya no requieren de una autorización. ¿puede
ser algo así?
los parapentes pueden volar sin notificarlo ni pedir
autorización siempre treniendo en cuenta todo lo que estamos diciendo que es de
sentido común, pero por supuesto no volar sobre aglomeraciones de personas,
ciudades, espacios aéreos controlados, ni prohibidos (zonas militares, centrales
nucleares, ...), ni restringidos,..Y los paramotores (menciono también estos
porque pueden meterse en más sitios) tienen alguna limitación más.
Realizando todos los trámites pertienentes pueden llegar a volar en cualquier
sitio, aunque no son nada sencillos de conseguir.
A ver si alguno
me lo podéis aclarar, según yo tengo entendido el vuelo de multicópteros no está
regulado de forma específica, pero la captación de imágenes aéreas si lo está,
se supone que profesionalmente solo se pueden tomar imágenes aéreas desde
plataformas autorizadas para ello y pidiendo los permisos necesarios en función
de lo sensible que sea la zona a fotografiar o a filmar (algo que no cumplen
muchas empresas que están haciendo fotos desde paramotores, ultraligeros,
avionetas, helicópteros, autogiros...).
Los que lo hacemos en
paramotores, o los ultraligeros y autogiros no tienen ninguna manera legal de
hacer imágenes aéreas. Lo tenemos prohibido. Los únicos que pueden hacer todo el
papelería legal para tener autorización son aviones y helicópteros, aunque aún
así muchos de ellos también hacen trabajos aéreos sin estar autorizados.
Piensa que la ley que regula el tema para poder hacer imágenes aéreas en España
es del año 1947, en plena época de Franco, y es muy restrictiva amparada en
temas de seguridad nacional. Todo esto reuquiere una actualización inmediata, y
espero que AESA, además de preocuparse por los "drones", le pegue un buen meneo
general al tema.
Los ultraligeros, autogiros, etc si tienen
unas leyes, licencias y normativas especificas, luego si pueden filmar siempre y
cuando cumplan con las normas que les afectan.
Lo dicho antes, NO
pueden legalmente. Es lo que hay ;-)
Saludos!
Jaime135
16/04/2014, 06:33
Los que lo hacemos en paramotores, o los ultraligeros y
autogiros no tienen ninguna manera legal de hacer imágenes aéreas. Lo tenemos
prohibido. Los únicos que pueden hacer todo el papelería legal para tener
autorización son aviones y helicópteros, aunque aún así muchos de ellos también
hacen trabajos aéreos sin estar autorizados.
Piensa que la ley que regula el
tema para poder hacer imágenes aéreas en España es del año 1947, en plena época
de Franco, y es muy restrictiva amparada en temas de seguridad nacional. Todo
esto reuquiere una actualización inmediata, y espero que AESA, además de
preocuparse por los "drones", le pegue un buen meneo general al
tema.
A eso es a lo que me refería, la fotografía aérea se lleva
haciendo de forma ilegal con estos aparatos desde hace muchos años y yo no
conozco de ningún caso en el que se haya denunciado a alguien, supongo que esto
servirá para relativizar la nota de AESA, pero también es verdad que el número
de personas que se dedican a hacerlo es muy pequeño comparado con los
multicópteros, y nadie se dedica a hacer fotos con un paramotor sin ser un
piloto bastante experimentado, no se pueden comprar en mediamark y salir a hacer
fotos al día siguiente, cuando ha habido denuncias no ha sido por el hecho de
hacer fotografías, sino por volar en sitios inadecuados como playas llenas de
gente por ejemplo.
splinter
16/04/2014, 06:48
Ok. Solo se puede filmar en avion y helicóptero. Pidiendo
los permisos necesarios. Con todo lo demás, no se puede.
Pues es curioso,
por que todos los que vuelan en parapente, etc, suelen llevar la gopro. Luego
estan grabando ilegalmente. Jejejjeje
Pauantich
16/04/2014, 07:16
A eso es a lo que me refería, la fotografía aérea se lleva
haciendo de forma ilegal con estos aparatos desde hace muchos años y yo no
conozco de ningún caso en el que se haya denunciado a alguien, supongo que esto
servirá para relativizar la nota de AESA, pero también es verdad que el número
de personas que se dedican a hacerlo es muy pequeño comparado con los
multicópteros, y nadie se dedica a hacer fotos con un paramotor sin ser un
piloto bastante experimentado, no se pueden comprar en mediamark y salir a hacer
fotos al día siguiente, cuando ha habido denuncias no ha sido por el hecho de
hacer fotografías, sino por volar en sitios inadecuados como playas llenas de
gente por ejemplo.
Claro! Precisamente la causa de la publicación de la
nota es la circunstancia que permite a cualquiera utilizar un drone. La
regulación del sector es una buena noticia para todos, pero lo de AESA no es una
ley, es un comunicado que nos sitúa en el ojo del huracán y a merced de
linchamientos mediáticos diversos. Mientras no se redacte una legislación, todos
los usuarios estamos en un limbo jurídico incierto a merced de la interpretación
de la autoridad policial de turno: policía local, policía nacional, guardia
rural, policía autonómica, guardia civil...
Y bueno... Gracias que no se
a metido también la agencia estatal de protección de datos, que ahí también hay
tela!!!
www.ifoto3d.com
sabinero
16/04/2014, 08:22
Joer, como está el patio!! con tanta agresividad cuesta
centrarse en el tema del hilo y no ponerse a contestar cualquier
cosa.....
Me parece bien que te tomes un tiempo en mirar mi
página web. No es gran cosa y no presumo de ser el mejor en nada, pero vivo de
ello y al igual que tu la miran unas 1500 personas al mes, con lo que algunos
trabajillos consigo. Pero veo que no has entendido "qué" es lo que me hace
diferente: Trabajo con todo tipo de aeronaves, cada una para lo suyo, si tengo
que seguir un Dakar lo hago con helicóptero 1:1, y si tengo que filmar una
ermita con multi. Además de paramotor, globo aerostático motorizado (diseño de
la casa), y demás.
Algunas imágenes te resultarán sorprendentes, y me alegro
pues de eso se trata jajajaja, pero no por elllo presupongas que están hechas de
una u otra manera. Hace un año y medio que estoy trabajando en el desarrollo de
unos globos cautivos de helio (por lllamarlo de alguna manera) que dejándolos
derivar, subir, o en ocasiones estáticos, me permiten hacer cosas impensables
con otros medios. Todo suma ;-). Cuando lo tenga patentado lo haré público y te
invitaré a unas cervezas para celebrarlo ¿me paso por la colonia y lo
hablamos?
Espero haber aclarado tus
dudas.
Saludos!
aeroplano a mi como si eres
astronauta y vas a patentar una alcachofa voladora,no te desvies del tema y
encima haciendote publicidad,el tema es que TU has hechado pestes de este y de
aquel por volar aqui o alla con cierto riesgo y TU has hecho gravaciones muuucho
mas peligrosas,me da igual que hayan sido con helis,multis,globos de helio o
fideos a la cazuela,y me da igual que tengas todos los permisos y seguros puesto
que ya ha quedado claro que en caso de tragedia de poco valen,almenos eso
opinais los profesionales de esto,acaso has pedido TU permiso para sobrevolar
las cabezas de todas esas personas la mayoria niños en el parque acuatico?,o a
los bañistas de esas playas?,o del tibidadbo?,no verdad,pues entonces no vayas
poniendo a la gente de top gum ni de gañanes ni de maleducados,yo entiendo
vuestra postura sobre el tema y entiendo que querais que esto se regule por que
os han levantado muchos curros desde que salio el boom del phantom-gopro-gimbal
y por eso nunca nos vamos a poner de acuerdo,por que yo vuelo por hoby,a ver si
te enteras ya,esa es la diferencia,y algun trabajo me han ofrecido y lo que he
hecho ha sido darles el contacto de un conocido que lo hace como tu,por dinero
puesto que es su trabajo,yo tengo el mio y esto del rc desde hace 28 años que
empeze siempre ha sido un hoby para mi,esa es la diferencia,y he pilotado y
volado casi de todo,menos los globos de helio que espero a que los patentes
jejeje,por la colonia puedes pasar cuando quieras,me avisas y alli estoy,de
hecho casi cada dia,eso si,alli como en otros lados que practicamos el hoby lo
hacemos sin cobrar un duro,lo aviso vaya a ser que vengas con otras
intenciones.
saludos.
rortega
16/04/2014, 08:26
... policía local, policía nacional, guardia rural,
policía autonómica, guardia civil...
¿Interpretación de qué norma que
regule el qué? Supongo (ésto que digo no lo sé a ciencia cierta, por eso
supongo) que necesitan tener una norma en la mano para tener una base legal por
la que te denuncien, a parte de unas ordenes de más arriba y una mínima
formación sobre drones para distinguirlos de loa juguetes, etc... . Está claro
que para que te denuncien basta algo tan simple como poner en riesgo la vida de
los demás, pero a día de hoy tirarle un multi o una piedra a la cabeza a alguien
por imprudencia podría ser interpretado por un agente de la misma forma.
Ya digo que estoy suponiendo y podría estar muy equivocado, pero es la sensación
que tengo tras ver como se te acercan a preguntarte con curiosidad de saber que
es eso que traes contigo. Lo más que he oído de viva voz de un agente de la
benemérita es, algo así como "no se lo vaya a plantar a alguien en la cabeza",
si hubiese habido o conocido en ese momento alguna norma que estuviese
incumplimiendo supongo que no habría podido seguir volando. Y supongo que si se
lo planta a alguien en la cabeza otro gallo habría cantado.
ccostas
16/04/2014, 09:23
Boas
1.- Creo que tu y yo no nos conocemos de nada,
pero por si las moscas procederé con la habitual moderación que me caracteriza
últimamente.
Desde luego personalmente nunca he considerado a las
aseguradoras grandes donantes de dinero para el bienestar general de la
población, pero puede ser debido a que soy algo corto - de hecho muchos de por
aquí parecen creerlo - pero siempre me dio la sensación que el negocio de las
aseguradoras estaba en ofrecer un servicio que se espera nunca sea necesaria a
cambio de un precio "razonable" por llamarlo de alguna forma. En otras palabras
cobrar continuamente a cambio de algo intangible y que se espera que nunca se
tenga que utilizar.
Gran negocio si señor, es casi mejor que venderle hielo a
los esquimales.
Aún así reconozco, que yo mismo he pecado ya que sino me
aseguro el culo es porque no lo vale… :D
Pero sigamos adelante y
aceptemos pulpo como animal de compañía: Si bien puede ser cierto que las
aseguradoras cuentan con grandes gabinetes de abogados (aunque debería
preguntarme el por que ? ya que su negocio es claramente el de regalar dinero
:rolleyes:), podrías explicarme la razón de ser de cientos por no decir miles de
gabinetes de abogados que se dedican con mayor o menor éxito a reclamar y a
hacer que las aseguradoras cumplan con los contratos firmados con sus clientes ?
Puede ser que debido a que la mayor parte de las veces siempre existe la ¨letra
pequeña¨ el ¨clavo ardiendo¨ al que las aseguradoras se agarran para joder a
todo Cristo siempre que pueden ?
Por ejemplo en nuestro caso concreto, al
tratarse de una actividad cuya legalidad es dudosa y/o indefinida - por lo tanto
con ciertas dificultades a la hora de ejercer una reclamación ajustada a la ley
ya que esta no existe específicamente salvo en el caso de los campos de la
Federación - no dificultaría esto el proceso reclamativo ?
Aunque entiendo
que una vez vendido el seguro esto ya es responsabilidad de otros así que
entramos ambos en el terreno del supositorio… perdón de la suposición...
2.- Lo de las calificaciones mejor que te lo reserves en este foro lo de los
calificativos lo llevamos bastante mal - y yo personalmente peor que mal. Y de
hecho yo mismo ya he recibido algún aviso al respecto diablo.
3.- Y para
terminar como decirte… lo de que ¨xa fede¨ sobra, si tienes algún problema -
Pecado venial, Síndrome de Tourette, Síndrome de Diógenes - con mi procedencia o
donde resido arréglalo con tu otorrino - lo digo por lo del pestazo ya que puede
ser, Díos no lo quiera, una sinusitis infecciosa mal curada y eso nunca se sabe
donde puede acabar - ya que este no es lugar para ese tipo de
exabruptos.
Sayonara baby… diablo
Ciao
:cool:
Por supuesto
que las aseguradoras no son donantes de dinero!! faltaría más. Son empresas
privadas que lo que buscan es eso, ganar dinero, al igual que tu y que yo.
Su actividad es una operación para acumular riqueza, a través de las
aportaciones de muchos sujetos expuestos a eventos económicos desfavorables,
para destinar lo así acumulado, a los pocos a quienes se presenta la necesidad.
Sigue el principio de mutualidad, buscando la solidaridad entre un grupo
sometido a riesgos.
Por otro lado, la razón de que las compañías
aseguradoras cuenten con unos grandes gabinetes jurídicos no es otra que, al
igual que cualquier gran empresa, hacer frente a las múltiples demandas a las
que se ven expuestas. Unas veces con motivo, pero otras muchas sin el. No te
puedes imaginar el fraude que existe en los partes por siniestro y con esto de
la crisis se ha multiplicado exponencialmente.
Tu puedes seguir haciendo
suposiciones todas las que quieras, de hecho me da la impresión de que es a lo
que te dedicas.
En cuanto a los calificativos, como puedes ver me los he
reservado, si quieres te los puedo pasar por privado y así no emborronamos el
hilo.
Y en cuanto a tu situación geográfica actual, no me hagas buscar tus
últimos post "please"
Un saludo...
Pauantich
16/04/2014, 09:37
¿Interpretación de qué norma que regule el qué? Supongo
(ésto que digo no lo sé a ciencia cierta, por eso supongo)
Ya digo que
estoy suponiendo y podría estar muy equivocado
Hombre... Pues va a ser q
si, hay una normativa que prohíbe volar aeromodelos fuera de un campo de
vuelo
www.ifoto3d.com
ferpenas
16/04/2014, 09:48
Pongan la norma (publicación en boe sí es nacional o
boletín oficial de la comunidad que sea). Si no se pone es como decir que existe
un producto para hacer crecer dinero de los árboles. Si no lo veo no lo creo.
😃. Y en derecho es uno de los principios fundamentales como ya han dicho
múltiples veces en este foro. Sin legislación (ley, norma, reglamento...) no
puede haber sanción.
Enviado desde mi iPhone con
Tapatalk
starcopter
16/04/2014, 10:37
Pongan la norma (publicación en boe sí es nacional o
boletín oficial de la comunidad que sea). Si no se pone es como decir que existe
un producto para hacer crecer dinero de los árboles. Si no lo veo no lo creo. .
Y en derecho es uno de los principios fundamentales como ya han dicho múltiples
veces en este foro. Sin legislación (ley, norma, reglamento...) no puede haber
sanción.
Enviado desde mi iPhone con Tapatalk
Hola
ferpenas,
Normativa hay mucha, y desgraciadamente la definición legal de
"toda máquina que puede sustentarse en la atmósfera por reacciones del aire que
no sean las reacciones del mismo contra la superficie de la tierra" cubre
sobradamente los multicópteros.
Según la normativa de la AESA (órgano
competente) el uso del espacio aéreo está restringido y requiere previa y
expresa autorización, con lo que funciona por permiso y no por
prohibición.
De especial interés, aunque ya se han mencionado antes en
este hilo:
Normativa sobre la que se apoya el Ministerio de Fomento;
http://www.fomento.gob.es/MFOM/LANG_CASTELLANO/DIRECCIONES_GENERALES/AVIACION_CIVIL/INFORMACION/NORMATIVA/NORMATIVA_BASICA/DISPOSICIONES_BASICAS/default.htm
Resoluciones de AESA;
http://www.seguridadaerea.gob.es/lang_castellano/normativa_aesa/resoluciones/default.aspx
Ninguna específica a multicópteros, pero con suficiente capacidad jurídica para
actuar sobre ellos.
La falta de una normativa específica y todas sus
consecuencias, así como las directrices de Bruselas es lo que motiva que AESA
esté trabajando en ello.
... por si aporta algo que no se haya dicho
ya.
Saludos!
rortega
16/04/2014, 11:18
Hombre... Pues va a ser q si, hay una normativa que
prohíbe volar aeromodelos fuera de un campo de vuelo
www.ifoto3d.com
¿Entonces a que se debe que nunca me hayan apercibido, requisado el multi o
multado? Incluso han venido a buscarme allí donde estaba para que fuera al
cuartel a conocer a un agente aeromodelista. Curioso ¿no?
Desde más
sincera ignorancia, si sabes que ley es la que dice eso, por favor pásame el
link que quiero leérmela y así saber a que atenerme la proxima vez que salga.
Gracias.
YoseGon
16/04/2014, 11:25
¿Entonces a que se debe que nunca me hayan apercibido,
requisado el multi o multado? Incluso han venido a buscarme allí donde estaba
para que fuera al cuartel a conocer a un agente aeromodelista. Curioso
¿no?
Desde más sincera ignorancia, si sabes que ley es la que dice eso,
por favor pásame el link que quiero leérmela y así saber a que atenerme la
proxima vez que salga. Gracias.
Has leido el post anterior??
:flipo::flipo:
ferpenas
16/04/2014, 11:35
Yo, por lo pronto estoy descargando todas las leyes del
enlace que ha enviado el compañero. Intentaré leerme las leyes poco a poco (la
primera es de 1947) y luego os contaré lo que sea. En realidad sólo es encontrar
la ley (aunque luego se desarrolle en un reglamento) que ponga expresamente "el
uso del espacio aéreo está restringido y requiere previa y expresa
autorización". Normalmente en una ley eso se traduciría en un reglamento donde
apareciera cómo pedir los permisos, los estamentos implicados, multas y/o
sanciones...
A ver si poco a poco voy desgranando toda esa normativa y
veo algo de luz.
Entre todos seguro que podemos aclarar todo este
concepto.
ME EDITO:
Por si alguien quiere y no le apetece rebuscar
aquí he descargado la normativa y la podéis coger sin problema:
http://1drv.ms/1l0Zuza
rortega
16/04/2014, 11:58
Has leido el post anterior?? :flipo::flipo:
No, no
lo he leído, pero supongo que quien afirma conocer algo sí que lo ha leído y
puede hacer el favorcillo de colocar enlace directo.
¿Sabes? Yo creo (y
no lo sé a ciencia cierta) que lo de zonas habilitada para ello se refiere
concretamente a exhibiciones. Pero ya te digo, que no estoy del todo
seguro.
rortega
16/04/2014, 12:07
No, no lo he leído, pero supongo que quien afirma conocer
algo sí que lo ha leído y puede hacer el favorcillo de colocar enlace
directo.
¿Sabes? Yo creo (y no lo sé a ciencia cierta) que lo de zonas
habilitada para ello se refiere concretamente a exhibiciones. Pero ya te digo,
que no estoy del todo seguro.
Me cito a mi mismo. Según todo lo que llevo
leído, y que ignoro por completo, yo voy al ayuntamiento y hablo con el concejal
de turno o alcalde y le digo que van a venir al pueblo aficionados al
aeromodelismo a hacer una exhibición, por ejemplo, y el alcalde/concejal va y me
dice (por escrito) de aquí hasta allí el domingo por la mañana. Yo voy y preparo
todo aquello, tomo las medidas de seguridad que haya que tomar y organizo
aquello como es debido y se hace la exhibición. Creo que esa ley/norma se
refiere a algo por el estilo.
aero-plano
16/04/2014, 14:52
A eso es a lo que me refería, la fotografía aérea se lleva
haciendo de forma ilegal con estos aparatos desde hace muchos años y yo no
conozco de ningún caso en el que se haya denunciado a alguien, supongo que esto
servirá para relativizar la nota de AESA, pero también es verdad que el número
de personas que se dedican a hacerlo es muy pequeño comparado con los
multicópteros, y nadie se dedica a hacer fotos con un paramotor sin ser un
piloto bastante experimentado, no se pueden comprar en mediamark y salir a hacer
fotos al día siguiente, cuando ha habido denuncias no ha sido por el hecho de
hacer fotografías, sino por volar en sitios inadecuados como playas llenas de
gente por ejemplo.
Exacto, has entendido perfectamente! El tema del
paramotor, comparado con el boom multis, no es nada, siempre fuimos 4 gatos. Aun
así en su momento (hará unos 5-6 años) recibí una carta intimidatoria de la
Asociación Española de Empresas de Trabajos Aereos en la que me avisaban de
emprender acciones legales en caso de proseguir con mi actividad profesional
utilizando paramotores. Les respondí explicando que solo los utilizaba para
trabajjos fuera de España y que aquí solo lo hacía coon helicópteros (adjunté
varias facturas), y la cosa quedó en nada..
Las denuncias a los paramotores
(pocas, por cierto) se han dado principalmene por volar en espacios aéreos
controlados o ciudades. Alguna vez por hacerlo sobre Parques Naturales y, que yo
sepa, nunca por volar sobre personas. Aunque hay algunos que se pasan, hay que
decir que cuando se vuela sobre playas normalmente se suele hacer sobre la línea
de costa o bobre el agua, con lo que no se está estrictamente sobrevolando a las
personas, y además si se para el motor siempre te quedan libres puntos de fuga.
En veinte años de actividad intensa no conozco ni un solo caso de un paramotor
aterrizando encima de alguien, mientras que solo en ell último año podrás ver un
montón de videos de peña estampando los multis contra alguno.
Ok.
Solo se puede filmar en avion y helicóptero. Pidiendo los permisos necesarios.
Con todo lo demás, no se puede.
Pues es curioso, por que todos los que
vuelan en parapente, etc, suelen llevar la gopro. Luego estan grabando
ilegalmente. Jejejjeje
Así es, esto que dices es curioso, porque la ley
efectivamente no distingue entre la realización de imágenes para un uso
comercial o privado, simplemente está prohibido hacer iimágenes aéreas sin los
debidos permisos y habilitaciones. En teoría TODO lo que sea elevarse y hacer
imágenes no se puede, pero el tema se les iría tan fuera de control que supongo
que se están centrando en lo que entienden que es prioritario, y ahí es donde
aparecemos nosotros. La cantidad brutal de videos publiicados en la red sobre
zonnas zonas prohibidas han sido, según mi parecer, el detonante.
Claro! Precisamente la causa de la publicación de la nota es la circunstancia
que permite a cualquiera utilizar un drone. La regulación del sector es una
buena noticia para todos, pero lo de AESA no es una ley, es un comunicado que
nos sitúa en el ojo del huracán y a merced de linchamientos mediáticos
diversos. Mientras no se redacte una legislación, todos los usuarios estamos en
un limbo jurídico incierto a merced de la interpretación de la autoridad
policial de turno: policía local, policía nacional, guardia rural, policía
autonómica, guardia civil...
Y bueno... Gracias que no se a metido
también la agencia estatal de protección de datos, que ahí también hay
tela!!!
www.ifoto3d.com
+1
aeroplano a mi como si eres
astronauta y vas a patentar una alcachofa voladora,no te desvies del tema y
encima haciendote publicidad,el tema es que TU has hechado pestes de este y de
aquel por volar aqui o alla con cierto riesgo y TU has hecho gravaciones muuucho
mas peligrosas,me da igual que hayan sido con helis,multis,globos de helio o
fideos a la cazuela,y me da igual que tengas todos los permisos y seguros puesto
que ya ha quedado claro que en caso de tragedia de poco valen,almenos eso
opinais los profesionales de esto,acaso has pedido TU permiso para sobrevolar
las cabezas de todas esas personas la mayoria niños en el parque acuatico?,o a
los bañistas de esas playas?,o del tibidadbo?,no verdad,pues entonces no vayas
poniendo a la gente de top gum ni de gañanes ni de maleducados,yo entiendo
vuestra postura sobre el tema y entiendo que querais que esto se regule por que
os han levantado muchos curros desde que salio el boom del phantom-gopro-gimbal
y por eso nunca nos vamos a poner de acuerdo,por que yo vuelo por hoby,a ver si
te enteras ya,esa es la diferencia,y algun trabajo me han ofrecido y lo que he
hecho ha sido darles el contacto de un conocido que lo hace como tu,por dinero
puesto que es su trabajo,yo tengo el mio y esto del rc desde hace 28 años que
empeze siempre ha sido un hoby para mi,esa es la diferencia,y he pilotado y
volado casi de todo,menos los globos de helio que espero a que los patentes
jejeje,por la colonia puedes pasar cuando quieras,me avisas y alli estoy,de
hecho casi cada dia,eso si,alli como en otros lados que practicamos el hoby lo
hacemos sin cobrar un duro,lo aviso vaya a ser que vengas con otras
intenciones.
saludos.
¿desviarme del tema? Precisamente, y pese a tus
reiterados intentos de cabrearme, lo que estoy intentando es no salirme del tema
y entrar en una batalla de acusaciones que no le interesan a nadie más que a ti
o a mi. Aun así, y viendo que sigues sin haber entendido nada volveré a
explicarte (a ver si a la tercera va la vencida):
1-Solo echo pestes a los
que vuelan y publican (dato MUY IMPORTANTE) videos volando en lugares
especialmente delicados, como son el centro de una gran ciudad+espacio aereo
controlado+ personas, y solo a los que lo hacen en España (porque nos afectaría
a todos). De hecho en los más de dos años que llevo en el foro solo me he
metido con dos usuarios. Esta no es mi obsesión, salvo en los dos casos que he
dicho, y me parece que los motivos eran más que sobrados pues son los culpables
de la situación que ahora nos ha llevado a abrir este hilo. Tu no eras uno de
ellos, así que supongo que serían amigos tuyos.
2- ¿que te da igual el
sistema con el que haga mis imággenes, oque tenga todos los permisos y seguros?
De verdad que no te entiendo. NO DA IGUAL. Por supuesto nada exime que un
helicóptero pueda caerse y causar un desastre, o un coche desviarse y atropellar
gente, o.... pero te aseguro que no es lo mismo, de hecho si el del coche no
tiene ni permiso ni seguro, o estaba borracho, se le cae el pelo Eso ya está
regulado por la ley, y de lo que hablamos ahora es de como los vuelos temerarios
con multicópteros harán que todos los que practican el hobby también se vean
afectados. Tu también, por lo que no entiendo porque los defiendes.
3- Vuelvo
a explicarte lo del plano del parque acuático. Está hecho con un globo de helio
cautivo con perfil aerodinámico (estoy en ello, cuando pueda lo haré público),
por eso está puesto en mi showreel general en el que muestro todos los sistemas,
y no en el que es exclusivo de multicóptero (http://vimeo.com/59365681). El de
la playa con 10 bañistas es volando sobre el agua, a 30 metros de ellos, y con
paramotor. No veo cual es el problema. También tengo algunos siimilares hechos
con helicóptero, om el que dices del Tibidabo ¡todo legal, ehhhh! ;-)
4-
Estás muy equivocado si piensas que estoy en contra de los pilotos nuevos de
Phantom, la batalla contra los que llamas "domingueros" es tuya. Todo lo
contrario, siempre he querido promover esta actividad tanto para los que la
plantean como hobby como para los que quieren sacarle dinero (otros a los que
parece que les tienes manía), siempre que se haga con respeto a los demás.
5-
¿hacerme publicidad? jajajaja ¡como si este fuera un sitio en el fuese a
conseguir algún cliente! .........es que no paras de decir barbaridades!
Hay que vivir y dejar vivir, volar y dejar volar, pero si haces algo que me va a
perjudicar creo que, por lo menos,tengo derecho a reprochártelo.
Saludos!
caprichoso
16/04/2014, 14:59
Yo os voy a dar un buen plan que no lleva más de 10minutos
y es ir al cuartel/comisaría que creáis que os pueda decir algo como yo he
hecho, Yo he preguntado en el cuartelillo de mi pueblo, y la respuesta a sido
la siguiente, a efectos de privacidad es igual que una cámara si alguien me
denuncia por grabarlo me pueden incautar la cámara, puso ejemplo de ir a
sobrevolar una playa nudista , o ir de buayer con una reflex y teleobjetivo
seria lo mismo vulnerar la privacidad de terceros, y luego estaría que alguien
me denuncie por que se sienta en peligro, hacer vuelos rasantes sobre gente o
similar, que lo comparó con una navaja, puedes estar abriendo el pan pa meter
el chorizo y no te va a pasar nada pero si andas a exhibirlo de forma amenazante
o peligrosa pues tendrás que afrontar por ello, así que resumiendo lo que
tenemos es un arma blanca con cámara, pero si la usas con sentido común no
incurren en ningún delito hasta nueva orden!! Y punto no van a mandar un
comisario de aesa a secuestrar multis o poner multas... Por lo demás como
decimos por aquí dalle con sentidiño o volar con sentido el resto pura falacia
y muchas ganas de discutir
Enviado desde mi GT-I9505 mediante
Tapatalk
Bueno, hoy me ha pasado algo un tanto curioso.
He ido a
volado el Phantom en una zona nueva que desconocía, con la intención
precisamente de conocer a un usuario de otro foro y volar nuestros pequeños
helis.
Pues resulta que aunque es una zona donde no suele pasar mucha
gente, sí que hay un cierto paso de personas que van a ver una zona protegida
que hay cerca de donde nos encontrábamos.
Allí estabamos con nuestros
pequeños helis de RC ( Super CP) y los pocos curiosos que había, estaban
alucinando ( y eso que sólo hacíamos traslaciones y algunas pequeñas acrobacias
a poca altura del suelo), hasta que he sacado el Phantom, sin cámara, y he hecho
un pequeño vuelo a no más de 5 metros de altura y una distancia de unos 20
metros. En total unos 4 minutitos.
Justo aterrizarlo oigo a uno de esos
curiosos decirle a su mujer e hijo "mirad, eso es un drone y van a sacar una ley
en la que se tendrá que sacar licencia de piloto".
Es decir, que los
medios de (des)información están haciendo "bien" su trabajo :cabreo:
sabinero
16/04/2014, 17:47
pues no aeroplano,ninguno de esos videos peligrosos son de
ningun conocido mio,ni tengo guerra con los que tengan un phamton ni mania con
los que puedan sacarse una pasta extra con esto,ya te he dicho que yo practico
por puro hoby,simplemente,y si te he atacado es por que tu me has atacado,yo no
estoy a favor de esos vuelos con cierto peligro pero nunca les he dado bola y
hace ya tiempo que postee que no era buena idea darle tanta bola con ataques en
el foro,no esconder el problema pero tampoco hacer hilos que se convierten en
ataques a destajo,por eso nunca critique ninguno,pero si me da coraje que
algunos de los que se ceban tambien realizen esos vuelos con la excusa de que
son profesionales,a mi me parece muy bien que te ganes la vida asi y como te he
dicho tengo conocidos y compañeros de muchos años de vuelo que se dedican a la
fotografia y la imagen y emplean multis como otra herramienta de trabajo,lo que
si he dicho y sigo diciendo que hay mucha gente que no se interesa en aprender
nada de nada y compran un rtf y hacen burradas por desinformacion,no te
equivoques que yo lo llevo viendo hace ya tiempo,y sigo diciendo y pensando que
tu este tema de aesa no lo puedes ver desde la misma posicion que yo por que la
tuya es meramente economica y la mia no,dije desde el principio que esto lo esta
alimentando desproporcionadamente mas de un interesado que no puedo decir que
sea tu caso pero puedo pensarlo por las razones que digo,y otra cosa de las que
empiezo a estar un poco cansado es que cada vez que alguien comenta algo
diferente de segun quien siempre salgan sin argumentos como tu diciendo que si
somos gente que no merecemos estar en el foro,que si ensuciamos el hilo,que si
maleducados y demas descalificaciones,a todos no nos gustan siempre los
comentarios de otros compañeros y hay que aguantarse,y el foro es de todos y no
de los cuatro que se creen propietarios,te vuelvo a repetir y ya lo he dejado
claro en muchas alusiones que yo no estoy a favor de esos vuelos peligrosos,que
ni me creo ton cruise ni soy un gañan ni maleducado y para tener una empresa
cosa que me parece perfecto pues yo tambien tengo negocio propio lo que no
entiendo es que entres en estas guerras que a ti si que te pueden perjudicar,yo
como te he dicho solo disfruto practicando el hoby y bastante pasta que me
cuesta,por eso no me parecen bien muchas cosas de las que veo y por eso cuando
me parece y viene al caso lo digo,simplemente digo lo que dije la primera vez
que entre en este hilo,estais acojonando a la peña mas de lo que se debiera y lo
peor es que lo habeis conseguido por lo menos con los que llevan poco tiempo por
que los que ya llevan espolones como que no les quita el sueño el tema,te lo
aseguro.
saludos.
Yo he escrito via formulario AESA consultando que es una
ZONA HABILITADA PARA USO PARTICAR, 8 dias despues sigo esperando la
contestacio....tal vez que sea un simple ciudadano partocular que no merezco su
atencion...o ¿que no sepan quecontestar?
Yo es que creo que ellos mismos
no saben definir exactamente que es una zona habilitada para uso particular
:rolleyes:
Por cierto, si no mal recuerdo, una de las competencias de la
AESA es controlar todo lo que esté por encima del nivel del suelo. ¿Eso nos
incluye a los que medimos 1,73?. ¿Pau Gasol tiene que pedir permiso a AESA para
salir a la calle?
Perdón por el off-topic, pero la broma me rondaba por la
cabeza hacía unos dias y si no la pongo reviento....
splinter
16/04/2014, 18:23
Por cierto, si no mal recuerdo, una de las competencias de
la AESA es controlar todo lo que esté por encima del nivel del suelo. ¿Eso nos
incluye a los que medimos 1,73?. ¿Pau Gasol tiene que pedir permiso a AESA para
salir a la calle?
Perdón por el off-topic, pero la broma me rondaba por la
cabeza hacía unos dias y si no la pongo reviento....
Jajajajajja ole ole
un poco mas de humor!!!:):):):):)
rortega
16/04/2014, 19:09
Justo aterrizarlo oigo a uno de esos curiosos decirle a su
mujer e hijo "mirad, eso es un drone y van a sacar una ley en la que se tendrá
que sacar licencia de piloto".
Le faltó decir "hijo hasta para eso vas a
tener que estudiar" o quizás "por eso no te lo puedo comprar"...
rortega
16/04/2014, 19:12
Pues no tienes que ir muy lejos.......lo mismo que pasa en
los foros especificos de aeromodelismo....hay mas desinformacion, que lo
contrario....y eso que se suponia que hasta hace 4 dias todos lo tenian
claro.........
Hoy no, y eso que la Nota Aclaratoria ponia las cosas
cristalinas.....pero se ve que no tanto...sino np habria tanta discusion
¿no?
Yo he escrito via formulario AESA consultando que es una ZONA HABILITADA
PARA USO PARTICAR, 8 dias despues sigo esperando la contestacio....tal vez que
sea un simple ciudadano partocular que no merezco su atencion...o ¿que no sepan
quecontestar?
El funcionario estará buscando la norma que aún nadie ha
puesto por aquí y que todo el mundo mundial dice saber que existe.
aero-plano
16/04/2014, 19:19
Yo es que creo que ellos mismos no saben definir
exactamente que es una zona habilitada para uso particular :rolleyes:
Por
cierto, si no mal recuerdo, una de las competencias de la AESA es controlar todo
lo que esté por encima del nivel del suelo. ¿Eso nos incluye a los que medimos
1,73?. ¿Pau Gasol tiene que pedir permiso a AESA para salir a la calle?
Perdón por el off-topic, pero la broma me rondaba por la cabeza hacía unos dias
y si no la pongo reviento....
jajaja...lo mismo pensaba con la
prohibición de hacer imágenes aéreas taaaaan amplia
¡¡ tenía miedo de
pegar un salto para hacer una foto y que me empapelen por ser aérea!!....no es
broma, siguiendo la ley a pies y puntillas como pille a uno cabreado va y lo
hace!
No se en que periódico he leído, lo que como comentaba
antes un compañero.
Para poder montar una empresa para tomas aéreas, el
titular de la empresa tendrá que tener el titulo de piloto....pero de que?? ULM,
PPL, ATPL
Supongo que son especulaciones para ir animando al
personal!!
Esperemos que publiquen el borrador de la nueva ley lo antes
posible.
Lo que esta claro, es que hay bastantes empresa dedicadas al uso de
drones que han invertido millones de euros, también hay que matizar que dentro
del sector de aeronaves no tripuladas hay multitud de variables y esperemos que
la nueva ley tenga en cuenta esas variables.
A esperar....
robferrob
17/04/2014, 12:57
Lo he puesto también en otro foro. Os lo pongo para tener
un poco más de información.
Esta mañana estaba volando mi micro en mitad
del campo, volando entre árboles y eso. Han pasado dos motos y las he seguido un
poco con el multi. Se han parado delante de mi coche y me han estado mirando, y
yo con el multi cerca de ellos mirando que hacían. En ese momento no me he
percatado, pero revisando ahora el video he visto que eran dos agentes del
seprona. No me han dicho nada. Se han parado delante de mi me imagino que
mirando que hacía, han visto el multi, y no me han dicho nada.
Me imagino
que como todo, utilizar el sentido común. Estaba en mitad del campo sin molestar
a nadie y volando bajo, por lo que han pasado de mi.
Ok. Solo se puede filmar en avion y helicóptero. Pidiendo
los permisos necesarios. Con todo lo demás, no se puede.
Pues es curioso,
por que todos los que vuelan en parapente, etc, suelen llevar la gopro. Luego
estan grabando ilegalmente. Jejejjeje
La diferencia es, si lo que se va
a filmar con la go pro es para diversión y uso particular, porque eres un
deportista, con lo cual las normas son las federativas de un deporte aéreo.
O si se van a utilizar las imagenes comercialmente, con lo cual es un trabajo
aereo y eso lo regula AESA con una normativa muy rigurosa
Exactamente lo
mismo que lo que pasa con los múlticopteros.
Enviado
desde mi GT-I9100 mediante Tapatalk
Creo que hay dos puntos importantes en el comunicado, que
son los que la gente le cuesta más entender :D
1º hay dos formas de
operar o volar un multicoptero o cualquier otro tipo de aparato volador.
Si
se hace como un deporte o hobby la normativa a aplicar será la de deportes
aéreos de la Federación que le corresponda. :D
Si se hace de forma
profesional, con ánimo de lucro, la normativa será la que dictamina la propia
AESA. Que es la ya existente normativa de trabajos aėreos, que como ya han dicho
por aquí, es muy antigua y muy restrictiva para todos, tanto para aviones,
helicópteros, parapentes, ultra ligeros, drones, etc.
2º Punto y mas
importante, es que considera los drones COMERCIALES como aeronaves. :eek: Por lo
tanto la legislación que se les aplica es la misma que se le aplica al resto de
aeronaves.
Como no existe regulación actual que permita registrar y
matricular drones comerciales, ni operadores de drones comerciales, dice que no
se puede operar drones comerciales. Pero no porque no exista regulación, que es
la de trabajos aėreos. Sino porque por el momento, no se puede ser operador ni
registrar drones comerciales. Y la primera norma de los trabajos aéreos es que
sólo lo pueden hacer operadores autorizados con aeronaves registradas y
autorizadas.
Me parece injusto que no les den posibilidades para ser
operadores aéreos, pero también me parece injusto que haya operadores aéreos a
los que se les exija toda la normativa y a otros a los que no.:( Cuanto antes
éste lista esa normativa que faculte registrar operadores de drones comerciales
mejor para todos. :)
Mientras tanto, los deportistas sólo tenemos que
seguir haciendo lo que hacíamos hasta ahora, volar por deporte con la licencia
en la cartera por si nos lo piden y no poner en peligro a nadie. :D
Los
profesionales ya saben que van a tener qué registrarse como operadores y les
pedirán ciertos requisitos, así que es mejor que se vayan poniendo deacuerdo
entre ellos, en vez de pelearse y declararse guerras de precios:eek:
Enviado desde mi GT-I9100 mediante Tapatalk
splinter
19/04/2014, 17:35
Sip. Mas o menos eso es lo que tenia entendido.
Lo de
la gopro era una broma. :D
Creo que hay dos puntos importantes en el comunicado, que
son los que la gente le cuesta más entender :D
1º hay dos formas de
operar o volar un multicoptero o cualquier otro tipo de aparato volador.
Si
se hace como un deporte o hobby la normativa a aplicar será la de deportes
aéreos de la Federación que le corresponda. :D
Si se hace de forma
profesional, con ánimo de lucro, la normativa será la que dictamina la propia
AESA. Que es la ya existente normativa de trabajos aėreos, que como ya han dicho
por aquí, es muy antigua y muy restrictiva para todos, tanto para aviones,
helicópteros, parapentes, ultra ligeros, drones, etc.
2º Punto y mas
importante, es que considera los drones COMERCIALES como aeronaves. :eek: Por lo
tanto la legislación que se les aplica es la misma que se le aplica al resto de
aeronaves.
Como no existe regulación actual que permita registrar y
matricular drones comerciales, ni operadores de drones comerciales, dice que no
se puede operar drones comerciales. Pero no porque no exista regulación, que es
la de trabajos aėreos. Sino porque por el momento, no se puede ser operador ni
registrar drones comerciales. Y la primera norma de los trabajos aéreos es que
sólo lo pueden hacer operadores autorizados con aeronaves registradas y
autorizadas.
Me parece injusto que no les den posibilidades para ser
operadores aéreos, pero también me parece injusto que haya operadores aéreos a
los que se les exija toda la normativa y a otros a los que no.:( Cuanto antes
éste lista esa normativa que faculte registrar operadores de drones comerciales
mejor para todos. :)
Mientras tanto, los deportistas sólo tenemos que
seguir haciendo lo que hacíamos hasta ahora, volar por deporte con la licencia
en la cartera por si nos lo piden y no poner en peligro a nadie. :D
Los
profesionales ya saben que van a tener qué registrarse como operadores y les
pedirán ciertos requisitos, así que es mejor que se vayan poniendo deacuerdo
entre ellos, en vez de pelearse y declararse guerras de precios:eek:
Enviado desde mi GT-I9100 mediante Tapatalk
Me parece una explicación
estupenda, pero me gustaria que fueras tan amable de indicarme donde puedo
encontrar la norma o regulación legal específica que avalan las afirmaciones
marcadas en rojo. Las he buscado pero no ha habido suerte. Saludos y gracias por
adelantado por tu segura respuesta.
AdriAragon
20/04/2014, 11:06
Me parece una explicación estupenda, pero me gustaria que
fueras tan amable de indicarme donde puedo encontrar la norma o regulación legal
específica que avalan las afirmaciones marcadas en rojo. Las he buscado pero no
ha habido suerte. Saludos y gracias por adelantado por tu segura
respuesta.
Aquí tienes la página oficial de la RFAE (Real Federación
Aeronáutica Española) en el que puedes descargar el PDF de la reglamentación
para la práctica del aeromodelismo:
http://www.rfae.org/index?act=verSeccion&idSeccion=1266836688945
O si
quieres el PDF directamente:
http://www.rfae.org/index?act=descargarArchivo&idContenido=1266836724881&idCampo=1324755372152
Saludos!
Me parece una explicación estupenda, pero me gustaria que
fueras tan amable de indicarme donde puedo encontrar la norma o regulación legal
específica que avalan las afirmaciones marcadas en rojo. Las he buscado pero no
ha habido suerte. Saludos y gracias por adelantado por tu segura
respuesta.
Hola Bufor
Ya te han puesto la normativa de la Federación
de aeromodelismo.:)
La súper ley que tú me pides no la conozco, ni creo
que exista, cada normativa se aplica en el ámbito que la propia normativa
indica.
Por ejemplo si tienes un coche y quieres hacer un rally. la
Federación de automovilismo no te pedirá carnet de conducir ni que cumplas el
Código de la Circulación. Si lo que quieres es usar la vía pública, el propio
Código de la Circulación te exigirá carnet y cumplir sus normas.
Y si por
último quieres llevar pasajeros y cobrarles, tendrás que tener carnet D y .
cumplir la normativa que tengan los taxistas.
Cada norma tiene publicada su
propio ámbito de aplicación. Y cuando tú quieres entrar en el ámbito de
aplicación de una norma debes cumplirla.
O al menos así lo entiendo yo
:D
Enviado desde mi GT-I9100 mediante Tapatalk
Aquí tienes la página oficial de la RFAE (Real Federación
Aeronáutica Española) en el que puedes descargar el PDF de la reglamentación
para la práctica del aeromodelismo:
http://www.rfae.org/index?act=verSeccion&idSeccion=1266836688945
O si
quieres el PDF directamente:
http://www.rfae.org/index?act=descargarArchivo&idContenido=1266836724881&idCampo=1324755372152
Saludos!
Hola, esta normativa ya la tengo vista pero no me aclara nada.
Nada mas empezar se puede leer:
"La práctica del Aeromodelismo demanda
una reglamentación que permita el correcto funcionamiento del deporte dentro de
los clubes deportivos"
"La redacción de este Reglamento pretende
establecer una normativa que sirva de marco para las diferentes Federaciones
Territoriales de Deportes Aéreos."
El hecho de que AESA en su famosa nota
(que no deja de ser eso una "nota informativa" y no una norma legal), deje claro
que es "obligación" conocer y cumplir la regulación local, autonomica y
aeronautica general, pero curiosamente sólo "recomienda" contactar con algun
club de aeromodelismo, unido a que el reglamento de la RFAE sólo se refiere a su
uso para los clubs deportivos, parece dar a entender que no es necesario estar
federado ni es obligatorio volar solo en los campos de vuelo de los mismos.
Por eso mi confusion ante afirmaciones tales como las que he indicado
antes y mi curiosidad en conocer la norma legal que las respalda.
Hola Bufor
Ya te han puesto la normativa de la
Federación de aeromodelismo.:)
La súper ley que tú me pides no la
conozco, ni creo que exista, cada normativa se aplica en el ámbito que la propia
normativa indica.
Por ejemplo si tienes un coche y quieres hacer un rally. la
Federación de automovilismo no te pedirá carnet de conducir ni que cumplas el
Código de la Circulación. Si lo que quieres es usar la vía pública, el propio
Código de la Circulación te exigirá carnet y cumplir sus normas.
Y si por
último quieres llevar pasajeros y cobrarles, tendrás que tener carnet D y .
cumplir la normativa que tengan los taxistas.
Cada norma tiene publicada su
propio ámbito de aplicación. Y cuando tú quieres entrar en el ámbito de
aplicación de una norma debes cumplirla.
O al menos así lo entiendo yo
:D
Enviado desde mi GT-I9100 mediante Tapatalk
Hola
raforo,
Como bien dices, cada normativa se aplica en el ámbito que ella
misma indica, y creo que queda claro que el reglamento de la RFAE citado es de
aplicación para el aeromodelista que esta en un club deportivo. Pero es que
también existen los aficionados no federados, de ahí mi extrañeza ante la
afirmación de que tengo que ir a volar con una licencia en la cartera por si me
la piden :confused: Eso quiere decir que, cuando hago running ¿tengo que portar
la licencia de la federación de atletismo por si me la piden? :):):)
Yo
entiendo que las Federaciones deportivas son entidades privadas y que no es
obligatorio estar federado en ellas para practicar el deporte correspondiente en
calidad de aficionado, y su normativa no me afecta. Por supuesto todo esto no
quiere decir que el aficionado pueda hacer lo que le de la gana, ya que todos
estamos obligados a cumplir la regulación local, autonomica y aeronautica
general, y sobre todo a usar el sentido común y ser extremadamente
prudentes.
Saludos
dedalo7002
20/04/2014, 13:51
Hola raforo,
Como bien dices, cada normativa se
aplica en el ámbito que ella misma indica, y creo que queda claro que el
reglamento de la RFAE citado es de aplicación para el aeromodelista que esta en
un club deportivo. Pero es que también existen los aficionados no federados, de
ahí mi extrañeza ante la afirmación de que tengo que ir a volar con una licencia
en la cartera por si me la piden :confused: Eso quiere decir que, cuando hago
running ¿tengo que portar la licencia de la federación de atletismo por si me la
piden? :):):)
Yo entiendo que las Federaciones deportivas son entidades
privadas y que no es obligatorio estar federado en ellas para practicar el
deporte correspondiente en calidad de aficionado, y su normativa no me afecta.
Por supuesto todo esto no quiere decir que el aficionado pueda hacer lo que le
de la gana, ya que todos estamos obligados a cumplir la regulación local,
autonomica y aeronautica general, y sobre todo a usar el sentido común y ser
extremadamente prudentes.
Saludos
+1
Hola raforo,
Como bien dices, cada normativa se
aplica en el ámbito que ella misma indica, y creo que queda claro que el
reglamento de la RFAE citado es de aplicación para el aeromodelista que esta en
un club deportivo. Pero es que también existen los aficionados no federados, de
ahí mi extrañeza ante la afirmación de que tengo que ir a volar con una licencia
en la cartera por si me la piden :confused: Eso quiere decir que, cuando hago
running ¿tengo que portar la licencia de la federación de atletismo por si me la
piden? :):):)
Yo entiendo que las Federaciones deportivas son entidades
privadas y que no es obligatorio estar federado en ellas para practicar el
deporte correspondiente en calidad de aficionado, y su normativa no me afecta.
Por supuesto todo esto no quiere decir que el aficionado pueda hacer lo que le
de la gana, ya que todos estamos obligados a cumplir la regulación local,
autonomica y aeronautica general, y sobre todo a usar el sentido común y ser
extremadamente prudentes.
Saludos
Ah vale, por lo que entiendo a
ti el tema profesional no te importa, y tampoco quieres estar federado. Pues
entonces no sé porque te preocupa tanto la normativa, disfruta volando tu
máquina y si alguna vez alguien te pregunta, dile que eres un aficionado
dominguero que vuelas tu juguete, y qué no sabías nada de todo esto. :D
Sinceramente no sé si es obligatorio estar federado para volar aeromodelos no
comerciales, posiblemente no sea necesario, aunque yo lo recomiendo por muchas
razones que no voy a exponer aquı por ser off topic.
Cuando uno pertenece a
un grupo de personas qué tiene gustos e intereses comunes, suelen agruparse y
nada mejor que un club y una federación para ello.
Enviado
desde mi GT-I9100 mediante Tapatalk
Guondersub
20/04/2014, 17:58
Las Federaciones tienen varias funciones interesantes como
la de la promoción y la enseñanza deportivas, esta última por cierto, modificada
por la legislación de Técnicos Deportivos. Pero en modo alguno es obligatoria la
afiliación, salvo, normalmente, si se pretende participar en competiciones
oficiales y/o federativas. Independientemente de los beneficios que pueda
reportar.
Alberto
Enviado desde mi GT-I9000 usando Tapatalk
2
Ah vale, por lo que entiendo a ti el tema profesional no
te importa, y tampoco quieres estar federado. Pues entonces no sé porque te
preocupa tanto la normativa, disfruta volando tu máquina y si alguna vez alguien
te pregunta, dile que eres un aficionado dominguero que vuelas tu juguete, y qué
no sabías nada de todo esto. :D
Sinceramente no sé si es obligatorio
estar federado para volar aeromodelos no comerciales, posiblemente no sea
necesario, aunque yo lo recomiendo por muchas razones que no voy a exponer aquı
por ser off topic.
Cuando uno pertenece a un grupo de personas qué tiene
gustos e intereses comunes, suelen agruparse y nada mejor que un club y una
federación para ello.
Enviado desde mi GT-I9100 mediante
Tapatalk
Hola raforo,
El tema profesional no es que no me importe,
es que hasta que no emitan el famoso borrador pienso que no tengo nada que decir
al respecto. Sobre lo de que no quiero estar federado, es totalmente correcto.
Para mi esto es un hobby, no necesito competir ni hacer exhibiciones públicas,
ni creo que estar federado me aporte nada que me interese. Lo de ser dominguero
(y sabadero) está bien, pero durante toda mi vida he intentado ser una persona
responsable y por lo tanto me ha importado mucho conocer y cumplir las
normativas legales. Además, lo de poner cara de tonto nunca se me ha dado bien.
:flipo:
Pero lo importante, por lo menos para mí, es averiguar si hay
alguna normativa legal del caracter que sea que regule el aeromodelismo para
aficionados no federados, que es mi caso y el de muchos otros más. Por eso,
cuando alguien afirma con tal seguridad que la normativa es la de la federación
y que a volar con la licencia en el bolsillo, simplemente pregunto por si me he
perdido algo (esta última afirmacion va sin coña ni sarcasmo alguno).
Sinceramente, me parece perfecto que el que se quiera asociar, federar y/o
pertenecer a un club lo haga, lo respeto, igualmente que respeto al que no
quiera hacerlo y prefiera disfrutar de este maravilloso hobby de otra manera,
por supuesto respetando las normas legales y la seguridad de bienes, animales y
personas.
Un saludo.
splinter
21/04/2014, 06:49
De poco me sirve federarme si luego no vuelo en un club
¿no?. Aun que en teoría solo se puede volar en las pistas de un club. O eso
creo. Jajajja
Bichobola
21/04/2014, 08:38
Normativa hay mucha, y desgraciadamente la definición
legal de "toda máquina que puede sustentarse en la atmósfera por reacciones del
aire que no sean las reacciones del mismo contra la superficie de la tierra"
cubre sobradamente los multicópteros.
Según la normativa de la AESA
(órgano competente) el uso del espacio aéreo está restringido y requiere previa
y expresa autorización, con lo que funciona por permiso y no por
prohibición.
De especial interés, aunque ya se han mencionado antes en
este hilo:
Normativa sobre la que se apoya el Ministerio de Fomento;
http://www.fomento.gob.es/MFOM/LANG_CASTELLANO/DIRECCIONES_GENERALES/AVIACION_CIVIL/INFORMACION/NORMATIVA/NORMATIVA_BASICA/DISPOSICIONES_BASICAS/default.htm
Resoluciones de AESA;
http://www.seguridadaerea.gob.es/lang_castellano/normativa_aesa/resoluciones/default.aspx
Ninguna específica a multicópteros, pero con suficiente capacidad jurídica para
actuar sobre ellos.
La falta de una normativa específica y todas sus
consecuencias, así como las directrices de Bruselas es lo que motiva que AESA
esté trabajando en ello.
... por si aporta algo que no se haya dicho
ya.
Saludos!
Hola Starcopter, muchas gracias por tus
opiniones.
Al hilo de la definición de aeronave del Reglamento de
Circulación Aérea, que excluye las máquinas que se sustenten por reacciones del
aire contra la superficie de la tierra (Tierra), me gustaría conocer vuestra
explicación del vuelo de un multicóptero, ya que hasta ahora presuponía que su
sustentación se basa precisamente, en impulsar el aire contra el suelo (también
llamado "superficie de la Tierra")
¿Puedes poner luz en eso de las
"directrices de Bruselas"? Sonar, suena estupendo, pero no sé si es de tu
cosecha (que me temo que sí).
Me parece que el síndrome de Estocolmo está
llegando a máximos... ¿No os parece que cuando la administración habla de
AERONAVES no tripuladas, se refiere más bien a lo de la foto?:
11297
... Lo digo porque si nos la cogemos con papel de fumar, la
definición también de aeronave del Reglamento puede incluir lo
siguiente:
11298
Me parece que estamos interpretando las cosas
fuera de su contexto, y no es tanto que un multi encaje en la definición, sino
en el resto de la norma, incluyendo el control de tráfico aéreo.
starcopter
21/04/2014, 09:59
Hola Starcopter, muchas gracias por tus opiniones.
Al hilo de la definición de aeronave del Reglamento de Circulación Aérea, que
excluye las máquinas que se sustenten por reacciones del aire contra la
superficie de la tierra (Tierra), me gustaría conocer vuestra explicación del
vuelo de un multicóptero, ya que hasta ahora presuponía que su sustentación se
basa precisamente, en impulsar el aire contra el suelo (también llamado
"superficie de la Tierra")
¿Puedes poner luz en eso de las "directrices
de Bruselas"? Sonar, suena estupendo, pero no sé si es de tu cosecha (que me
temo que sí).
Me parece que el síndrome de Estocolmo está llegando a
máximos... ¿No os parece que cuando la administración habla de AERONAVES no
tripuladas, se refiere más bien a lo de la foto.
... Lo digo porque si
nos la cogemos con papel de fumar, la definición también de aeronave del
Reglamento puede incluir lo siguiente:
Me parece que estamos
interpretando las cosas fuera de su contexto, y no es tanto que un multi encaje
en la definición, sino en el resto de la norma, incluyendo el control de tráfico
aéreo.
Hola Bichobola,
Pues me gustaría que fuera de mi cosecha,
pero este cultivo no es de mi huerta.
http://ec.europa.eu/transport/modes/air/uas_en.htm
Para mayor
claridad;
http://ec.europa.eu/transport/modes/air/doc/com(2014)207_en.pdf
Es verdad
que el uso particular de multicópteros tiene lejanas relaciones, pero en la UE
tras años de silencio se están poniendo al día impulsando estas tecnologías y
seguramente ello llevará a más gasto público y normativas (eso sí es de mi
cosecha).
http://uk.reuters.com/article/2013/12/17/uk-eu-drones-idUKBRE9BG0KZ20131217
Sigo recomendando ser cauto y discreto, volar con el mínimo riesgo posible, y no
restarle importancia a lo que a nivel normativo se está cociendo en España, como
se ha producido ya en los últimos meses en otros países de la Unión
Europea.
Saludos!
Hola Starcopter, muchas gracias por tus opiniones.
Al hilo de la definición de aeronave del Reglamento de Circulación Aérea, que
excluye las máquinas que se sustenten por reacciones del aire contra la
superficie de la tierra (Tierra), me gustaría conocer vuestra explicación del
vuelo de un multicóptero, ya que hasta ahora presuponía que su sustentación se
basa precisamente, en impulsar el aire contra el suelo (también llamado
"superficie de la Tierra")
Me parece que estamos interpretando las
cosas fuera de su contexto, y no es tanto que un multi encaje en la definición,
sino en el resto de la norma, incluyendo el control de tráfico aéreo.
Hola Bichobola, me temo que habrá que buscarse otra excusa, las aeronaves se
sustentan por las reacciones del aire con sus propias superficies (alas o
rotores como los multicópteros) y excluyen precisamente a las que se sustenten
por reacciones del aire contra la superficie de la tierra, osea los Hovercraft y
similares, que no son aeronaves :rolleyes:
Y si, parece que los aviones
de papel tambien cuadran en la definición de aeronave de OACI. ;-)
Bichobola
22/04/2014, 08:00
Pues me gustaría que fuera de mi cosecha, pero este
cultivo no es de mi huerta.
http://ec.europa.eu/transport/modes/air/uas_en.htm
Para mayor
claridad;
http://ec.europa.eu/transport/modes/air/doc/com(2014)207_en.pdf
Hola Starcopter,
He consultado a mi primo el enterado y me ha contestado
-más o menos- que es importante distinguir lo que es normativa (reglas con
capacidad de obligar) de lo que no lo es. Por ejemplo, una ley o un reglamento
son normativa. Una nota no lo es.
De la misma forma, un Reglamento CE es
normativa. Una Directiva CE, aunque no tiene capacidad de obligar a particulares
sí lo es. Una Comunicación NO LO ES.
Te mando el link del documento en
español. Si lo lees con atención, verás que lo que la UE tiene en mente no son
precisamente nuestros multis sino el CONTROL DE TRAFICO AEREO de drones de
transporte:
http://ec.europa.eu/transport/modes/air/doc/com(2014)207_es.pdf
Hola Bichobola, me temo que habrá que buscarse otra excusa, las aeronaves se
sustentan por las reacciones del aire con sus propias superficies (alas o
rotores como los multicópteros) y excluyen precisamente a las que se sustenten
por reacciones del aire contra la superficie de la tierra, osea los Hovercraft y
similares, que no son aeronaves :rolleyes:
Y si, parece que los aviones
de papel tambien cuadran en la definición de aeronave de OACI. ;-)
Hola
Raforo,
Preguntaré a mi primo, porque con tu mismo argumento, los
hovercraft parece que generen su sustentación con las palas de las hélices...
11309
starcopter
22/04/2014, 08:49
Hola Starcopter,
He consultado a mi primo el
enterado y me ha contestado -más o menos- que es importante distinguir lo que es
normativa (reglas con capacidad de obligar) de lo que no lo es. Por ejemplo, una
ley o un reglamento son normativa. Una nota no lo es.
De la misma forma,
un Reglamento CE es normativa. Una Directiva CE, aunque no tiene capacidad de
obligar a particulares sí lo es. Una Comunicación NO LO ES.
Te mando el
link del documento en español. Si lo lees con atención, verás que lo que la UE
tiene en mente no son precisamente nuestros multis sino el CONTROL DE TRAFICO
AEREO de drones de transporte:
http://ec.europa.eu/transport/modes/air/doc/com(2014)207_es.pdf
Hola Bichobola,
No he intentado hacer una lectura legalista de lo que
está saliendo, creo que para eso hay que esperar a que se modifique el marco
jurídico existente. Aunque volviendo al propósito de este hilo, hay que recordar
que ya existe extensa normativa, que sin ser específica, aplica fácilmente a
muchos de los usos que les damos hoy a los multis, aunque creando lo que la UE
considera una clara inseguridad jurídica.
Lo que la UE pretende es
bastante más amplio, y para ello les cito, sin aportar una coma;
"Los
RPAS ya están siendo usados con fines civiles y se espera que tengan una
influencia cada vez mayor en nuestras vidas diarias. De la misma manera que la
tecnología de internet dio lugar a principios de la década de los noventa a
muchas aplicaciones diferentes, las tecnologías de RPAS llevarán probablemente
en los años venideros al desarrollo de una amplia gama de servicios diferentes,
especialmente en combinación con otras tecnologías como el posicionamiento de
precisión gracias a Galileo, o de apoyo a otras tecnologías, como las
telecomunicaciones en situaciones de socorro en caso de catástrofe o en el
aumento dinámico de la capacidad de la red. Si bien la naturaleza exacta y el
alcance de las operaciones potenciales de RPAS son difíciles de prever por el
momento, se espera que el sector de los servicios genere suficientes ingresos
para impulsar la industria manufacturera. 5
En otros continentes, los
operadores de RPAS prestan apoyo a la agricultura de precisión mediante la
aplicación más eficaz y oportuna de abonos o plaguicidas. En Europa, los RPAS
se utilizan para efectuar inspecciones de seguridad de infraestructuras tales
como vías de ferrocarril, presas, diques o redes eléctricas. Las autoridades
nacionales los utilizan en operaciones de socorro en caso de catástrofe, por
ejemplo, para sobrevolar zonas inundadas o para dar apoyo a la lucha contra
incendios.
Los RPAS podrían servir para elevar en el aire turbinas eólicas
gigantes para producir electricidad ecológica. En el extremo opuesto de la
escala, los ingenieros están trabajando en micro RPAS que podrían servir para
arreglar fugas de gases o productos químicos, o que se podrían programar para
imitar las abejas y polinizar las plantas.
Los RPAS presentan muchos
tipos diferentes de aeronaves para prestar esos servicios que varían en
términos de peso máximo de despegue desde unos gramos hasta más de diez
toneladas, de velocidad máxima desde la inmovilidad sostenida hasta más de 1
000 km/h, de autonomía de vuelo desde unos minutos hasta meses, y de
tecnología ascensional desde alas fijas y rotatorias hasta aparatos más
ligeros que el aire. Más allá de los fabricantes y los integradores de
sistemas, la industria de RPAS también incluye una amplia cadena de suministro
de tecnologías capacitadoras (control de vuelo, comunicaciones, propulsión,
energía, sensores, telemetría, etc.), desarrolladores de carga útil y
operadores."
...
"Conclusión
Los RPAS se están
convirtiendo en una realidad y pronto estarán disponibles comercialmente a
escala europea. El mercado de los RPAS ofrece una oportunidad real para fomentar
la creación de empleo y será una fuente de innovación y de crecimiento
económico durante los años venideros, y simultáneamente supone nuevos retos
relacionados con la seguridad operacional y física y con el respeto a los
derechos de los ciudadanos que deben ser resueltos antes de que los RPAS puedan
ser usados a gran escala en un entorno civil. La falta de normativas armonizadas
en Europa y de tecnologías validadas constituye el principal obstáculo para la
apertura del mercado de los RPAS en el espacio aéreo no segregado europeo. La
industria reclama la adopción de medidas urgentes para el establecimiento de un
marco reglamentario capacitador para los RPAS.
Es el momento adecuado para
abrir el mercado de los RPAS en la UE con una combinación de las normas en
vigor y de otras nuevas al nivel europeo que resuelvan todos los problemas
relevantes, incluida la inserción de los requisitos de seguridad operacional y
física y de protección de la intimidad y de los datos personales en las normas
de la UE en vigor en estos ámbitos. Son asimismo necesarios esfuerzos de I+D
para garantizar la integración progresiva de los RPAS en la aviación civil a
partir de 2016.
La Comisión Europea utilizará el Programa Horizonte 2020
para acciones de apoyo a la I+D. Parte del reto actual es además el
aprovechamiento inteligente de los programas industriales existentes para
impulsar la competitividad de la industria y de los operadores de los RPAS. La
Comisión Europea tiene asimismo la intención de presentar las propuestas
legislativas oportunas para eliminar la inseguridad jurídica que obstaculiza el
desarrollo del mercado europeo y para dar a los ciudadanos europeos la garantía
de la máxima protección de la seguridad operacional y física y de la
intimidad."
... y repito lo que siempre digo ...
Volemos de forma
segura, en seguimiento de las normativas locales, y sin riesgo para terceros o
sus propiedades.
Saludos!
Hola Starcopter,
Hola Raforo,
Preguntaré
a mi primo, porque con tu mismo argumento, los hovercraft parece que generen su
sustentación con las palas de las hélices... 11309
Je,je hojalá fuera
tan listo, pero el argumento y la definición no es mía, es de la OACI y tiene
más años que yo. «toda máquina que puede desplazarse en la atmósfera por
reacciones del aire que no sean las reacciones del mismo contra la superficie de
la tierra».
A mi tampoco me parece bien meter todo lo que vuela en un
mismo paquete, pero ya sabes el dicho: Todo lo que vuela a la cazuela, y si es
una máquina es una aeronave :D
Los ventiladores/rotores de los
Hovercraft no consiguen suficiente sustentación para volar (desplazarse en la
atmósfera), solo para crear un efecto suelo que lo separa unos centímetros del
suelo, por eso OACI los quiere excluir de las aeronaves, y en esto si estoy de
acuerdo con ella (modestamente). diablo
Buenos dias. No se si esta noticia la tenemos, pero por si
acaso.
http://www.estrelladigital.es/articulo/espanha/fomento-prohibe-drones-volar/20140416132706192603.html
Por cierto reivindico una regulación del cierzo para mi zona. :). jeje. Un
salúdo.
Remata Fomento que los recintos completamente cerrados,
como un pabellón industrial o deportivo, un centro de convenciones o un
domicilio particular, no están sujetos a la jurisdicción de AESA, no forman
parte del espacio aéreo, y entonces los titulares de estos recintos pueden
decidir si autorizan el vuelo de drones en su interior y en qué condiciones. "Un
estadio de fútbol –advierte Fomento- no tiene la consideración de recinto
cerrado, a menos que su cubierta cubra la totalidad de su superficie, sin
abertura ninguna".
gracias por la aclaracion
p.d muy buena
noticia ,
starcopter
23/04/2014, 11:25
Buenos dias. No se si esta noticia la tenemos, pero por si
acaso.
http://www.estrelladigital.es/articulo/espanha/fomento-prohibe-drones-volar/20140416132706192603.html
Por cierto reivindico una regulación del cierzo para mi zona. :). jeje. Un
salúdo.
Hola mfav,
Aunque comenta extensamente la nota de AESA,
aporta comentarios muy interesantes sobre la perspectiva de la UE.
Imagen
del artículo; un Phantom!
Saludos!
PS. Cuando esté lista la
regulación del Cierzo, apuntemos la de la Tramuntana, Garbí, Mistral, Alisios,
... jajajaj!
Muchas gracias. Aunque no suelo postear mucho me he
zampado este hilo completo y otro de otra página. jaja. la verdad es que todo lo
que podamos apotar es bien recibido. Y aprovecho para dar las gracias a todos .
Mi opinion es (y no es nueva creo que coincidimos muchos) que esto era de
esperar ante los acontecimientos ocurridos últimamente y la violación por
algunos de las normas básicas para desarrollar este "hobby/negocio/etc". Por lo
que pienso que las normas estarán bien, siempre que no se deniegue el uso de
estas herramientas en sus zonas y con los permisos adecuados. Pero bueno al
final ya sabemos lo que ocurrirá. Un saludíco desde el valle del
Ebro.
Erperea
23/04/2014, 18:11
Buenas tardes. Es mi primer post en este hilo, pero lo he
seguido día a día, nos iniciamos como empresa, a finales de marzo, hicimos un
seguro de RC con allianz, y hoy hemos recibido un comunicado por Mail de ellos
que la póliza queda sin cobertura ya que lo que cubre que como comercial y
profesional necesita permisos de AESA, y no los van a conceder, así que
devuelven la cuota pagada. Y me adjuntan en el Mail la maravillosa nota de AESA.
No se hasta donde vamos a llegar, cuando hemos hablado con el fiscal de
medioambiente de Málaga por medio de la policía local y ellos esa nota no le
sirve para nada, le hemos preguntado a la guardia civil y tampoco pueden
denunciar... No se hasta donde va a llegar esto...
diafragma1939
23/04/2014, 18:33
...a finales de marzo, hicimos un seguro de RC con
allianz, y hoy hemos recibido un comunicado por Mail de ellos que la póliza
queda sin cobertura ya que lo que cubre que como comercial y profesional
necesita permisos de AESA, y no los van a conceder, así que devuelven la cuota
pagada. Y me adjuntan en el Mail la maravillosa nota de AESA
Boas
…A ver donde esta el experto…?
¿De donde sacas estas
cosas? ¿tu crees que una aseguradora con unos servicios jurídicos de lo mejor
que puedas encontrar, va a comercializar un producto que sea ilegal? ¿de verdad
te crees lo que dices?
Sinceramente, no se cuales son tus intereses, pero
deja de decir... no se como calificarlo, bueno si lo sé, pero me lo voy a
reservar.
diablodiablodiablodiablodiablo
Estaba claro que este era
el siguiente paso, ya que las aseguradoras necesitan y de momento carecen del
soporte legislativo necesario para suministrar este tipo de seguros. Y eso por
mucho que algunos digan lo contrario. En caso de accidente dios os coja
confesados :D.
Ciao
:cool:
Bueno, esta claro que esto ya esta muy peliagudo... A
nivel comercial es como todo... Hay quien se arriesga a utilizar andamios no
homologados, usar escaleras para acceso donde por altura no esta permitido, no
usar casco... Ahora bien, si tienes una empresa de video, fotografia, topografia
... Con uav ?? Que se supone que debes hacer ??? Si ademas es tu unica fuente de
ingresos??? Hacia falta legislacion, SI. Normativas para mejorar la seguridad
SI. Pero señores, de hay a prohibir un modelo de negocio en pleno auge!!!!
Estamos gobernados por una panda de ineptos y mas que demostrado corruptos ( da
igual el color ) que nos abocan cada vez mas a vivir en la miseria. Alguien me
puede decir cuantos accidentes graves han sucedido en españa por este tipo de
aeronaves/aeromodelos/drones o como cojon... Les quieran llamar??? Podemos
prohibir el uso de coches, motos, alcohol, tabaco.... No son acaso mas
peligrosos??? Las estadisticas dicen que si. Nos hemos vielto todos un poco
tontitos con el tema drones, cuando el unico interes que tiene el gobierno al
regular esto no es otro que su trozo del pastel. Ya lo dije varias veces, somos
una republica bananera pero con corbata... Pero es lo que hay. No nos podemos
quejar, en estos ultimos años nos han quitado tanto y dado tanta leña que no
tenemos fuerza ni para quejarnos. En fin paciencia compañeros, lo peor esta por
venir 😤
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creo que tenemos que separar lo que es el uso profesional
y el uso particular ,
los que lo usan como profesional creo muy logico el que
este regulado como todos los negocios
( bares, talleres,dentistas)pagan unos
impuestos porque de ello se saca un beneficio
a partir de aquí que nos
incluyan a los que vamos volar por simple hobby lo encuentro fuera de sitio , y
creo que le estamos dando demasiada atención a esto ,
separemos profesionales
a simple hobby
Jaime135
24/04/2014, 08:33
creo que tenemos que separar lo que es el uso profesional
y el uso particular ,
los que lo usan como profesional creo muy logico el que
este regulado como todos los negocios
( bares, talleres,dentistas)pagan unos
impuestos porque de ello se saca un beneficio
a partir de aquí que nos
incluyan a los que vamos volar por simple hobby lo encuentro fuera de sitio , y
creo que le estamos dando demasiada atención a esto ,
separemos profesionales
a simple hobby
Eso hay que puntualizarlo, evidentemente a nivel fiscal
debe haber una diferenciación entre volar por hobby y volar por trabajo, igual
que es diferente jugar al fútbol con los amigos los domingos y ganarse la vida
como futbolista, pero a nivel de seguridad todos deberíamos de cumplir las
mismas normas, sean estas las que sean.
Boas
…A ver donde esta el
experto…?
diablodiablodiablodiablodiablo
Estaba claro que
este era el siguiente paso, ya que las aseguradoras necesitan y de momento
carecen del soporte legislativo necesario para suministrar este tipo de seguros.
Y eso por mucho que algunos digan lo contrario. En caso de accidente dios os
coja confesados :D.
Ciao
:cool:
Que se me corrija si estoy
equivocado, pero con respecto al tema de los seguros creo que la cosa funciona
de esta manera.
Pondré un ejemplo de otro ámbito para que se entienda
mejor:
Si un trabajador tiene un accidente laboral, el seguro obligatorio
de la empresa hará frente a la indemnización correspondiente, es decir, paga en
función de los daños sufridos por este (siempre y cuando estén cubiertos por la
póliza contratada).
Independientemente, la autoridad laboral, realizará una
investigación con el fin de aclarar responsabilidades. En caso de negligencia
por parte del empresario, este será juzgado y condenado. La pena puede ser
económica y/o de privación de libertad.
Aun en el caso de que sea una condena
penal al empresario, el seguro ya habrá pagado la indemnización a la que se
comprometió en su póliza y no servirá de excusa para no pagar, la posterior
condena.
En resumidas cuentas, en mi opinión son cosas paralelas.
Yo contrato un seguro para el multicoptero y pago la póliza correspondiente,
tengo un accidente y causo unos daños. Siempre y cuando esos daños y
circunstancias en las que ocurren, estén contempladas en la póliza, el seguro
pagará a los damnificados.
Luego vendrá la policía, investigará las
circunstancias. Si estoy realizando algo ilegal, levantarán una testado y
posiblemente me detengan si la cosa es grave. En el mejor de los casos, tendré
que pagar una multa que saldrá de mi bolsillo (no del seguro) y que irá a las
arcas del estado, no a los damnificados, en el peor, puede caer una sanción
penal.
Creo que la cosa es mas o menos así, si no que alguien que sepa de
estos temas me corrija.
Saludos
noxxxfaxx
25/04/2014, 18:54
Nadie hace seguros para empresas y el que lo haga os está
timando, hasta que no salga una ley nadie los puede hacer.
Enviado
desde mi iPad con Tapatalk
jminguez
26/04/2014, 10:12
hay sitios donde la nueva normativa se la pasan por el
forro. Acabo de leer una noticia donde en la fiestas de Figueras, en el Alt
empordà (gerona), usaran un dron para hacer grabaciones de las fiestas. Es decir
incumpliendo la normativa y la mas importante " no se podra volar sobre nucleos
urbanos" y "sobre gente"
http://www.diaridegirona.cat/alt-emporda/2014/04/25/tres-pantalles-digitals-drone-prenent/666705.html
Yo no estaria tranquilo disfrutando de las fiestas y viendo como sobrevuelan mi
cabeza....
Mario_Santander
26/04/2014, 12:21
hay sitios donde la nueva normativa se la pasan por el
forro. Acabo de leer una noticia donde en la fiestas de Figueras, en el Alt
empordà (gerona), usaran un dron para hacer grabaciones de las fiestas. Es decir
incumpliendo la normativa y la mas importante " no se podra volar sobre nucleos
urbanos" y "sobre gente"
http://www.diaridegirona.cat/alt-emporda/2014/04/25/tres-pantalles-digitals-drone-prenent/666705.html
Yo no estaria tranquilo disfrutando de las fiestas y viendo como sobrevuelan mi
cabeza....
Pero es que esto hace 6 meses tampoco se podía y se hacía… con
el comunicado de AESA no se ha dicho nada nuevo… o eso entiendo yo
noxxxfaxx
26/04/2014, 16:01
Correcto, esto antes era igual lo unico que antes lo
hacian 4 y ahora lo hacemos unos pocos mas
Del asfalto al
cielo...
Bichobola
28/04/2014, 07:25
Si un trabajador tiene un accidente laboral, el seguro
obligatorio de la empresa hará frente a la indemnización correspondiente, es
decir, paga en función de los daños sufridos por este (siempre y cuando estén
cubiertos por la póliza contratada).
Hola Ainur,
Me he permitido
marcar en rojo la parte de tu mensaje que creo esencial... Por aquello de que no
existe un seguro obligatorio en tanto una norma con capacidad de obligar
establezca que debe constratarse.
hay sitios donde la nueva
normativa se la pasan por el forro. Acabo de leer una noticia donde en la
fiestas de Figueras, en el Alt empordà (gerona), usaran un dron para hacer
grabaciones de las fiestas. Es decir incumpliendo la normativa y la mas
importante " no se podra volar sobre nucleos urbanos" y "sobre gente"
Hola
Jminguez,
¿Sabrías cuál es esa nueva normativa que tenemos que cumplir?
¿Y dónde pone que no se pueda volar sobre "suelo urbano"? ¿Y -con independencia
de la política de este foro- dónde dice que no se pueda volar sobre
gente?
splinter
28/04/2014, 08:04
Pues segun tengo entendido, la normativa de aeromodelos a
radiocontrol es la que te dice que no vueles en entorno urbano. Aunque cada
ayuntamiento puede modificarla (no se hasta que punto.), dudo que permitan volar
dentro de una ciudad por hobby.
Y otro detalle es que si un policia te ve
volar en medio de la ciudad, a su criterio puede decir que estas poniendo en
riesgo la seguridad ciudadana y meterte un "puro" y esto te lo digo con
conocimiento de causa. Ya que por andar en monociclo me metieron una bronca
escandalosa; y eso que la ley dice que "vehiculos de velocidad peatonal, deben
ir por la acera sin hacer zig-zag". El policía me dejo muuuuuy claro que si el
considera que pongo al alguien en peligro me puede empaquetar. De echo terminó
por prohibirme andar en "su calle". (Cosas de poli duro y
aguerrido:D)
estamos dando demasiada letra a esto , y lo que hacemos es
poner mas leña al fuego entre nosotros mismos, quien no a visto volar
helicopteros escala 1:1 o sea de verdad por encima de gente a poca altura , pasa
algo ; ultraligeros , avionetas haciendo exibiciones y caerse al suelo en medio
de gente y por fortuna no pasar nada, lo emiten por la tv y no pasa
nada
estamos dando demasiada letra a esto , y lo que hacemos es
poner mas leña al fuego entre nosotros mismos, quien no a visto volar
helicopteros escala 1:1 o sea de verdad por encima de gente a poca altura , pasa
algo ; ultraligeros , avionetas haciendo exibiciones y caerse al suelo en medio
de gente y por fortuna no pasar nada, lo emiten por la tv y no pasa nada
Cuidado que te van a masacrar con los biturbina, las revisiones , las licencias
y permisos y mil y una cosas más, que intentaran hacer entender que volar un
heli escala real es menos peligroso y es imposible que caiga... mientras que un
multi puede masacrar a una multitud.
Realmente la notita de las narices
que algunos se han sacado de la manga ha hecho su efecto, conozco a 2 personas
que se ganaban la vida con esto y lo han dejado totalmente acojonados. VIVA
FOMENTO, que como su nombre indica, solo sirve para fomentar el enriquecimineto
de unos pocos en detrimento de los que realmente trabajan.
Seguid
haciendoles el juego, seguid...
Bichobola
28/04/2014, 08:28
Pues segun tengo entendido, la normativa de aeromodelos a
radiocontrol es la que te dice que no vueles en entorno urbano. Aunque cada
ayuntamiento puede modificarla (no se hasta que punto.), dudo que permitan volar
dentro de una ciudad por hobby.
Verás Splinter, lo que diferencia un estado
de derecho de una dictadura democrática es precisamente que la actuación de los
poderes públicos debe estar sometida al imperio de la ley. Eso significa que no
te pueden multar por llevar el pelo verde si una norma -previamente- no lo
prohibe.
Ganaríamos todos en este hilo si nos dejamos de vudús y nos
curramos buscar la normativa -o cuando menos, leer este hilo desde el principio,
porque hace unas cuantas páginas habíamos llegado a algunas conclusiones. Por
favor, no sigamos con lo de "tengo entendido" o "me ha dicho un amigo policía" o
"en mi seguro que deben de tener muy buen equiop de abogados..." y centrémonos.
La (única) normativa de aeromodelos vigente a día de hoy que limita o restringe
el vuelo se refiere a exihibiciones públicas. No hay nada referido a "entorno
urbano", "población habitada", "gente"...
Y otro detalle es que
si un policia te ve volar en medio de la ciudad, a su criterio puede decir que
estas poniendo en riesgo la seguridad ciudadana y meterte un "puro" y esto te lo
digo con conocimiento de causa. Ya que por andar en monociclo me metieron una
bronca escandalosa; y eso que la ley dice que "vehiculos de velocidad peatonal,
deben ir por la acera sin hacer zig-zag". El policía me dejo muuuuuy claro que
si el considera que pongo al alguien en peligro me puede empaquetar. De echo
terminó por prohibirme andar en "su calle". (Cosas de poli duro y
aguerrido:D)
Una de las garantías del estado de derecho es precisamente la
prohibición de la interdicción en la actuación de los poderes públicos. Eso
significa que un polícía no *debe* actuar por instinto sino que su actividad
debe estar reglada. No se puede multar a alguien por hacer algo que no está
prohibido y la prohibición es un acto normativo, no discrecional. No quiere eso
decir que no pueda haber policías que actúen indebidamente, pero siempre que ha
salido alguien diciendo que tiene un primo al que han multado hemos pedido que
dé detalles sobre la multa y seguimos sin saber nada.
A diferencia de lo
que pasó con el vídeo de ¿era Nancy?, en Francia está penado el delito de
riesgo, pero no aquí, al menos por ahora. Si alguno tenéis información concreta,
por favor no dejéis de darla en beneficio de todos, pero intentemos pasar de
anécdotas y el vecino del primo del enterado, porque no llegamos a ninguna
parte.
elpet tienes razon , yo sigo volando mi multi en zonas
limpias ,libres etc etc , filmando para mi gozo y de mis colegas y compartiendo
mis videos con gente que alucina y aplauden
ccostas
28/04/2014, 12:05
Nadie hace seguros para empresas y el que lo haga os está
timando, hasta que no salga una ley nadie los puede hacer.
Enviado
desde mi iPad con Tapatalk
¿Me puedes decir de donde sacas esto?
La
verdad es que voy a empezar a pasar de estos "aportes" por llamarlos de alguna
manera.
Tan solo os diré que un cliente, el cual está asegurado conmigo, sin
timarlo por cierto, ha conseguido los dichosos permisos de AESA para realizar un
trabajo en concreto. A lo mejor lo que pasa es que este cliente es un
profesional de verdad y no un abrazafarolasmiprimomehadicho...
Un
saludo...
noxxxfaxx
28/04/2014, 12:12
Mira me saque el seguro contigo hace unos meses junto con
un par de amigos, y tus compañeros de generali y varias empresas me lo han dicho
asi k el abrazafarolas lo sera tu puta madre. A ver si te informas en tu propia
empresa y preguntas a las demás como por ejemplo http://www.segurosaviacion.es/
k es muchisimo mas fiable k la mierda de generali la cual desde luego ya no
pienso renovar. Y de primeras a ver si primero hablas sin faltar que aki nadie
te ha faltado el respesto payaso.
Cualquier castigo por los admins me es
merecido, como si me kieren banear, me atengo a las consecuencias de mi
palabras.
Del asfalto al cielo...
noxxxfaxx
28/04/2014, 12:41
Para mas inri acabamos de llamar a easa desde una empresa
y no se facilita ningun permiso para ninguna aeronave o nave no tripulada.
Del asfalto al cielo...
noxxxfaxx
28/04/2014, 12:42
No se a k easa has llamado tu, pero vamos a la que he
llamado yo desde luego k no, y ya si quieres les preguntas por los seguros y asi
te aclaras.
Del asfalto al cielo...
ccostas
28/04/2014, 12:53
Mira me saque el seguro contigo hace unos meses junto con
un par de amigos, y tus compañeros de generali y varias empresas me lo han dicho
asi k el abrazafarolas lo sera tu puta madre. A ver si te informas en tu propia
empresa y preguntas a las demás como por ejemplo http://www.segurosaviacion.es/
k es muchisimo mas fiable k la mierda de generali la cual desde luego ya no
pienso renovar. Y de primeras a ver si primero hablas sin faltar que aki nadie
te ha faltado el respesto payaso.
Cualquier castigo por los admins me es
merecido, como si me kieren banear, me atengo a las consecuencias de mi
palabras.
Del asfalto al cielo...
Sin entrar en las perlas que
has soltado, te calificas tu mismo, te diré que lo que tu tienes hecho es un
seguro para uso particular, totalmente vigente y sin ningún problema.
Por
otro lado, no se con quien has hablado en Generali, a lo mejor fue con Calleja,
pero actualmente se siguen comercializando, tanto las pólizas para uso
particular, como las pólizas de uso profesional, con lo que revisa tu fuente o
si prefieres llamas directamente a Generali y que allí te informen.
De todas
formas la nota de marras a conseguido su objetivo, que no era otro que hacer una
criba, o selección, o limpieza o como quieras llamarle, cosa por otro lado que
leyendo lo que se lee, le va a venir de perlas al sector.
Un saludo y la
próxima vez que mentes a mi madre, piensa antes en la tuya...
No se a k easa has llamado tu, pero vamos a la que he
llamado yo desde luego k no, y ya si quieres les preguntas por los seguros y asi
te aclaras.
Del asfalto al cielo...
¿Me puedes decir de
donde sacas esto?
La verdad es que voy a empezar a pasar de estos "aportes"
por llamarlos de alguna manera.
Tan solo os diré que un cliente, el cual
está asegurado conmigo, sin timarlo por cierto, ha conseguido los dichosos
permisos de AESA para realizar un trabajo en concreto. A lo mejor lo que pasa es
que este cliente es un profesional de verdad y no un
abrazafarolasmiprimomehadicho...
Un saludo...
Carlos tus comentarios y
formas son bastante incendiari@s, no lo digo solo por este incidente con noxfax
q esta ya baneado. Sirva esto de warning 1/2 para ti, no habrá segundo aviso.
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ccostas
28/04/2014, 12:57
Carlos tus comentarios y formas son bastante incendiari@s,
no lo digo solo por este incidente con noxfax q esta ya baneado. Sirva esto de
warning 1/2 para ti, no habrá segundo aviso.
Enviado desde mi Nexus 5
mediante Tapatalk
Puede ser, no te diré que no, pero cuando te llaman
estafador de esa manera, cuesta un poco ser correcto. Lo tendré en cuenta para
otras veces de todas formas. Un saludo...
splinter
28/04/2014, 13:06
Verás Splinter, lo que diferencia un estado de derecho de
una dictadura democrática es precisamente que la actuación de los poderes
públicos debe estar sometida al imperio de la ley. Eso significa que no te
pueden multar por llevar el pelo verde si una norma -previamente- no lo
prohibe.
Ganaríamos todos en este hilo si nos dejamos de vudús y nos
curramos buscar la normativa -o cuando menos, leer este hilo desde el principio,
porque hace unas cuantas páginas habíamos llegado a algunas conclusiones. Por
favor, no sigamos con lo de "tengo entendido" o "me ha dicho un amigo policía" o
"en mi seguro que deben de tener muy buen equiop de abogados..." y centrémonos.
La (única) normativa de aeromodelos vigente a día de hoy que limita o restringe
el vuelo se refiere a exihibiciones públicas. No hay nada referido a "entorno
urbano", "población habitada", "gente"...
Una de las garantías
del estado de derecho es precisamente la prohibición de la interdicción en la
actuación de los poderes públicos. Eso significa que un polícía no *debe* actuar
por instinto sino que su actividad debe estar reglada. No se puede multar a
alguien por hacer algo que no está prohibido y la prohibición es un acto
normativo, no discrecional. No quiere eso decir que no pueda haber policías que
actúen indebidamente, pero siempre que ha salido alguien diciendo que tiene un
primo al que han multado hemos pedido que dé detalles sobre la multa y seguimos
sin saber nada.
A diferencia de lo que pasó con el vídeo de ¿era Nancy?,
en Francia está penado el delito de riesgo, pero no aquí, al menos por ahora. Si
alguno tenéis información concreta, por favor no dejéis de darla en beneficio de
todos, pero intentemos pasar de anécdotas y el vecino del primo del enterado,
porque no llegamos a ninguna parte.
Perdona si mis entendederas no
llegan al nivel requerido. Pero estoy leyendo este hilo desde el primer día. Y
"cualquier aeromodelo a radiocontrol tiene que volar en un sitio habilitado para
ello" luego si el sitio no está habilitado, no se puede volar.
Otro tema
es entrando en el asunto profesional, en el que hay una gran
controversia.
Y según entiendo las garantías de derecho que explicas, ¿me
permitirían hacer malabares con motosierras en medio de la calle mas concurrida
dr mi ciudad y ningun policía me puede decir que no lo haga? Por que no creo que
exista una norma especifica al respecto. No lo pongo para faltarbal respeto ni
para quitar razón a nadie. Lo pregunto a ver si alguna vez comprendo
esto.
P.D.: no hago vudú, interpreto lo que leo de la mejor manera que me
da mi sesera de fumeta.
Novatus Maximus
28/04/2014, 17:38
No es por meter mas cizaña pero mirad lo que encontré,
como dicen por ahí... el que quiera saber.... a Salamanca.... y encima todos a
saludar al sargento de turno.
http://www.lagacetadesalamanca.es/salamanca/2014/04/17/universidad-formara-operadores-drones-ayuda-ejercito/116325.html
http://noticias.lainformacion.com/economia-negocios-y-finanzas/transporte/ciu-pregunta-manana-a-pastor-en-el-congreso-por-que-prohibe-los-drones-de-uso-comercial-en-vez-de-regularlos_p7IsIgKnVPXVjCYa91vtj3/
Pauantich
28/04/2014, 20:35
Responde a la actitud autoritaria de prohibir todo lo q no
se és capaz de regular o entender. Veremos q dice la Mato mañana.
www.ifoto3d.com
No voy a hacer de abogado del diablo, pero por ahora solo
han recordado que ya estaba prohibido o desregulado... Y ahora están estudiando
la manera de regularlo... Otra cosa es que cuando lo acaben de regular dejen a
alguien contento...
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Tapatalk
Javier G.
28/04/2014, 21:14
estoy preocupado por el tema y me gustaria que me lo
confirmases; el seguro que pague por el Phantom (Generali) vale o no vale..por
cierto cuando quieras me envias el presupuesto del equipo fotográfico.
te envie un privado..pero viendo que no respondes lo hago por lo
publico.
estoy preocupado por el tema y me gustaria que me lo
confirmases; el seguro que pague por el Phantom (Generali) vale o no vale..por
cierto cuando quieras me envias el presupuesto del equipo fotográfico.
te envie un privado..pero viendo que no respondes lo hago por lo
publico.
Javier el tema de seguros lo tratais en otro hilo por favor,
aquí se esta hablando de otra cosa.
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Tapatalk
Javier G.
29/04/2014, 06:57
Javier el tema de seguros lo tratais en otro hilo por
favor, aquí se esta hablando de otra cosa.
Enviado desde mi Nexus 5
mediante Tapatalk
Ok, mil disculpas.. si quieres muévelo al hilo
correcto.
saludos
Megaboeing
29/04/2014, 21:58
Aqui todos preocupados, sin grabar y sin trabajar, pero
mañana sale el espabilado de turno que no
sabe nada de la nota de AESA y
compra el phantom con su gopro y se hincha de volar y grabar por
donde le da
la gana y nadie le dice nada y va ofreciendo sus servicios profesionales a to
quiski...
Y nadie dice nada... nadie sabe nada...
Que haces? lo
denuncias? haces lo mismo que el? Bah! que asco...
Tinacen
29/04/2014, 23:06
Aqui todos preocupados, sin grabar y sin trabajar, pero
mañana sale el espabilado de turno que no
sabe nada de la nota de AESA y
compra el phantom con su gopro y se hincha de volar y grabar por
donde le da
la gana y nadie le dice nada y va ofreciendo sus servicios profesionales a to
quiski...
Y nadie dice nada... nadie sabe nada...
Que haces? lo
denuncias? haces lo mismo que el? Bah! que asco...
Si encima nos
ponemos a denunciarnos entre nosotros pues apaga y vamonos...
Pues navegando por SAN GOOGLE me encontrado esta pagina en
el que se habla mucho sobre el "tema de la apotema" y donde hay unos cuantos
"power points" con ponencias de "gente que sabe del tema" y de las inquietudes
de AESA y ponentes, a la hora de tratar y regular el tema de los RPAS . . . .
http://catedraisdefe.etsit.upm.es/2014/04/22/ponencias-del-curso-sobre-sistemas-aereos-pilotados-de-forma-remota-rpas/
Id lleyendo las ponencias que son muy interesantes. . . . .
Las
conclusiones aqui para flipar:
http://catedraisdefe.etsit.upm.es/wp-content/uploads/2014/04/Ponencia-M-O%C3%91ATE-RPAS-2014.pdf
Aqui algo de lo que piensa AESA en la regulacion:
http://catedraisdefe.etsit.upm.es/wp-content/uploads/2014/04/Ponencia-JM-RAMIREZ-CIRIZA-RPAS-2014.pdf
jminguez
30/04/2014, 08:57
Hola Jminguez,
¿Sabrías cuál es esa nueva normativa
que tenemos que cumplir? ¿Y dónde pone que no se pueda volar sobre "suelo
urbano"? ¿Y -con independencia de la política de este foro- dónde dice que no se
pueda volar sobre gente?
Bichobola, yo me refiero siempre sobre el
informe de aesa, lo pone que no se podra sobrevolar sobre gente. Otra cosa
diferente es por seguridad del que este abajo. Se puede ser muy bueno y con
mucha experiencia con los multi pero sabemos que siempre puede fallar algo por
mala suerte.
Al escrito de aesa me remito "Los aeromodelos vuelan por debajo
de los 100 metros de altura y no pueden volar sobre núcleos urbanos ni sobre
grupos de población (playas, conciertos, las calles de cualquier ciudad, etc…).
Deben volar en zonas habilitadas para ello"
wolfwood
30/04/2014, 09:38
Quereis ver la última ?
http://tiendas.mediamarkt.es/p/accesorio-gopro-dji-drone-phantom-2-zenmuse-h3-2d-1224144
por 800 euritos, cagate lorito, con su gopro + zemuse 2D
¿ Ahora qué ?
¿ahora es legal ? No creo que el chavalin que se lo compre lo haga para volarlo
en el comedor de su casa, pues segun esa publicidad "podrás lanzar tus videos y
fotos a volar a 1 Km de distancia y 300 metros de altura"
EN
FIN.....
La regularización llevará sus tasas correspondientes.Se
trata de que no se vuele gratis. Y si, los phantom del Yo no soy Tonto hacen
pensar que están intentando regular a los hotwheels.
Ta gracioso la situción.
Yo seguiré furtivo, como en otras tantas cosas.
Jaime135
30/04/2014, 10:38
Bichobola, yo me refiero siempre sobre el informe de aesa,
lo pone que no se podra sobrevolar sobre gente. Otra cosa diferente es por
seguridad del que este abajo. Se puede ser muy bueno y con mucha experiencia con
los multi pero sabemos que siempre puede fallar algo por mala suerte.
Al
escrito de aesa me remito "Los aeromodelos vuelan por debajo de los 100 metros
de altura y no pueden volar sobre núcleos urbanos ni sobre grupos de población
(playas, conciertos, las calles de cualquier ciudad, etc…). Deben volar en zonas
habilitadas para ello"
No incluye la gopro, y además está agotado, se
debe haber vendido bien diablo
pere_gs
30/04/2014, 10:45
No incluye la gopro, y además está agotado, se debe haber
vendido bien diablo
Pues ayer salió el anuncio por la tele (no recuerdo la
cadena) por 779€ con gopro incluida. No me dio tiempo a ver los detalles pero me
quede alucinado..... :flipo:
Bichobola
30/04/2014, 11:42
Bichobola, yo me refiero siempre sobre el informe de aesa,
lo pone que no se podra sobrevolar sobre gente. Otra cosa diferente es por
seguridad del que este abajo. Se puede ser muy bueno y con mucha experiencia con
los multi pero sabemos que siempre puede fallar algo por mala suerte.
Al
escrito de aesa me remito "Los aeromodelos vuelan por debajo de los 100 metros
de altura y no pueden volar sobre núcleos urbanos ni sobre grupos de población
(playas, conciertos, las calles de cualquier ciudad, etc…). Deben volar en zonas
habilitadas para ello"
Hola Jminguez, en pocas palabras (lo pongo en grande
para que la gente lo vea):
La nota de la AESA NO es normativa, NO tiene
capacidad de obligar
Pauantich
30/04/2014, 12:52
Hola Jminguez, en pocas palabras (lo pongo en grande para
que la gente lo vea):
La nota de la AESA NO es normativa, NO tiene
capacidad de obligar
Así es, lo que pasa es que si q hay una normativa
muy restrictiva. Hasta ahora los drones se encontraban en una situación de vacío
legal, y la nota se encarga de ubicarlos claramente bajo esta jurisdicción de
forma preventiva hasta que elabore una normativa específica. Mientras, delega la
concesión de permisos y control a las comunidades autónomas y corporaciones
locales.
www.ifoto3d.com
dedalo7002
30/04/2014, 16:00
Así es, lo que pasa es que si q hay una normativa muy
restrictiva. Hasta ahora los drones se encontraban en una situación de vacío
legal, y la nota se encarga de ubicarlos claramente bajo esta jurisdicción de
forma preventiva hasta que elabore una normativa específica. Mientras, delega la
concesión de permisos y control a las comunidades autónomas y corporaciones
locales.
"En España no está permitido el uso de drones para
aplicaciones civiles (para uso militar existe una normativa que permite su
operación exclusivamente en espacio aéreo segregado).
Es decir, no está
permitido, y nunca lo ha estado, el uso de aeronaves pilotadas por control
remoto con fines comerciales o profesionales" y añade: "La realización de
trabajos especializados (también llamados trabajos aéreos), como son las
filmaciones aéreas, los de vigilancia, de detección y / o extinción de
incendios, de cartografía, de inspección, etc., tal como indican los artículos
150 y 151 de la Ley 48/1960 sobre
Navegación Aérea, requiere autorización
por parte de AESA, y hasta que no esté aprobada la nueva normativa específica
que regule el uso de este tipo de aparatos, AESA no puede emitir dichas
autorizaciones porque carece de base legal para ello."
lo de las
Comunidades Autónomas y corporaciones locales se refiere a aeromodelos, no a
drones porque: "La actividad del Aeromodelismo la regula la Real Federación
Aeronáutica de España y además, cada Comunidad Autónoma y cada Municipio puede
tener su regulación sobre esta práctica deportiva o lúdica, aunque siempre deben
respetar la legislación aeronáutica general."
Por lo que entiendo: como
aeromodelos pueden volar en campos de vuelo federados o de un club, donde una
Comunidad Autónoma o Corporación local lo autorice expresamente o donde una
Comunidad Autónoma o corporación local no lo prohíba expresamente y siempre que
no se vulnere ninguna otra norma bien sea de seguridad o de otro tipo (volar
sobre poblaciones, aglomeraciones de gente, carreteras, autovías...)
Como
drones, que son aeromodelos realizando actividades comerciales, se consideran
aeronaves y por lo tanto no deben realizar estas actividades en ninguna
circunstancia porque necesitan permiso expreso de AESA, que es la única entidad
con competencia para conceder esos permisos, nada de Comunidades Autónomas ni
corporaciones locales, y ésta no lo puede dar por no existir base legal para
hacerlo, a menos que el vuelo se realice en un recinto totalmente
cubierto.
wolfwood
30/04/2014, 17:54
Pues ayer salió el anuncio por la tele (no recuerdo la
cadena) por 779€ con gopro incluida. No me dio tiempo a ver los detalles pero me
quede alucinado..... :flipo:
si q lo está, me equivoqué de link:
:caca::caca:
http://tiendas.mediamarkt.es/p/pack-drone-videocamara-dji-phantom-2-gopro-hero3-white-edition-200002051
Jaime135
30/04/2014, 18:23
si q lo está, me equivoqué de link: :caca::caca:
http://tiendas.mediamarkt.es/p/pack-drone-videocamara-dji-phantom-2-gopro-hero3-white-edition-200002051
Si, pero ese no lleva zenmuse
splinter
01/05/2014, 08:29
De la noticia de mediamark, se esta hablando en otro
hilo
Bichobola
05/05/2014, 07:39
Así es, lo que pasa es que si q hay una normativa muy
restrictiva. Hasta ahora los drones se encontraban en una situación de vacío
legal, y la nota se encarga de ubicarlos claramente bajo esta jurisdicción de
forma preventiva hasta que elabore una normativa específica. Mientras, delega la
concesión de permisos y control a las comunidades autónomas y corporaciones
locales.
Decididamente, hemos entrado en bucle.
La Nota NO es
normativa. No ubica nada... es sólo opinión. Normativa es algo con capacidad de
obligar (por ejemplo, una Ley, un Decreto... y por razones expuestas en las
precedentes 35 páginas de este hilo, la Nota no tiene capacidad de tipificar
infracciones ni mucho menos delegar competencias (que es a su vez una
competencia reservada a normas con rango de ley).
El "vacío legal" no es
nada malo. Hay muchas actividades no reguladas y no por ello son ilegales.
"En España no está permitido el uso de drones para
aplicaciones civiles (para uso militar existe una normativa que permite su
operación exclusivamente en espacio aéreo segregado).
Es decir, no está
permitido, y nunca lo ha estado, el uso de aeronaves pilotadas por control
remoto con fines comerciales o profesionales" y añade: "La realización de
trabajos especializados (también llamados trabajos aéreos), como son las
filmaciones aéreas, los de vigilancia, de detección y / o extinción de
incendios, de cartografía, de inspección, etc., tal como indican los artículos
150 y 151 de la Ley 48/1960 sobre
Navegación Aérea, requiere autorización
por parte de AESA, y hasta que no esté aprobada la nueva normativa específica
que regule el uso de este tipo de aparatos, AESA no puede emitir dichas
autorizaciones porque carece de base legal para ello."
lo de las
Comunidades Autónomas y corporaciones locales se refiere a aeromodelos, no a
drones porque: "La actividad del Aeromodelismo la regula la Real Federación
Aeronáutica de España y además, cada Comunidad Autónoma y cada Municipio puede
tener su regulación sobre esta práctica deportiva o lúdica, aunque siempre deben
respetar la legislación aeronáutica general."
Por lo que entiendo: como
aeromodelos pueden volar en campos de vuelo federados o de un club, donde una
Comunidad Autónoma o Corporación local lo autorice expresamente o donde una
Comunidad Autónoma o corporación local no lo prohíba expresamente y siempre que
no se vulnere ninguna otra norma bien sea de seguridad o de otro tipo (volar
sobre poblaciones, aglomeraciones de gente, carreteras, autovías...)
Como
drones, que son aeromodelos realizando actividades comerciales, se consideran
aeronaves y por lo tanto no deben realizar estas actividades en ninguna
circunstancia porque necesitan permiso expreso de AESA, que es la única entidad
con competencia para conceder esos permisos, nada de Comunidades Autónomas ni
corporaciones locales, y ésta no lo puede dar por no existir base legal para
hacerlo, a menos que el vuelo se realice en un recinto totalmente cubierto.
La Federación/s y los clubes carecen de capacidad normativa. Por favor no
entremos en bucle.
Es necesaria autorización siempre que exista normativa
precedente que la requiera. En este caso NO es necesaria ninguna autorización
para volar, filmar, vigilar... con un dron, fuera de la relativa a protección de
datos. Algún incompetente en AESA -al que por cierto pagamos todos- ha tenido la
desfachatez de crear y difundir la famosa "nota" que contiene perlas como la de
"tripulados a distancia" y que no deja de tener la misma validez normativa que
una rueda de prensa (o sea, ninguna). No nos dejemos llevar por el caos.
La UNICA situación regulada es la participación en exhibiciones aéreas. El uso
comercial de drones nunca ha estado prohibido ni lo está en la
actualidad.
splinter
05/05/2014, 10:09
Ol. Perfecto. Entonces ¿si vuelo sobre una ciudad sea por
hobby o por trabajo, no me pueden decir nada?
Pauantich
05/05/2014, 11:35
Decididamente, hemos entrado en bucle.
La Nota NO
es normativa. No ubica nada... es sólo opinión. Normativa es algo con capacidad
de obligar (por ejemplo, una Ley, un Decreto... y por razones expuestas en las
precedentes 35 páginas de este hilo, la Nota no tiene capacidad de tipificar
infracciones ni mucho menos delegar competencias (que es a su vez una
competencia reservada a normas con rango de ley).
El "vacío legal" no es
nada malo. Hay muchas actividades no reguladas y no por ello son ilegales.
La Federación/s y los clubes carecen de capacidad
normativa. Por favor no entremos en bucle.
Es necesaria autorización
siempre que exista normativa precedente que la requiera. En este caso NO es
necesaria ninguna autorización para volar, filmar, vigilar... con un dron, fuera
de la relativa a protección de datos. Algún incompetente en AESA -al que por
cierto pagamos todos- ha tenido la desfachatez de crear y difundir la famosa
"nota" que contiene perlas como la de "tripulados a distancia" y que no deja de
tener la misma validez normativa que una rueda de prensa (o sea, ninguna). No
nos dejemos llevar por el caos.
La UNICA situación regulada es la
participación en exhibiciones aéreas. El uso comercial de drones nunca ha estado
prohibido ni lo está en la actualidad.
De acuerdo, bien! No más bucles en
el hilo! A ver... Si alguien sabe de alguna norma que prohíba el uso de multis
para grabación aérera que publique el párrafo concreto de la ley q así lo
estipula ( no valen links a publicaciones del BOE con 700 páginas ni notas de
prensa ni declaraciones de Rita la Fantástica)
Pauantich
05/05/2014, 11:41
También los de CIU preguntaron la semana pasada a la
ministra Pastor sobre este tema en concreto. No sabemos nada?
pixurro
06/05/2014, 08:54
También los de CIU preguntaron la semana pasada a la
ministra Pastor sobre este tema en concreto. No sabemos nada?
Se anulo la
pregunta por que la ministra estaba en con el rey en dubai, creo que este
miércoles le preguntaran.
C&Bfoto
06/05/2014, 12:46
Que jaleo tiene la gente montado con este tema. Demasiado
alarmismo creo yo. El sábado pasado realice uno de mis trabajos, plena plaza de
un pueblo de aquí en Extremadura. Salida de novios en una iglesia y posterior
reportaje. Permiso concedido para realizar el trabajo por el ayuntamiento.
Policía local presente en todo momento, solo nos llamaron la atención para
interesarse por el cacharro. Lo que digo.....demasiado alarmismo por aquí, la
realidad parece bien distinta, al menos por estos lares, jeje
starcopter
06/05/2014, 14:12
Que jaleo tiene la gente montado con este tema. Demasiado
alarmismo creo yo. El sábado pasado realice uno de mis trabajos, plena plaza de
un pueblo de aquí en Extremadura. Salida de novios en una iglesia y posterior
reportaje. Permiso concedido para realizar el trabajo por el ayuntamiento.
Policía local presente en todo momento, solo nos llamaron la atención para
interesarse por el cacharro. Lo que digo.....demasiado alarmismo por aquí, la
realidad parece bien distinta, al menos por estos lares, jeje
... pues
creo que la manera correcta de proceder es justo como tú lo planteas.
Con autorización local difícilmente nadie te dirá nada.
Y ante la nueva
normativa, ya veremos qué sale ...
Saludos!
Imagino que tambien debe ser en funcion de las
comunidades... No sera lo mismo pedir autorizacion a la policia de un pueblo de
extremadura que a la policia de Madrid por ejemplo, estos seguramente seran mas
estrictos...
C&Bfoto
06/05/2014, 17:47
Imagino que tambien debe ser en funcion de las
comunidades... No sera lo mismo pedir autorizacion a la policia de un pueblo de
extremadura que a la policia de Madrid por ejemplo, estos seguramente seran mas
estrictos...
Si, eso seguro.
diafragma1939
06/05/2014, 19:19
Boas
...si, sobre todo porque ninguna autoridad
local tiene capacidad de decisión alguna sobre asuntos relativos al espacio
aéreo nacional...
Suerte has tenido el que no hubiese ningún incidente
porque ya veríamos de que te iba a servir el permiso del alcalde y la presencia
de la policía municipal del pueblo.
Que nada... que esta claro claro que
se le va a tener que caer el pelo a más de uno - como ya le a pasado a algún que
otro propietario de Phantom por esta esquina del mundo donde le ha tocado
apoquinar 25.000 dólares del ala - para que al final nos entre en la mollera.
Al César lo que es del César...
Ciao
El menda "osease"
yo
yo quiero ver el primer caso en que AESA diga publicamente
en una investigacion que el alcalde que firmo un permiso de estos no tiene ni
idea y que es responsable por firmar ese permiso..... sobre todo sin una
regulacion de por medio.
quien dice AESA dice fomento.....
este foro es el unico que sigue alarmando a la peña ,
venga darle vueltas al mismo tema , nosotros mismos echamos leña al fuego ,
volar y dejar volar , si unas autoridades permiten volar,filmar etc etc , sabran
mas ellos que nosotros , es mas seguro volar con un phantom que con un
helicoptero , yo he visto barbaridades y accidente de helicopteros en campos de
vuelo y solo ha quedado la pasta que vale reconstruirlo y el finde siguiente a
volar y destrozar otra vez , yo mismo he tenido roturas e helicopteros y con el
phantom el tiempo que llevo ni la mas minima rozadura grabando y sin
grabar
splinter
07/05/2014, 08:41
este foro es el unico que sigue alarmando a la peña ,
venga darle vueltas al mismo tema , nosotros mismos echamos leña al fuego ,
volar y dejar volar , si unas autoridades permiten volar,filmar etc etc , sabran
mas ellos que nosotros , es mas seguro volar con un phantom que con un
helicoptero , yo he visto barbaridades y accidente de helicopteros en campos de
vuelo y solo ha quedado la pasta que vale reconstruirlo y el finde siguiente a
volar y destrozar otra vez , yo mismo he tenido roturas e helicopteros y con el
phantom el tiempo que llevo ni la mas minima rozadura grabando y sin
grabar
El tema de discusión no es si somos alarmistas o no. El tema es
sobre la normativa y cada uno la está interpretando a su ma era, ya que para
algunos sigue siendo un poco confuso.
Si quieres hablar sobre lo
alarmistas que somos, habre un hilo especifico.
Por favor, si no os
gusta el tema, no participeis. Lo que no es normal es que se este hablando de
como somos los usuarios del foro.
Repito: este hilo es para hablar sobre la
legalidad del vuelo con multicopteros. No para hablar sobre los usuarios del
foro.
Bichobola
07/05/2014, 08:59
El tema de discusión no es si somos alarmistas o no. El
tema es sobre la normativa y cada uno la está interpretando a su ma era, ya que
para algunos sigue siendo un poco confuso.
Ha llegado a mis manos la
siguiente respuesta de AESA, que creo que despeja todas las dudas:
11688
ferpenas
07/05/2014, 09:02
Y con lo expuesto por BichoBola ya se debería cerrar el
hilo (hasta que abramos otro cuando salga la legislación pertinente, esa sí con
carácter sancionador).
Pues para los particulares, en mi modesto entender, no
aclara duda alguna sobre las zonas habilitadas . . . . ni cual es la normativa
que regula las actividades de aeromodelismo porque yo no la he encontrado en
ningun lado. Si he encontrado en muchas zonas donde está expresamente prohibido
. . . .
Si queda claro que esto no se puede hacer aeromodelos vuelan por
debajo de los 100 metros de altura y no pueden volar sobre núcleos urbanos ni
sobre grupos de población (playas, conciertos, las calles de cualquier ciudad,
etc...)
Los aeromodelos vuelan por debajo de los 100 metros de altura y
no pueden volar sobre núcleos urbanos ni sobre grupos de población (playas,
conciertos, las calles de cualquier ciudad, etc...). Deben volar en zonas
habilitadas para ello. Lo contrario, puede suponer sanciones y se debe
denunciar.
Por tanto los particulares que adquieran en una tienda generalista
un equipo ligero y de fácil uso con sistema de radiocontrol (R/C) y GPS, con o
sin cámara incorporada, o compren un kit para montar un multirrotor con
autopiloto, con una minicámara, o construyan ellos mismos un avión para FPV
(vuelo con “visión en primera persona”), con cámara de visión frontal, piloto
automático, transmisión de vídeo, sólo podrán usarlo en las zonas habilitadas
para ello conforme a la normativa que regula las actividades de aeromodelismo.
Y tambien queda claro el tema profesional . . .
En fin . . . .
:flipo:
dedalo7002
08/05/2014, 08:54
11724
aeronaves tripuladas a control remoto...
¿Como se hace eso? good!
Pauantich
08/05/2014, 09:02
Tripular tiene dos acepciones:
tripular
tr.
Conducir, especialmente, un barco, avión o vehículo espacial:
tripula un
"boeing".
Dotar de tripulación una nave.
starcopter
08/05/2014, 11:24
Y con lo expuesto por BichoBola ya se debería cerrar el
hilo (hasta que abramos otro cuando salga la legislación pertinente, esa sí con
carácter sancionador).
Hola ferpenas,
AESA confirma que su nota
informativa es una "nota informativa" y que para cursar un recurso de reposición
es necesario seguir los cauces establecidos para ello.
Creo que para más
de un forero es de mayor utilidad poder comentar al respecto, que cerrar el
hilo, aunque quizá me equivoco.
Saludos!
splinter
09/05/2014, 07:55
Yo sigo preguntando lo mismo. Si estoy haciendo malabares
con motosierras en medio de la calle, ¿me pueden decir algo por el peligro que
supone?
Es un ejemplo un poco bruto, pero si un policia me puede
empaquetar por considerar que pongo a gente en peligro, ¿no podrá considerar lo
mismo con un multi?
Por cierto, la policia intento echarnos de donde
haciamos malabares en la calle aduciendo que con las pelotas y las mazas
podiamos golpear a alguien. Nos salvó el echo de que esas reuniones de
malabares, nos la anunciaba el propio ayuntamiento y teniamos permiso. El
policia se tuvo que callar, pero de primeras ya nos estaba echando.
Bichobola
09/05/2014, 08:00
AESA confirma que su nota informativa es una "nota
informativa" y que para cursar un recurso de reposición es necesario seguir los
cauces establecidos para ello.
Sí y no. El recurso está perfectamente
planteado. Lo que dice AESA es que es un acto no recurrible. En realidad todos
los actos administrativos son recurribles, pero la propia AESA lo sitúa en la
categoría de churro-nota.
Lo que tenemos que hacer es estar atentos a la
normativa real, a las novedades reales, y recurrir oportunamente lo que nos
perjudique... eso y volar más :-)
ferpenas
09/05/2014, 08:11
Hola ferpenas,
AESA confirma que su nota
informativa es una "nota informativa" y que para cursar un recurso de reposición
es necesario seguir los cauces establecidos para ello.
Creo que para más
de un forero es de mayor utilidad poder comentar al respecto, que cerrar el
hilo, aunque quizá me equivoco.
Saludos!
Con lo de cerrar me
refería a que el tema no da para más hasta que saquen la normativa real. Como
bien comentan la nota ha sido para "acojonar" al personal.
Y sí, un
policía puede cortar cualquiera actividad que él suponga peligrosa para los
demás. Esa presunción la da el carácter de autoridad que tienen; otra cosa es
que estemos de acuerdo con esto o que se puedan pasar o no pasar con esa
presunción. Siempre está el juez para darle la razón al policía o quitársela. Es
lo mismo que la conducción temeraria que un guardia civil te puede decir que lo
estás haciendo aunque no incumplas ninguna norma de tráfico.
En resumen:
hasta que no haya normativa hay alegalidad, lo que no nos exculpa en los casos
expresamente puestos en ley/normativa (zonas protegidas para pajarillos,
aeropuertos...). Además de la potestad que tiene el poli de turno de considerar
que podemos poner en peligro la seguridad ciudadana (siempre tenemos el habeas
corpus si nos han detenido, jejeje :))
starcopter
09/05/2014, 08:26
...
En resumen: hasta que no haya normativa hay
alegalidad, lo que no nos exculpa en los casos expresamente puestos en
ley/normativa (zonas protegidas para pajarillos, aeropuertos...). Además de la
potestad que tiene el poli de turno de considerar que podemos poner en peligro
la seguridad ciudadana (siempre tenemos el habeas corpus si nos han detenido,
jejeje :))
Muy de acuerdo, a lo que añadiría "indefensión
jurídica".
Saludos!
ccostas
09/05/2014, 12:06
Boas
...si, sobre todo porque ninguna autoridad
local tiene capacidad de decisión alguna sobre asuntos relativos al espacio
aéreo nacional...
Suerte has tenido el que no hubiese ningún incidente
porque ya veríamos de que te iba a servir el permiso del alcalde y la presencia
de la policía municipal del pueblo.
Que nada... que esta claro claro que
se le va a tener que caer el pelo a más de uno - como ya le a pasado a algún que
otro propietario de Phantom por esta esquina del mundo donde le ha tocado
apoquinar 25.000 dólares del ala - para que al final nos entre en la mollera.
Al César lo que es del César...
Ciao
El menda "osease"
yo
De verdad, me pone enfermo esta actitud, no se cual es el objetivo de
pretender alarmar de esta forma a compañeros de hobby. Cuanto más te leo, más
tengo la impresión de que tienes celos de que se haya popularizado tanto esta
afición...
De verdad, me pone enfermo esta actitud, no se cual es el
objetivo de pretender alarmar de esta forma a compañeros de hobby. Cuanto más te
leo, más tengo la impresión de que tienes celos de que se haya popularizado
tanto esta afición...
Totalmente de acuerdo
Termostato
09/05/2014, 13:46
De verdad, me pone enfermo esta actitud, no se cual es el
objetivo de pretender alarmar de esta forma a compañeros de hobby. Cuanto más te
leo, más tengo la impresión de que tienes celos de que se haya popularizado
tanto esta afición...
Yo también estoy totalmente deacuerdo, la actitud y
la manera de decir las cosas. Cada cual es libre de expresarse como quiera pero
la manera de hacerlo de este indivíduo es desagradable, en cuanto leo el "Boas"
ya me estoy mordiendo la lengua.
Respecto al tema del hilo pienso que
está agotado, no nos queda otra que ser cautos y esperar a que publiquen la
normativa...
splinter
09/05/2014, 17:07
Y sí, un policía puede cortar cualquiera actividad que él
suponga peligrosa para los demás. Esa presunción la da el carácter de autoridad
que tienen; otra cosa es que estemos de acuerdo con esto o que se puedan pasar o
no pasar con esa presunción. Siempre está el juez para darle la razón al policía
o quitársela. Es lo mismo que la conducción temeraria que un guardia civil te
puede decir que lo estás haciendo aunque no incumplas ninguna norma de
tráfico.
En resumen: hasta que no haya normativa hay alegalidad, lo que
no nos exculpa en los casos expresamente puestos en ley/normativa (zonas
protegidas para pajarillos, aeropuertos...). Además de la potestad que tiene el
poli de turno de considerar que podemos poner en peligro la seguridad ciudadana
(siempre tenemos el habeas corpus si nos han detenido, jejeje :))
Pues
muchas gracias por tu opinión. Ya que yo pensaba así; pero como también se
decía en el hilo que al no haber ley no te pueden hacer nada, pues tenia mis
dudas. :)
En cuanto a nuestro viejo conocido "el boas"... pues eso.
Que yo puedo entender lo que quiere expresar pero no es motivo para decirlo a lo
bruto. Se cazan mas moscas con miel que a cañonazos.
A demás este hilo
esta para hablar de la ley. No para hablar sobre como o donde volamos los que
participamos en este hilo.
Yo creo que lo mejor en los casos que queremos
decirle algo a alguien sobre la seguridad de sus vuelos, lo mejor es decirselo
por privado y siempre intentando explicar el porqué de ese peligro en vez de
criticarle abiertamente.
Pues ale... a cascarla todos....
Pero
desde el cariño (como en el Salvame) :D:D:D
P.D.: Diafragma... lo de
viejo es amistoso, que no se cuantos años tienes. :D:):D:):D
diafragma1939
09/05/2014, 22:34
De verdad, me pone enfermo esta actitud, no se cual es el
objetivo de pretender alarmar de esta forma a compañeros de hobby. Cuanto más te
leo, más tengo la impresión de que tienes celos de que se haya popularizado
tanto esta afición...
...a mi lo que me pondría "enfermo" es el que
paseando tranquilamente por la plaza del pueblo, el parque o por cualquier otro
sitio me cayera en la cabeza un multi por mucho permiso del alcalde y/o seguro
de tres al cuarto tuviese el piloto. Y al igual que a mi pues supongo que a
cualquier hijo de vecino con algo más de 2 dedos de frente.
Nada más
lejos de mi intención que alarmar al personal, mi intención es solidarizarme,
muy raro en mi, con una aplicación estricta de toda medida necesaria que impida
el uso indiscriminado de "segadoras volantes" por doquier sin ton ni son... Si
ya a alguno de mis colegas de profesión tienen dificultades con la
interpretación de los manuales de una cámara de última generación... Cuanta
confianza crees que me merecen como pilotos ? 😂
Ya esta bien de tanta
milonga interesada...
Personalmente me resbala el que se vendan 5, 1.000
y/o 50.000 Phantoms con tal de que vuelen en los sitios previstos para ello...Ya
que supongo que no hace falta que te recuerde que mi sitio ya no esta en la piel
de toro 😎.
Ciao
Nota bene: lo de viejo para los trapos y
cacharros esta bien, yo particularmente me considero experimentado. Pero los 49
ya no los cumplo más 😪, de ahí mi postura claramente opuesta a esa
inconsciencia casi adolescente de la que algunos parecen sufrir.
El
menda "osease" yo
esm_fly
10/05/2014, 15:02
Lo que no entiendo es lo de que esté prohibido el uso
profesional. ¿No puedes usar tu multi para fotografiar unas parcelas de cultivos
para un agricultor? ¿No puedes usar tu multi para grabar escenas en el rodaje de
un corto en el bosque?
Si no se usa sobre poblacion, ¿cual es el problema
en usarlo con fines profesionales?
starcopter
10/05/2014, 15:19
Lo que no entiendo es lo de que esté prohibido el uso
profesional. ¿No puedes usar tu multi para fotografiar unas parcelas de cultivos
para un agricultor? ¿No puedes usar tu multi para grabar escenas en el rodaje de
un corto en el bosque?
Si no se usa sobre poblacion, ¿cual es el problema
en usarlo con fines profesionales?
... es justo ahí donde entra AESA. Se
espera que para utilizar "profesionalmente" el espacio aéreo cuentes con las
autorizaciones que ellos regulan, pero que aún no han definido.
En junio
lo veremos con más claridad.
Saludos!
AdriAragon
10/05/2014, 15:27
Lo que no entiendo es lo de que esté prohibido el uso
profesional. ¿No puedes usar tu multi para fotografiar unas parcelas de cultivos
para un agricultor? ¿No puedes usar tu multi para grabar escenas en el rodaje de
un corto en el bosque?
Si no se usa sobre poblacion, ¿cual es el problema
en usarlo con fines profesionales?
El problema es claro: No pueden sacar
tajada de algo que está en pleno auge.
Yo lo veo así, porque como bien dices
y sin comentar lo de sacar tajada de esos usos profesionales... ¿Cuál sería el
problema de hacerlo en el campo?
En fin, como siempre, FOMENTANDO la
innovación en España, nótese la ironía.
Saludos!
El problema es claro: No pueden sacar tajada de algo que
está en pleno auge.
clapclapclapclapclapclap
pues entonces yo soy un terrorista en potencia,vole
ayer,acabo de llegar de volar y mañana como pueda otra vez,asi que como han
dicho mas atras que se metan en mi cuenta de youtube y que empiezen a
denunciar a saco,los videos no son mios,me los han pasado y en ningun momento
salgo yo jajaja,esto es lo de siempre,alarma que se acaba el mundo,que no va a
pasar nada hombre,que esto sale a la luz cada cierto tiempo cada vez que se pone
de moda algo,y quien lo veo tan negro que deje el hoby que los demas ya
volaremos por el jejeje.
saludos.
Asi es la realidad, pero los 4x
deben de prohibirse por inseguros, si falla un motor todo viene
abajo.
Asi es la realidad, pero los 4x deben de prohibirse por
inseguros, si falla un motor todo viene abajo.
Pues prohibamos tambien
las motos por inseguras, y puestos ya podriamos prohibir salir a la calle porque
te pueden atropellar, venga por favor, un poco de coherencia y sentido común,
que en este hilo es lo que más se hecha en falta.
Mario_Santander
12/05/2014, 14:37
Asi es la realidad, pero los 4x deben de prohibirse por
inseguros, si falla un motor todo viene abajo.
cuantas caídas de drones
has visto tú que sean porque un motor se pare y rompa una hélice?? me imagino
que muy poquitas comparado con el resto ya que es una circunstancia difícil de
ocurrir (que no imposible), claro que te hablo de aparatos serios no de un
phatom o peor… y by the way cuantos hexas has visto tú que habiéndose producido
tal circunstancia consigan aterrizar con "cierto control" ??? porque yo no los
he visto, en cambio sí he visto que hayan tenido accidente, eso sí, y si hay 6
motores mayor probabilidad de que uno falle con respecto a 4, claro no estoy
diciendo que sea más seguro un quad eh??? estoy diciendo que depende lo serio
que sea el aparato y su controladora, hablando de un hexa claro, en caso de
fallo de motor o rotura de la helice completa (si se queda una pala… ya está
liada) va a conseguir aterrizar con algo de control o no.
Yo en vídeos la
mayoría de los accidentes que he visto, han sido casi todos octos, claro que
igual el accidente en sí es más espectacular que un quad chiquitillo,
saludos
Javier G.
12/05/2014, 14:42
http://economia.elpais.com/economia/2014/05/12/actualidad/1399892312_502295.html
A final de mes veremos por donde va la nueva ley
sabinero
12/05/2014, 14:46
lo que no se es a que viene citarme un post mio de hace
tiempo ya para decir esto,sobre lo de prohibir los quads pues como no lo veo ni
siquiera opinable pues eso,que no opino,que estar registrado en un foro de un
hoby para entrar a postear que deberian de prohibirlo si que deberia de estar
prohibido.
saludos.
Pauantich
15/05/2014, 20:57
A la ministra le meten prisa:
http://youtu.be/ZLSTtj0OSt8
Josecopter
15/05/2014, 21:27
Cuando obligaran a matricular las bicicletas que andan por
carretera y tanto peligro causan,luego busca a un ciclista que se salta un
semaforo un domingo y la lia parda,
dedalo7002
15/05/2014, 21:40
Jodó. Según la señora menestra tengo tres aeronaves
posadas sobre el armario del ordenador… a ver si se me va llenar la casa con las
tripulaciones...[ansia][ansia][ansia]
Pauantich
15/05/2014, 21:43
Primeras reacciones:
https://www.youtube.com/watch?v=l_4dXs7NWZs&feature=youtube_gdata_player
Joder, necesito conocimientos aeronáuticos....yo
flipo.
<^>
Asi es la realidad, pero los 4x deben de prohibirse por
inseguros, si falla un motor todo viene abajo.
17 mensajes en casi dos
años...seguro que sabes de que va esto???
<^>
AdriAragon
15/05/2014, 23:24
Primeras reacciones:
https://www.youtube.com/watch?v=l_4dXs7NWZs&feature=youtube_gdata_player
WTF? Este vídeo no lo había visto, para pilotar un "drone" hace falta la
titulación de piloto de avioneta... ¡¿Pero estamos locos o qué?!
Vale que no
es un juguete, vale que no se pueda volar poniendo riesgos, entiendo que quieran
sacar tajada de ello, pero de ahí, a decir que se necesita la titulación de
piloto de avioneta... Me parece cuanto menos desmesurado.
Otra cosa... Se
supone que esto lo hacen por seguridad tanto del espacio aéreo como por si le
cae a alguien en la cabeza pero... ¡Eh! Si quieres grabar un evento deportivo
necesitas una autorización pero... ¿Y si el aparato cae y causa daño? Como dije
en algún que otro mensaje, que no caiga sobre mi, porque no habrá autorización
policial, de AESA o cualquier otra cosa que le cubra lo que me cause a mi o a
los míos...
En fin, un poco de cabreo :cabreo: tras ver el
vídeo...
MELILLA
16/05/2014, 02:04
Primeras reacciones:
https://www.youtube.com/watch?v=l_4dXs7NWZs&feature=youtube_gdata_player
ya puestos a prohibir pues que tengan que sacarse el carnet de conducir el que
quiera coger una bicicleta este país es alucinante si esto es así, señores a
partir de ahora el que coja un carro del carrefour se le exigirá el carnet de
carretillero
Venga mas leña al Fuego.....
https://www.youtube.com/watch?v=IAj8DhjfIMI
ferpenas
16/05/2014, 12:02
¿Cortar la cara? ¿Las hélices de los phantom están hechas
de adamantium? :flipo:
isaacblazquez
16/05/2014, 12:40
Si... son capaces de cortar la cara... no como con un
bisturí o navaja pero si hacen cortes superficiales... imaginate los daños
esteticos y morales que te pueden hacer pagar...
miembro de
xcoptersevilla.es fpv team
Multistar
16/05/2014, 12:50
Dependiendo de las hélices k lleve y los motores k sean a
mi me corto un dedo una hélice de carbono y fue por el aire y fueron 4 puntos en
el dedo, no son juguetes
isaacblazquez
16/05/2014, 12:54
Estamos hablando de las basicas que trae... si son las de
carbono son cuchillas... cuidadin con esos dedos multistar
miembro de
xcoptersevilla.es fpv team
ferpenas
16/05/2014, 12:54
Si... son capaces de cortar la cara... no como con un
bisturí o navaja pero si hacen cortes superficiales... imaginate los daños
esteticos y morales que te pueden hacer pagar...
miembro de
xcoptersevilla.es fpv team
Si no digo que no, que vi el vídeo del tio con
el brazo echando sangre y seis puntos le dieron (no del carnet).
pero hay
que ser realista, lo primero es que lo más usual es que el cacharro te caiga
sobre la cabeza no que te ataque de frente. Y segundo es que si te ataca de
frente es que alguien MUY irresponsable está a los mandos y coincido en que se
le debe demandar que para eso están los juicios civiles. De ahí a satanizar unos
aparatos que los hay a centenares de miles dando vueltas y que para acusarlos
tengan que coger tres videos internacionales... No lo veo muy coherente. Hay una
desproporción entre peligro inherente y número de multis, por lo que aparte de
abogar por un uso responsable siempre, lo que hay es que promocionar su
desarrollo (así habrá multis más seguros, menos fallos de controladoras o GPS,
múltiples nuevas aplicaciones para estos cacharros).
Por mi parte yo les
veo muchas más posibilidades de hacer el bien que de hacer el mal. Será que soy
un iluso. :silencio:
isaacblazquez
16/05/2014, 13:00
El problema esta en que ya lo venden en grandes
superficies... asi que tendremos a un monton de personas y niños volando estos
multis sin tener ni pajolera idea de lo que es alabeo, profundidad... vamos que
no saben lo basico para volar... ni normas de seguridad ni nada...
miembro de xcoptersevilla.es fpv team
ferpenas
16/05/2014, 13:05
Da igual media markt que hobbyking que chinorristore. Yo
tampoco tengo idea de alabeo, profundidad... Lo fundamental es la
responsabilidad. Así que lo primero fue tener uno de los chicos a ver como se
controlaba. Y luego volar en prados solitarios sin un alma alrededor (ni bienes
susceptibles de daños excepto los míos propios).
Como en todo lo más
importante es ser consciente de qué usamos y cuales son sus peligros inherentes
o derivados.
Enviado desde mi iPhone con Tapatalk
isaacblazquez
16/05/2014, 13:08
Exactamente. Eso de volar en zonas solitarias es una de
las normas de seguridad...
miembro de xcoptersevilla.es fpv
team
raulcrane
18/05/2014, 15:27
Buenas ,como siempre el buen montaje de un video como este
mete cizaña al asunto ! pero todos sabemos el peligro que puede ocasionar uno de
nuestros cacharros si por h o por b Fallase y Fallan! eso que no lo dude nadie
,todo componente electrónico tiene un desgaste que quien te dice a ti que no te
da un fallo!
y tengo visto varios aporrizajes por fallos tontos y por mal
uso o por mal conocimiento de la materia ,luego esta el tema de la tajada esto
tampoco lo debe de dudar nadie Intereses siempre los tendrán!
que se
pasan con la titulación a esperar nos toca ,pero esta claro que con lo que nos
gusta esto pues mas de lo mismo a estudiar y formarse que es lo que va a tocar
aunque nos jodan a todos profesionales y no profesionales
un
saludo
Javier G.
18/05/2014, 17:18
Hoy hemos pasado en el coche por delante de la plaza una
iglesia, estaba abarrotada de gente, y sobre todo de niños, con el tema de las
comuniones. me dice mi hija...Papa están volando un drone como el tuyo¡¡
miro por el espejo, y veo un Phantom con su gopro, encima de toda la gente. hay
que ser descerebrado e irresponsable ( y jilipollas), por culpa de gente así
pasa lo que pasa estoy seguro que se lo pillo en MM.
cuanto antes lo
regulen, mucho mejor para todos.
AdriAragon
18/05/2014, 19:03
Viendo lo visto en las noticias que hablan de su
regulación, la seguridad es una escusa.
Explico:
En las noticias dicen que
autoridades podrán utilizarlos sin restricciones y para grabaciones como de las
fallas AESA podrá dar autorizaciones puntuales.
Es decir, darán
autorizaciones para poder sobrevolar cabezas... ¿Seguridad? No, dinero, solo
dinero.
Saludos.
Enviado desde mi palo usando señal de humo. Lumia
620.
bueno ya empezamos a pasar el cepillo señores:
http://www.senasa.es/portada.aspx?lang=es-ES&IDPagina=9&IDCurso=144
splinter
18/05/2014, 19:37
Me encanta!!!! Es mejor que el curso de elevación de
cargas y mantenimiento que me dieron en el curro. Este curso dura 5 horas, en
cambio el que me dieron en el curro duró 4 horas. Jejejeje:D:D:D:D:D
Como vas a enseñar algo tan extenso en 5 horas. Por no hablar de si me parece
correcto que ya estén dando un curso o no.
350 leuretes. Miraremos a ver si la fundacion tripartita
lo financia a traves de la empresa...jejeje, como curso de
formacion.
Tinacen
18/05/2014, 19:49
Ya empiezan a sacarle las perras al personal, ay que
joderse!! eso es un curso que no tendrá validez alguna, digamos que es una
preparación para lo que vendrá luego, Amarrense los bolsillos
señores!!!
Pues habra que ir de furtivos como en tantas cosas en este
pais, porque aqui te sacan la pasta por todo, menos por respirar, de
momento.
Tinacen
18/05/2014, 19:57
Pues habra que ir de furtivos como en tantas cosas en este
pais, porque aqui te sacan la pasta por todo, menos por respirar, de
momento.
No si por respirar ya te la sacan, y si no haz la
prueba...respira profundo...y ahora mira tu cuenta...:)
Mejor ni lo pruebo....jeje
350 leuretes. Miraremos a ver si la fundacion tripartita
lo financia a traves de la empresa...jejeje, como curso de formacion.
deben de haberlo modificado, el viernes costaba 750 euros.
pere_gs
18/05/2014, 21:45
deben de haberlo modificado, el viernes costaba 750
euros.
Hombre 350€ por 5 horitas yo lo veo todavía un poco
carillo......:flipo:
Saludos
Que a nadie se le ocurra hacer ese curso, al menos con
intencion de tener formacion valida para la nueva regulacion. Basta que en la
nueva legislacion se establezcan otros requisitos para que hayas tirado el
dinero a la basura. Espera un poco a que se publique la normativa y se saque la
formacion valida oficialmente.
Otra cosa es que quieras aprender
libremente...
Lo del cambio de precio: alucinante!!
Saludos
Enviado desde mi GT-S7562 mediante Tapatalk
pilotillo
18/05/2014, 23:08
deben de haberlo modificado, el viernes costaba 750
euros.
350es el avanzado , el de 750 , es el basico
http://www.senasa.es/portada.aspx?lang=es-ES&IDPagina=9&IDCurso=143
Cada cual con su dinero que haga lo que quiera cuidao¡¡¡ con comidas .... no se
de que ...si de cabeza o de que ...
Saludos
Que poca vergüenza por Dios.....todavía no está clara la
normativa o hace dos días y medio literalmente
que ha salido y empiezan a
sacar cursos.....es que me da vergüenza ajena. Que asco por Dios, es brutal.
Y digo yo, si hace dos días que ha salido la norma.....¿cómo es que ya hay
formadores en la materia?
Es como si mañana se inventara un idioma nuevo y al
día siguiente hubiera academias que cobraran por
enseñar ese
idioma.....¿quién coño lo conoce si lo inventaron ayer? Hace falta tener la cara
bien dura.
Yo sólo tengo una pregunta, después de mucho leer y leer no tengo
claro lo más básico de todo y me
gustaría si alguien lo sabe que me lo
aclarara de forma sencilla a ser posible. La duda es la siguiente:
A nivel de
hobby ¿está prohibido sacar mi quadcopter a la calle y volarlo en un sitio donde
no suponga
peligro para nadie? ¿Sí o no? No hablo de empresas, ni de cosas
raras. Más sencillo que todo eso.
¿Puedo ir con mi multi al parque y volarlo
con cuidado donde no haya nadie y aún así me lo pueden
requisar o multar? Es
que a día de hoy no lo tengo claro del todo, y quiero darle uso a mi
multicopter.
Un saludo a todos y muchas gracias.
dedalo7002
19/05/2014, 10:39
A nivel de hobby ¿está prohibido sacar mi quadcopter a la
calle y volarlo en un sitio donde no suponga
peligro para nadie? ¿Sí o no? No
hablo de empresas, ni de cosas raras. Más sencillo que todo eso.
¿Puedo ir
con mi multi al parque y volarlo con cuidado donde no haya nadie y aún así me lo
pueden
requisar o multar? Es que a día de hoy no lo tengo claro del todo, y
quiero darle uso a mi multicopter.
Un saludo a todos y muchas
gracias.
Por el momento sí puedes, sin lugar a dudas, porque no hay marco
legal que lo impida. No debes, pues la calle o el parque están dentro de un
núcleo urbano, que es una zona donde no se debe volar, y aunque no haya personas
el multi puede irse contra un coche o cualquier otra propiedad. En cuanto a lo
de requisar o multar podrían hacerlo si pones en peligro la seguridad de
personas o propiedades y en núcleo urbano es fácil que sí, por eso es mejor no
hacerlo. En campo abierto, retirado de poblaciones, lejos de tráfico y gente,
nadie te va a decir nada a menos que vueles en una zona restringida por alguna
norma concreta. Cuando salga la legislación veremos qué dice al respecto, pero
de momento, la falta de normativa no te convierte en ilegal sino en no regulado,
por lo que, mientras no vayas en contra de algo regulado (seguridad de bienes o
personas o atentado contra la intimidad), podrán aconsejarte que no vueles,
incluso amenazarte con sanción, pero no multarte, ya que en la denuncia el
agente debe especificar qué norma estás infringiendo.
Todo lo demás son
ganas de marear la perdiz. En cuanto a los cursos mientras no haya una normativa
que diga qué y como se puede hacer y qué y como no se puede y qué requisitos son
necesarios, los cursos, seminarios... que se ofertan no creo que tengan ninguna
validez para obtener una licencia que aún no existe y que aún no se sabe como se
materializará. En esto como en todo, siempre hay espabilados que buscan como
ganarse la vida a costa de los demás, y como en todo siempre hay quien pica. No
hace mucho vi un anuncio de un curso impartido por una empresa audiovisual
dirigido a profesionales del sector audiovisual y me dio la risa: les cobran
por enseñarles su trabajo, cómo lo hacen y enseñarles sus posibilidades...
vamos, como si un comercial cobrara al cliente por enseñarle su catálogo de
productos. jeje.
Muchas gracias por la aclaración. Me quedo más
tranquilo.
Un saludo.
MELILLA
19/05/2014, 11:53
Viendo lo visto en las noticias que hablan de su
regulación, la seguridad es una escusa.
Explico:
En las noticias dicen que
autoridades podrán utilizarlos sin restricciones y para grabaciones como de las
fallas AESA podrá dar autorizaciones puntuales.
Es decir, darán
autorizaciones para poder sobrevolar cabezas... ¿Seguridad? No, dinero, solo
dinero.
Saludos.
Enviado desde mi palo usando señal de humo. Lumia
620.
+10
Si esto solo se trata de pillar pasta si hay unos cuantos
que se están frotando las manos por que salga la ley
infovist
19/05/2014, 12:23
Viendo lo visto en las noticias que hablan de su
regulación, la seguridad es una escusa.
Explico:
En las noticias dicen que
autoridades podrán utilizarlos sin restricciones y para grabaciones como de las
fallas AESA podrá dar autorizaciones puntuales.
Es decir, darán
autorizaciones para poder sobrevolar cabezas... ¿Seguridad? No, dinero, solo
dinero.
Saludos.
Enviado desde mi palo usando señal de humo. Lumia
620.
+1
Enviado desde mi LESPH5002B usando Tapatalk 2
Bichobola
20/05/2014, 07:49
De momento tienen varios expedientes sancionadores
abiertos de los casos mas significativos que todos conocemos
Yo no conozco
ninguno. Por favor ¿puedes citar algún expediente sancionador abierto por volar
un multi?
Pauantich
21/05/2014, 15:32
Si por favor! Yo, por lo que sé, el PP lejos de sancionar
a Cromática, le ha encargado el video Electoral
Javier G.
21/05/2014, 20:45
ha esto si que le veo mucho futuro...
https://www.youtube.com/watch?v=qmHwXf8JUOw
isaacblazquez
22/05/2014, 10:44
Lo flipo! ... encima que lo hace mal le contrata... pero
si existe la prohibicion de volar en nucleos urbanos... va a ir el PP al campo
de vuelo??? XD
Si por favor! Yo, por lo que sé, el PP lejos de
sancionar a Cromática, le ha encargado el video Electoral
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mi GT-I9300 mediante Tapatalk
PeRRo_RoJo
22/05/2014, 22:53
Como bien han comentado mas atrás... ¿como es posible que
ya haya "formadores" o "profesores"? a lo mejor es así como se empieza de
profesor de algo nuevo. Sabes manejar algo, te autotitulas profesor y nadie
jamás podrá decirte nada porque tu has sido el primero... Creo que estamos
perdiendo el tiempo. ¿Donde me puedo apuntar para ser yo también profesor
oficial? diablo
Salu2!! ;)
PeRRo_RoJo
22/05/2014, 23:19
Los primeros instructores no podrán ser autotitulados.
Estarán certificados por el fabricante, organo reconocido o tener titulación
previa.
Enviado desde mi SM-G900F mediante Tapatalk
Vale,
entendido, pero de algo que no existe ¿como te sacas una certificación para
darlas tu? ¿como te titulas de algo que está y no está? es lo que no acabo de
entender... entonces ¿todo comienza con los fabricantes?
Salu2!!
;)
Bichobola
23/05/2014, 07:25
Los primeros instructores no podrán ser autotitulados.
Estarán certificados por el fabricante, organo reconocido o tener titulación
previa.
12073
La imagen es para cagarse encima.....el General José de
San Martín falleció el 17 de agosto de 1850,
y me parece que por aquel
entonces no había Internet todavía. Manda COJONES que haya gente tan
estúpida, ignorante, o que se crea que los demás somos tan gilipollas como para
crear una imagen de
estas de mierda con una frasecita y pensar que nos la
vamos a tragar sin más. Que no somos tontos.
Es más, es que creo que es
incluso gramaticalmente errónea, ya que no se dice "Lo malo CON las frases
de
Internet....." sino "Lo malo DE las frases de Internet....." El que lo haya
hecho no debe ni saber hablar
en condiciones. Eso sí, se dedica a hacer
fotitos de estas y poner sus frases firmadas con el nombre de
otro en su
lamentable perfil de Facebook.....que vergüenza ajena por Dios, es que es
brutal.
ferpenas
23/05/2014, 09:29
La imagen es para cagarse encima.....el General José de
San Martín falleció el 17 de agosto de 1850,
y me parece que por aquel
entonces no había Internet todavía. Manda COJONES que haya gente tan
estúpida, ignorante, o que se crea que los demás somos tan gilipollas como para
crear una imagen de
estas de mierda con una frasecita y pensar que nos la
vamos a tragar sin más. Que no somos tontos.
Es más, es que creo que es
incluso gramaticalmente errónea, ya que no se dice "Lo malo CON las frases
de
Internet....." sino "Lo malo DE las frases de Internet....." El que lo haya
hecho no debe ni saber hablar
en condiciones. Eso sí, se dedica a hacer
fotitos de estas y poner sus frases firmadas con el nombre de
otro en su
lamentable perfil de Facebook.....que vergüenza ajena por Dios, es que es
brutal.
Creo que el autor ha utilizado la ironía.
Y yo creo que tú no me has entendido, o no has leído bien
mi mensaje anterior.
En ningún momento me he referido al autor del post en el
que aparece la imagen,
sino al autor de esta imagen, o de este tipo de
imágenes. Creo que está bien claro.
dedalo7002
23/05/2014, 10:24
Creo que el autor ha utilizado la ironía.
Pues no
solo ha usado la ironía sino que además ha buscado una imagen que ilustra a la
perfección lo que quiere decir: frases absurdas inundan la red y la tendencia
general es creer todo lo que se lee y más aún si se atribuye a alguien
importante, famoso o conocido aunque esta atribución resulte materialmente
imposible y otros muchos casos incluso indemostrable.
Personalmente me
da igual quien haya realizado la imagen y quien haya escrito la frasecita, pero
le aplaudo ya que la labor social que realiza es encomiable por cuanto demuestra
lo imbéciles que podemos llegar a ser cada vez que nos tragamos algo sin
molestarnos a pensar.
Vamos, que los tres autores de los tres últimos posts
estáis diciendo lo mismo con distintas palabras.
Enviado desde mi Nexus
5 mediante Tapatalk
dedalo7002
23/05/2014, 13:48
Vamos, que los tres autores de los tres últimos posts
estáis diciendo lo mismo con distintas palabras.
Enviado desde mi Nexus
5 mediante Tapatalk
En el fondo de la cuestión sí, aunque a taito2 no
le gusta la foto ni el motivo de la foto y a mi sí, pero para eso tiene que
haber diversidad de opiniones, eso es lo que le da alegría a la
vida.
gabster
23/05/2014, 14:20
La imagen es para cagarse encima.....el General José de
San Martín falleció el 17 de agosto de 1850,
y me parece que por aquel
entonces no había Internet todavía. Manda COJONES que haya gente tan
estúpida, ignorante, o que se crea que los demás somos tan gilipollas como para
crear una imagen de
estas de mierda con una frasecita y pensar que nos la
vamos a tragar sin más. Que no somos tontos.
Es más, es que creo que es
incluso gramaticalmente errónea, ya que no se dice "Lo malo CON las frases
de
Internet....." sino "Lo malo DE las frases de Internet....." El que lo haya
hecho no debe ni saber hablar
en condiciones. Eso sí, se dedica a hacer
fotitos de estas y poner sus frases firmadas con el nombre de
otro en su
lamentable perfil de Facebook.....que vergüenza ajena por Dios, es que es
brutal.
Creo que no acabas de entender que el autor de la imagen tiene
sentido del humor y quería demostrar que no te puedes creer lo que se lee por
ahí, haciendo un montaje que se cae por su propio peso. No ha pretendido engañar
a nadie.
maxicel
26/05/2014, 10:15
El SENASA, (que son los que dictan estos cursos) no es un
organismo oficial, por ende no pueden garantizarte que este cursillo, te sirva
luego que salga la ley.
pilotillo
06/06/2014, 15:37
En cadena ser han publicado un borrador al que han
accedido....
http://www.cadenaser.com/tecnologia/articulo/drones-sobrevolaran-zonas-pobladas-salvo-excepciones/csrcsrpor/20140606csrcsrtec_2/Tes
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En cadena ser han publicado un borrador al que han
accedido....
http://www.cadenaser.com/tecnologia/articulo/drones-sobrevolaran-zonas-pobladas-salvo-excepciones/csrcsrpor/20140606csrcsrtec_2/Tes
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pero vamos es una acto de fe,
hay que creer lo que dicen porque el borrador no esta.
pilotillo
06/06/2014, 16:26
Si , pero si oyes el agua correr...(o algo parecido), no
creo que un medio como este no haya contrastado las fuentes
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Si , pero si oyes el agua correr...(o algo parecido), no
creo que un medio como este no haya contrastado las fuentes
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es triste, pero yo ya he dejado de creer en
la prensa y sus "periodistas".
moriwaky
06/06/2014, 23:18
es triste, pero yo ya he dejado de creer en la prensa y
sus "periodistas".
Estoy contigo lacion no hay una prensa "profesional"
en nuestro pais. Solo buscan la noticia facil y escandalosa. Hay pocos articulos
en prensa que no manipulen los hechos segun les convenga.
Para estar al
dia de esto y evitarse mal interpretaciones lo mejor sera estar atento al BOE y
a la pagina de AESA
jaguar.f.ss
07/06/2014, 10:02
¿que pasa con la dichosa normativa que no acaba de salir?,
que están los políticos muy liados con la reforma para cambiar de rey.
Para
cuando sabremos a que atenernos de verdad los que queremos dedicarnos
profesionalmente a esto :cabreo:
splinter
07/06/2014, 10:14
Si yo me quiero dedicar a esto por hobby y tampoco sabemos
nada de nada. Jejejeje.
pilotillo
07/06/2014, 11:00
Haber ... Como hobby ...la vida sigue igual.
Si te vas
a lucrar es cuando tienes que estar atento a la nueva ley
Enviado
desde mi GT-I9000 usando Tapatalk 2
splinter
07/06/2014, 11:44
Pues tengo mis dudas. Me imagino que alguna referencia se
hará para el hoby. :)
pilotillo
07/06/2014, 19:10
En lo relativo a aeromodelos ya esta regulado.
Distancia a campos de vuelo , aerodromos y areopuertos de 2 a 5 kms segun
comunidades altura maxima creo recordar 100 m...etc etc
Se puede volar en
terreno publico,cedido o de tu propiedad siempre que no sea sobre personas o
poblaciones ..
Para competicion estar federado volar en un club ...
Tema
de freq y potencias tambien esta regulado por teleco...
Si tocan algo me
figuro que sera sobre fpv , algo se oye de dos personas necesarias ... pero solo
radiomacuto...
Un saludo y tranquilidad...
Cuidado con los
cursos:D:D:D
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splinter
07/06/2014, 19:45
Pues si encuentras algo relativo a los aficionados y no te
importa, pon algún enlace donde venga esa normativa. Por que no consigo
encontrarla y me gustaría enterarme.
Gracias:)
pilotillo
07/06/2014, 20:53
Ok te la busco pero ten en cuenta que cada comunidad y
municipio puede regularlo.
Enviado desde mi GT-I9000 usando Tapatalk
2
splinter
08/06/2014, 08:44
Gracias:)
Pauantich
04/07/2014, 23:00
Novedades novedosas!
http://economia.elpais.com/economia/2014/07/04/actualidad/1404487378_265919.html
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albertocvr
05/07/2014, 21:53
ya esta el transitorio
http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2014-7064
Sección 6
artículo 50 y siguientes
Pauantich
05/07/2014, 21:56
Jopé Alberto! Menudo ladrillado, podrías por favor
publicar un Corta pega del texto de nuestro interés
Saludos!
albertocvr
05/07/2014, 22:08
Sección 6.ª Aeronaves civiles pilotadas por control
remoto
Artículo 50. Operación de aeronaves civiles pilotadas por control
remoto.
1. Hasta tanto se produzca la entrada en vigor de la disposición
reglamentaria prevista en la disposición final segunda, apartado 2,, las
operaciones de aeronaves civiles pilotadas por control remoto quedan sujetas a
lo establecido en esta disposición.
El cumplimiento de lo dispuesto en
esta disposición no exime al operador, que es, en todo caso, el responsable de
la aeronave y de la operación, del cumplimiento del resto de la normativa
aplicable, en particular en relación con el uso del espectro radioeléctrico, la
protección de datos o la toma de imágenes aéreas, ni de su responsabilidad por
los daños causados por la operación o la aeronave.
2. Las aeronaves
civiles pilotadas por control remoto cuya masa máxima al despegue exceda de 25
Kg. deben estar inscritas en el Registro de matrícula de aeronaves y disponer de
certificado de aeronavegabilidad, quedando exentas del cumplimiento de tales
requisitos las aeronaves civiles pilotadas por control remoto con una masa
máxima al despegue igual o inferior.
Además, todas las aeronaves civiles
pilotadas por control remoto deberán llevar fijada a su estructura una placa de
identificación en la que deberá constar, de forma legible a simple vista e
indeleble, la identificación de la aeronave, mediante la designación específica
y, en su caso, número de serie, así como el nombre de la empresa operadora y los
datos necesarios para ponerse en contacto con la misma.
3. Podrán
realizarse actividades aéreas de trabajos técnicos o científicos por aeronaves
civiles pilotadas por control remoto, de día y en condiciones meteorológicas
visuales con sujeción a los siguientes requisitos:
a) Sólo podrán operar
en zonas fuera de aglomeraciones de edificios en ciudades, pueblos o lugares
habitados o de reuniones de personas al aire libre, en espacio aéreo no
controlado, más allá del alcance visual del piloto, dentro del alcance de la
emisión por radio de la estación de control y a una altura máxima sobre el
terreno no mayor de 400 pies (120 m.), las aeronaves civiles pilotadas por
control remoto cuya masa máxima al despegue sea inferior a 2 Kg, siempre que
cuenten con medios para poder conocer la posición de la aeronave. La realización
de los vuelos estará condicionada a la emisión de un NOTAM por el proveedor de
servicios de información aeronáutica, a solicitud del operador debidamente
habilitado, para informar de la operación al resto de los usuarios del espacio
aéreo de la zona en que ésta vaya a tener lugar.
b) Las aeronaves civiles
pilotadas por control remoto cuya masa máxima al despegue no exceda de 25 Kg.,
sólo podrán operar en zonas fuera de aglomeraciones de edificios en ciudades,
pueblos o lugares habitados o de reuniones de personas al aire libre, en espacio
aéreo no controlado, dentro del alcance visual del piloto, a una distancia de
éste no mayor de 500 m. y a una altura sobre el terreno no mayor de 400 pies
(120 m.).
c) Las aeronaves civiles pilotadas por control remoto cuya masa
máxima al despegue exceda de 25 Kg. y no sea superior a 150 Kg. y aquéllas cuya
masa máxima de despegue sea igual o superior a 150 kg. destinadas a la
realización de actividades de lucha contra incendios o búsqueda y salvamento,
sólo podrán operar, con las condiciones y limitaciones establecidas en su
certificado de aeronavegabilidad emitido por la Agencia Estatal de Seguridad
Aérea, en espacio aéreo no controlado.
d) Además, las operaciones
previstas en las letras precedentes requerirán:
1.º Que el operador
disponga de la documentación relativa a la caracterización de las aeronaves que
vaya a utilizar, incluyendo la definición de su configuración, características y
prestaciones.
2.º Que se disponga de un Manual de operaciones del
operador que establezca los procedimientos de la operación.
3.º Que haya
realizado un estudio aeronáutico de seguridad de la operación u operaciones, en
el que se constate que la misma puede realizarse con seguridad. Este estudio,
que podrá ser genérico o específico para un área geográfica o tipo de operación
determinado, tendrá en cuenta las características básicas de la aeronave o
aeronaves a utilizar y sus equipos y sistemas.
4.º Que se hayan
realizado, con resultado satisfactorio, los vuelos de prueba que resulten
necesarios para demostrar que la operación pretendida puede realizarse con
seguridad.
5.º Que se haya establecido un programa de mantenimiento de la
aeronave, ajustado a las recomendaciones del fabricante.
6.º Que la
aeronave esté pilotada por control remoto por pilotos que cumplan los requisitos
establecidos en esta disposición.
7.º Se exigirá a los operadores de las
aeronaves civiles pilotadas por control remoto, una póliza de seguro u otra
garantía financiera que cubra la responsabilidad civil frente a terceros por
daños que puedan surgir durante y por causa de la ejecución del vuelo, según los
límites de cobertura que se establecen en el Real Decreto 37/2001, de 19 de
enero, por el que se actualiza la cuantía de las indemnizaciones por daños
previstas en la Ley 48/1960, de 21 de julio, de Navegación Aérea, para las
aeronaves de peso inferior a 20 Kilogramos de peso máximo al despegue. Así
mismo, para aquellas aeronaves cuyo peso sea superior a 20 Kilogramos de peso
máximo al despegue será aplicable el límite de cobertura establecido en el
Reglamento (CE) n.º 785/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo de 21 de abril
de 2004. Sobre los requisitos de seguro de las compañías aéreas y operadores
aéreos.
8.º Que se hayan adoptado las medidas adecuadas para proteger a
la aeronave de actos de interferencia ilícita durante las operaciones,
incluyendo la interferencia deliberada del enlace de radio y establecido los
procedimientos necesarios para evitar el acceso de personal no autorizado a la
estación de control y a la ubicación de almacenamiento de la aeronave.
9.º Que se hayan adoptado las medidas adicionales necesarias para garantizar la
seguridad de la operación y para la protección de las personas y bienes
subyacentes.
10.º Que la operación se realice a una distancia mínima de 8
km. respecto de cualquier aeropuerto o aeródromo o, para el caso de vuelos
encuadrados en el apartado 3, letra a), si la infraestructura cuenta con
procedimientos de vuelo instrumental, a una distancia mínima de 15 km. de su
punto de referencia. En otro caso y para los supuestos contemplados en este
número, que se hayan establecido los oportunos mecanismos de coordinación con
dichos aeródromos o aeropuertos. La coordinación realizada deberá documentarse,
estando obligado el operador a conservarla a disposición de la Agencia Estatal
de Seguridad Aérea.
4. Asimismo, podrán realizarse los siguientes tipos
de vuelos por aeronaves civiles pilotadas por control remoto, de día y en
condiciones meteorológicas visuales, en espacio aéreo no controlado, dentro del
alcance visual del piloto, o, en otro caso, en una zona del espacio aéreo
segregada al efecto y siempre en zonas fuera de aglomeraciones de edificios en
ciudades, pueblos o lugares habitados o de reuniones de personas al aire
libre:
a) Vuelos de prueba de producción y de mantenimiento, realizados
por fabricantes u organizaciones dedicadas al mantenimiento.
b) Vuelos de
demostración no abiertos al público, dirigidos a grupos cerrados de asistentes a
un determinado evento o de clientes potenciales de un fabricante u
operador.
c) Vuelos para programas de investigación, nacionales o
europeos, en los que se trate de demostrar la viabilidad de realizar determinada
actividad con aeronaves civiles pilotadas por control remoto.
d) Vuelos
de desarrollo en los que se trate de poner a punto las técnicas y procedimientos
para realizar una determinada actividad con aeronaves civiles pilotadas por
control remoto previos a la puesta en producción de esa actividad.
e)
Vuelos de I+D realizados por fabricantes para el desarrollo de nuevos
productos.
f) Vuelos de prueba necesarios para demostrar de que las
actividades solicitadas conforme al apartado 3 pueden realizarse con
seguridad.
La realización de estos vuelos requerirá además, el
cumplimiento de los requisitos establecidos en el apartado 3, letra d), números
1.º, 3.º, 6.º, 7.º, 8.º, 9.º y 10.º, y, además, establecer una zona de seguridad
en relación con la zona de realización del vuelo.
En los casos en que la
operación se vaya a realizar por un operador no sujeto a la supervisión de la
Agencia Estatal de Seguridad Aérea, deberá disponer de la autorización de la
autoridad aeronáutica del país de origen para la realización de la actividad de
que se trate y acreditar ante la Agencia Estatal de Seguridad Aérea que los
requisitos de aquella autoridad son al menos equivalentes a los establecidos en
este apartado.
albertocvr
05/07/2014, 22:09
5. Los pilotos deberán acreditar los siguientes
requisitos:
a) Ser titulares de cualquier licencia de piloto, incluyendo
la licencia de piloto de ultraligero, emitida conforme a la normativa vigente, o
haberlo sido en los últimos cinco años y no haber sido desposeídos de la misma
en virtud de un procedimiento sancionador, o
b) Demostrar de forma
fehaciente que disponen de los conocimientos teóricos necesarios para la
obtención de cualquier licencia de piloto, incluyendo la licencia de piloto de
ultraligero, o
c) Para las aeronaves de masa máxima al despegue no
superior a 25 Kg., disponer:
1.º Para volar dentro del alcance visual del
piloto, de un certificado básico para el pilotaje de aeronaves civiles pilotadas
por control remoto, emitido por una organización de formación aprobada, conforme
al anexo VII del Reglamento (UE) n.º 1178/2011, de la Comisión, de 3 de
noviembre de 2011, por el que se establecen requisitos técnicos y procedimientos
administrativos relacionados con el personal de vuelo de la aviación civil, que
acredite que dispone de los conocimientos teóricos adecuados en las materias de:
Normativa aeronáutica, Conocimiento general de las aeronaves (genérico y
específico), Performance de la aeronave, Meteorología, Navegación e
interpretación de mapas, Procedimientos operacionales, Comunicaciones y Factores
humanos para aeronaves civiles pilotadas por control remoto.
2.º Para
volar más allá del alcance visual del piloto, de certificado avanzado para el
pilotaje de aeronaves civiles pilotadas por control remoto, emitido por una
organización de formación aprobada, conforme al anexo VII del Reglamento (UE)
n.º 1178/2011, de la Comisión, que acredite además de los conocimientos teóricos
señalados en el número 1.º, conocimientos de servicios de tránsito aéreo y
comunicaciones avanzadas.
d) Además, en los supuestos previstos en las
letras b) y c), deberán acreditar:
1.º Tener 18 años de edad
cumplidos.
2.º Los pilotos que operen aeronaves de hasta 25 kilos de masa
máxima al despegue deberán ser titulares, como mínimo, de un certificado médico
que se ajuste a lo previsto en el apartado MED.B.095 del anexo IV, Parte MED,
del Reglamento (UE) n.º 1178/2011, de la Comisión, de 3 de noviembre de 2011,
por el que se establecen requisitos técnicos y procedimientos administrativos
relacionados con el personal de vuelo de la aviación civil en virtud del
Reglamento (CE) n.º 216/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, en relación a
los certificados médicos para la licencia de piloto de aeronave ligera
(LAPL).
3.º Los pilotos que operen aeronaves de una masa máxima al
despegue superior a 25 kilos deberán ser titulares como mínimo de un certificado
médico de Clase 2, que se ajuste a los requisitos establecidos por la Sección 2,
de la Subparte B, d anexo IV, Parte MED, del Reglamento (UE) n.º 1178/2011, de
la Comisión, emitido por un centro médico aeronáutico o un médico examinador
aéreo autorizado.
e) Además, en todos los casos, deberán disponer de un
documento que acredite que disponen de los conocimientos adecuados de la
aeronave y sus sistemas, así como de su pilotaje, emitido bien por el operador,
bien por el fabricante de la aeronave o una organización autorizada por éste, o
bien por una organización de formación aprobada. En ningún caso dicho documento
podrá haber sido emitido por el piloto para el que solicita la
autorización.
6. El ejercicio de las actividades previstas en los
apartados 3 y 4 por aeronaves cuya masa máxima al despegue sea igual o inferior
a 25 Kg., estará sujeta a la comunicación a la Agencia Estatal de Seguridad
Aérea con una antelación mínima de cinco días al día del inicio de la operación.
La comunicación previa deberá contener:
a) Los datos identificativos del
operador, de las aeronaves que vayan a utilizarse en la operación y de los
pilotos que la realicen, así como las condiciones en que cada uno de ellos
acredita los requisitos exigibles conforme al apartado 5.
b) La
descripción de la caracterización de dichas aeronaves, incluyendo la definición
de su configuración, características y prestaciones.
c) El tipo de
trabajos técnicos o científicos que se vayan a desarrollar o, en otro caso, los
vuelos que se vayan a realizar y sus perfiles, así como de las características
de la operación.
d) Las condiciones o limitaciones que se va a aplicar a
la operación o vuelo para garantizar la seguridad.
Junto a la
comunicación previa, el operador deberá presentar una declaración responsable en
el que manifieste, bajo su responsabilidad, que cumple con cada uno de los
requisitos exigibles conforme a lo previsto en esta disposición para la
realización de las actividades u operaciones comunicadas, que dispone de la
documentación que así lo acredita y que mantendrá el cumplimiento de dichos
requisitos en el período de tiempo inherente a la realización de la actividad.
Además de esta declaración responsable el operador deberá presentar el Manual de
operaciones, el estudio aeronáutico de seguridad y la documentación acreditativa
de tener suscrito el seguro obligatorio exigidos, respectivamente, por el
apartado 3, letra d), números 2.º, 3.º y 7.º, y apartado 4. Cuando la
comunicación previa se refiera a las operaciones previstas en el apartado 3,
deberá presentarse junto a esta documentación el programa de mantenimiento y
acreditación de la realización de los vuelos de prueba con resultado
satisfactorio a que se refieren los números 4.º y 5.º de la letra d) de dicho
apartado.
Cualquier modificación de la comunicación deberá ser comunicada
a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea con una antelación mínima de 5 días al
día de la implementación de la modificación, presentando actualizada la
declaración responsable y, en su caso, la documentación acreditativa
complementaria prevista en este apartado.
La Agencia Estatal de Seguridad
Aérea está obligada a emitir un acuse de recibo en el plazo de 5 días a contar
desde el día de recepción de la documentación en el que, como mínimo, figuren
las actividades para cuyo ejercicio queda habilitado por la comunicación o su
modificación.
7. El ejercicio de las actividades previstas en los
apartados 3 y 4 por aeronaves cuya masa máxima al despegue exceda de 25 Kg. así
como cualquier modificación en las condiciones de ejercicio de dichas
actividades o de los requisitos acreditados, estará sujeta a la previa
autorización de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, conforme a lo previsto en
este apartado.
La solicitud de autorización y sus modificaciones tendrá
el contenido mínimo previsto para la comunicación previa en el apartado anterior
y junto a ella deberá presentarse la declaración responsable y documentación
complementaria exigida en dicho apartado.
8. La comunicación previa o
autorización de la realización de los trabajos técnicos o científicos previstos
en el apartado 3, y sus modificaciones habilita para el ejercicio de la
actividad por tiempo indefinido, en el caso de las operaciones sujetas a
comunicación previa una vez transcurrido el plazo de cinco días a que se refiere
el apartado 6, con sujeción, en todo caso, al cumplimiento de los requisitos
exigidos y en tanto se mantenga su cumplimiento.
La comunicación previa o
autorización de la realización de los vuelos previstos en el apartado 4, y sus
modificaciones habilita exclusivamente para la realización de aquellos vuelos
que, según sea el caso, se hayan autorizado o comunicado con la antelación
prevista en el apartado 6 y con sujeción, en todo caso, al cumplimiento de los
requisitos exigidos y en tanto se mantenga su cumplimiento.
Los
operadores habilitados conforme a lo previsto en esta disposición para el
ejercicio de las actividades aéreas a que se refiere el apartado 3, podrán
realizar, bajo su responsabilidad, vuelos que no se ajusten a las condiciones y
limitaciones previstas en los apartados 3 y 4 en situaciones de grave riesgo,
catástrofe o calamidad pública, así como para la protección y socorro de
personas y bienes en los casos en que dichas situaciones se produzcan, cuando
les sea requerido por las autoridades responsables de la gestión de dichas
situaciones.
9. Reglamentariamente se establecerá el régimen jurídico a
que queda sujeta la operación e aeronaves civiles pilotadas por control remoto,
en otros supuestos distintos de los contemplados en este real
decreto-ley
10. Por resolución del Director de la Agencia Estatal de
Seguridad Aérea se podrán establecer los medios aceptables de cumplimiento cuya
observancia acredita el cumplimiento de los requisitos establecidos en esta
disposición.
albertocvr
05/07/2014, 22:43
si os fijais solo se autorizan vuelos para trabajos
técnicos o científicos ademas de vuelos de prueba o demostración privada ....
nada de filmaciones
Pauantich
05/07/2014, 22:46
Habla de trabajos técnicos y científicos, también dice que
sólo de día
Pauantich
05/07/2014, 22:47
De todos modos como marco regulatorio provisional está
bastante bien. Adiós al limbo legal!
Megaboeing
05/07/2014, 23:59
Y no mencionais que se debe ser operador autorizado con
los siguientes requisitos...
http://www.seguridadaerea.gob.es/media/Migracion/PDF/88838/104932.pdf
Saludos
splinter
06/07/2014, 08:39
En este ultimo enlace, solo he encontrado que habla de
titulaciones de comandantes y demás puestos de un avión. Que no significa que no
aparezca lo relativo a drones, pero no lo he encontrado. Sigo
buscando.
Por cierto... gracias por colgar aquí el texto del boe que
nos corresponde.
Megaboeing
07/07/2014, 14:04
Pues acabo de cerciorarme del tema de ser operador de
servicios aereos, asi es
hay que ser operador autorizado para poder pilotar y
trabajar para esa empresa, lo que
no impide que sea propiedad del mismo
piloto.
La cosa no es facil
danireina
08/07/2014, 09:35
Buenas, me he leido el decreto y no me queda claro...
Aunque parece ser que la mayoria de requisitos se dirigen a usos profesionales,
cientificos... Quedando excluidos los usos turistico, deportivo,
recreativo...
En cuanto a las zonas para volar, esto si parece claro,
prohibido en zonas urbanas o restringidas como aeropuertos.
Yo voy a
comprar un Hexo + o un AirDog. En estos casos, el manejo no es mediante emisora,
me interesa solo las funciones de seguimiento a un objetivo (movil o receptor).
Una vez seleccionada la función el vuelo sera autonomo... Y me pregunto, donde
encaja esto??
Será necesario ponerle placa identificatica? Y sacar una
licencia? Dicen que se controla con una APP muy sencilla... Si mi intención es
grabarme a mi mismo en lugares apartados, que problema voy a tener?
Veamos en que deriva todo esto que no me gustaría gastarme una pasta en un
aparato que luego no pueda usar como quiero...
AdriAragon
08/07/2014, 10:32
Buenas, me he leido el decreto y no me queda claro...
Aunque parece ser que la mayoria de requisitos se dirigen a usos profesionales,
cientificos... Quedando excluidos los usos turistico, deportivo,
recreativo...
En cuanto a las zonas para volar, esto si
parece claro, prohibido en zonas urbanas o restringidas como
aeropuertos.
Yo voy a comprar un Hexo + o un AirDog. En
estos casos, el manejo no es mediante emisora, me interesa solo las funciones de
seguimiento a un objetivo (movil o receptor). Una vez seleccionada la función el
vuelo sera autonomo... Y me pregunto, donde encaja
esto??
Será necesario ponerle placa identificatica? Y
sacar una licencia? Dicen que se controla con una APP muy sencilla... Si mi
intención es grabarme a mi mismo en lugares apartados, que problema voy a
tener?
Veamos en que deriva todo esto que no me gustaría
gastarme una pasta en un aparato que luego no pueda usar como
quiero...
¿Vas a trabajar con el? ¿Lo vas a usar para fines
comerciales?
Si es grabarte a ti solo, sin vender imágenes y demás, tu
mismo te has dado la respuesta pero para aclararte... Encaja como uso
"recreativo" o hobby.
Saludos!
Megaboeing
08/07/2014, 16:07
Pues eso, si no vuelas con el bicho en una ciudad o zona
restringida y no vendes las imagenes
pues no pasa nada.
Salu2
pilotillo
09/07/2014, 21:28
Yo no lo voy a usar como pro,(aunque tengo licencias) , no
tengo ni tiempo ni 3000 € ... ,pero ya sabemos que hay picaresca y he pensado
quien va a poder evitar que regale las imagenes y cobre por editarlas , al
estilo de vendo boli bic y regalo entrada par final de champions por 400€?
:):):)
Enviado desde mi GT-P5210 usando Tapatalk 2
infovist
09/07/2014, 22:15
Yo quisiera saber que asociación/es o empresas de multis
han participado o han estado presentes en la redacción de esta nueva normativa,
casi mejor que no hubieran estado... para lo que han ayudado...
Que se nos
exija los mismos requisitos para volar el multi que a un tipo con un avión, para
hacer un trabajo de 150€, tiene narices.:mad:
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pilotillo
09/07/2014, 22:53
Pues no se que trabajos se haran por 150€
Sin saber del
sector pro mucho pero al menos dos personas , un piloto y un operador de camara
con su seg social o recibo de autonomos gasolina mas gasto de vehiculo mas
tiempo de desplazamiento , desgaste/amortizacion de equipo , seguro, aval de
operador , electricidad de carga de bateria/smas adelanto de
iva.....
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Yo quisiera saber que asociación/es o empresas de multis
han participado o han estado presentes en la redacción de esta nueva normativa,
casi mejor que no hubieran estado... para lo que han ayudado...
Que se nos
exija los mismos requisitos para volar el multi que a un tipo con un avión, para
hacer un trabajo de 150€, tiene narices.:mad:
Enviado desde mi LESPH5002B
usando Tapatalk 2
Tienes mucha razón a parte del coste de todas las milongas
q piden, una sarta de burocracia inútil... No cambiamos con el paso de los
años.
AdriAragon
09/07/2014, 23:04
Yo quisiera saber que asociación/es o empresas de multis
han participado o han estado presentes en la redacción de esta nueva normativa,
casi mejor que no hubieran estado... para lo que han ayudado...
Que se nos
exija los mismos requisitos para volar el multi que a un tipo con un avión, para
hacer un trabajo de 150€, tiene narices.:mad:
Enviado desde mi LESPH5002B
usando Tapatalk 2
Grandes empresas, seguro. Es más, estoy seguro que no
lo han consultado con las pequeñas empresas o autónomos, o de haberlo hecho
solamente con aquellos de más "reputación". Mi opinión.
infovist
10/07/2014, 11:34
Bueno, pues buscando información, me he encontrado con
este artículo que, si bien es del 14-05-2014 deja clara la intención de nuestros
amigos los Pilotos de Aviación Comercial (Copac) tenian ya hacia los que
pretendemos trabajar con algún multi.
http://www.actualidadaeroespacial.com/default.aspx?where=9&id=1&n=12974
El el último párrafo queda patente su deseo expreso que AESA mida a todos por el
mismo rasero, los que pilotan un avión comercial y los que pilotan un dron que
no exceda de 3 kg, por ejemplo.
Ahora digo yo, ¿no nos queda otra que
acatar la ley impuesta y callar?
Supongo que se le podría buscar la vuelta a
la tortilla y constituir cooperativas que nos engloben a los "pilotos" de drones
y esas cooperativas sean las "certificadas por Aesa como operador de trabajos
aéreos"
...algún abogado por aquí?
pilotillo
10/07/2014, 13:06
Bueno, pues buscando información, me he encontrado con
este artículo que, si bien es del 14-05-2014 deja clara la intención de nuestros
amigos los Pilotos de Aviación Comercial (Copac) tenian ya hacia los que
pretendemos trabajar con algún multi.
http://www.actualidadaeroespacial.com/default.aspx?where=9&id=1&n=12974
El el último párrafo queda patente su deseo expreso que AESA mida a todos por el
mismo rasero, los que pilotan un avión comercial y los que pilotan un dron que
no exceda de 3 kg, por ejemplo.
Ahora digo yo, ¿no nos queda otra que
acatar la ley impuesta y callar?
Supongo que se le podría buscar la vuelta a
la tortilla y constituir cooperativas que nos engloben a los "pilotos" de drones
y esas cooperativas sean las "certificadas por Aesa como operador de trabajos
aéreos"
...algún abogado por aquí?
Cada uno defiende lo suyo ...
Yo no se donde vi que esta legislacion era provisional...
Hay que reconocer o
deberian de saber en fomento que se necesitan capacidades distintas , no es lo
mismo volar un ulm de ala fija que un hexacopter de ala rotatoria porque se
comportan de manera distinta,de echo cuando te sacas la licencia de ulm ,
normalmente de ala fija , te exigen habilitaciones para volar autogiros o
pendulares... por que son maquinas distintas.
Han echo un buen filtro con los
tresmil leures ...
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