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Ver la versión completa : Nota informativa de AESA sobre el uso de Drones . . Es importante su lectura



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diafragma1939
15/04/2014, 20:10
¿De donde sacas estas cosas? ¿tu crees que una aseguradora con unos servicios jurídicos de lo mejor que puedas encontrar, va a comercializar un producto que sea ilegal? ¿de verdad te crees lo que dices?
Sinceramente, no se cuales son tus intereses, pero deja de decir... no se como calificarlo, bueno si lo sé, pero me lo voy a reservar.
Ah!! y por cierto, ya sabe todo dios que estas en Canada, "xa fede" si eso ponlo en tu firma por si alguno no se ha enterado, cosa que dudo...
Un saludo...

Boas

1.- Creo que tu y yo no nos conocemos de nada, pero por si las moscas procederé con la habitual moderación que me caracteriza últimamente.

Desde luego personalmente nunca he considerado a las aseguradoras grandes donantes de dinero para el bienestar general de la población, pero puede ser debido a que soy algo corto - de hecho muchos de por aquí parecen creerlo - pero siempre me dio la sensación que el negocio de las aseguradoras estaba en ofrecer un servicio que se espera nunca sea necesaria a cambio de un precio "razonable" por llamarlo de alguna forma. En otras palabras cobrar continuamente a cambio de algo intangible y que se espera que nunca se tenga que utilizar.
Gran negocio si señor, es casi mejor que venderle hielo a los esquimales.
Aún así reconozco, que yo mismo he pecado ya que sino me aseguro el culo es porque no lo vale… :D

Pero sigamos adelante y aceptemos pulpo como animal de compañía: Si bien puede ser cierto que las aseguradoras cuentan con grandes gabinetes de abogados (aunque debería preguntarme el por que ? ya que su negocio es claramente el de regalar dinero :rolleyes:), podrías explicarme la razón de ser de cientos por no decir miles de gabinetes de abogados que se dedican con mayor o menor éxito a reclamar y a hacer que las aseguradoras cumplan con los contratos firmados con sus clientes ? Puede ser que debido a que la mayor parte de las veces siempre existe la ¨letra pequeña¨ el ¨clavo ardiendo¨ al que las aseguradoras se agarran para joder a todo Cristo siempre que pueden ?
Por ejemplo en nuestro caso concreto, al tratarse de una actividad cuya legalidad es dudosa y/o indefinida - por lo tanto con ciertas dificultades a la hora de ejercer una reclamación ajustada a la ley ya que esta no existe específicamente salvo en el caso de los campos de la Federación - no dificultaría esto el proceso reclamativo ?
Aunque entiendo que una vez vendido el seguro esto ya es responsabilidad de otros así que entramos ambos en el terreno del supositorio… perdón de la suposición...

2.- Lo de las calificaciones mejor que te lo reserves en este foro lo de los calificativos lo llevamos bastante mal - y yo personalmente peor que mal. Y de hecho yo mismo ya he recibido algún aviso al respecto diablo.

3.- Y para terminar como decirte… lo de que ¨xa fede¨ sobra, si tienes algún problema - Pecado venial, Síndrome de Tourette, Síndrome de Diógenes - con mi procedencia o donde resido arréglalo con tu otorrino - lo digo por lo del pestazo ya que puede ser, Díos no lo quiera, una sinusitis infecciosa mal curada y eso nunca se sabe donde puede acabar - ya que este no es lugar para ese tipo de exabruptos.

Sayonara baby… diablo

Ciao
:cool:

aero-plano
16/04/2014, 00:25
Joer, como está el patio!! con tanta agresividad cuesta centrarse en el tema del hilo y no ponerse a contestar cualquier cosa.....


aero plano a ver si te cortas un poco que parece mentira que seas tan ultra defensor de los vuelos peligrosos y resulta que tienes en tu web fotos hechas por ti encima de muuuucha peña,y lo que es peor ,cobrando,no se si llamarte hipocrita o descuidado por no quitarlas por no decirte otra cosa,que despues me llamas maleducado,hay que tener morrazo campeon.

Me parece bien que te tomes un tiempo en mirar mi página web. No es gran cosa y no presumo de ser el mejor en nada, pero vivo de ello y al igual que tu la miran unas 1500 personas al mes, con lo que algunos trabajillos consigo. Pero veo que no has entendido "qué" es lo que me hace diferente: Trabajo con todo tipo de aeronaves, cada una para lo suyo, si tengo que seguir un Dakar lo hago con helicóptero 1:1, y si tengo que filmar una ermita con multi. Además de paramotor, globo aerostático motorizado (diseño de la casa), y demás.
Algunas imágenes te resultarán sorprendentes, y me alegro pues de eso se trata jajajaja, pero no por elllo presupongas que están hechas de una u otra manera. Hace un año y medio que estoy trabajando en el desarrollo de unos globos cautivos de helio (por lllamarlo de alguna manera) que dejándolos derivar, subir, o en ocasiones estáticos, me permiten hacer cosas impensables con otros medios. Todo suma ;-). Cuando lo tenga patentado lo haré público y te invitaré a unas cervezas para celebrarlo ¿me paso por la colonia y lo hablamos?

Espero haber aclarado tus dudas.





Los parapentes (por ejemplo) ya tienen una regulación especifica con lo cual ya no requieren de una autorización. ¿puede ser algo así?


los parapentes pueden volar sin notificarlo ni pedir autorización siempre treniendo en cuenta todo lo que estamos diciendo que es de sentido común, pero por supuesto no volar sobre aglomeraciones de personas, ciudades, espacios aéreos controlados, ni prohibidos (zonas militares, centrales nucleares, ...), ni restringidos,..Y los paramotores (menciono también estos porque pueden meterse en más sitios) tienen alguna limitación más.

Realizando todos los trámites pertienentes pueden llegar a volar en cualquier sitio, aunque no son nada sencillos de conseguir.



A ver si alguno me lo podéis aclarar, según yo tengo entendido el vuelo de multicópteros no está regulado de forma específica, pero la captación de imágenes aéreas si lo está, se supone que profesionalmente solo se pueden tomar imágenes aéreas desde plataformas autorizadas para ello y pidiendo los permisos necesarios en función de lo sensible que sea la zona a fotografiar o a filmar (algo que no cumplen muchas empresas que están haciendo fotos desde paramotores, ultraligeros, avionetas, helicópteros, autogiros...).

Los que lo hacemos en paramotores, o los ultraligeros y autogiros no tienen ninguna manera legal de hacer imágenes aéreas. Lo tenemos prohibido. Los únicos que pueden hacer todo el papelería legal para tener autorización son aviones y helicópteros, aunque aún así muchos de ellos también hacen trabajos aéreos sin estar autorizados.
Piensa que la ley que regula el tema para poder hacer imágenes aéreas en España es del año 1947, en plena época de Franco, y es muy restrictiva amparada en temas de seguridad nacional. Todo esto reuquiere una actualización inmediata, y espero que AESA, además de preocuparse por los "drones", le pegue un buen meneo general al tema.




Los ultraligeros, autogiros, etc si tienen unas leyes, licencias y normativas especificas, luego si pueden filmar siempre y cuando cumplan con las normas que les afectan.



Lo dicho antes, NO pueden legalmente. Es lo que hay ;-)

Saludos!

Jaime135
16/04/2014, 06:33
Los que lo hacemos en paramotores, o los ultraligeros y autogiros no tienen ninguna manera legal de hacer imágenes aéreas. Lo tenemos prohibido. Los únicos que pueden hacer todo el papelería legal para tener autorización son aviones y helicópteros, aunque aún así muchos de ellos también hacen trabajos aéreos sin estar autorizados.
Piensa que la ley que regula el tema para poder hacer imágenes aéreas en España es del año 1947, en plena época de Franco, y es muy restrictiva amparada en temas de seguridad nacional. Todo esto reuquiere una actualización inmediata, y espero que AESA, además de preocuparse por los "drones", le pegue un buen meneo general al tema.


A eso es a lo que me refería, la fotografía aérea se lleva haciendo de forma ilegal con estos aparatos desde hace muchos años y yo no conozco de ningún caso en el que se haya denunciado a alguien, supongo que esto servirá para relativizar la nota de AESA, pero también es verdad que el número de personas que se dedican a hacerlo es muy pequeño comparado con los multicópteros, y nadie se dedica a hacer fotos con un paramotor sin ser un piloto bastante experimentado, no se pueden comprar en mediamark y salir a hacer fotos al día siguiente, cuando ha habido denuncias no ha sido por el hecho de hacer fotografías, sino por volar en sitios inadecuados como playas llenas de gente por ejemplo.

splinter
16/04/2014, 06:48
Ok. Solo se puede filmar en avion y helicóptero. Pidiendo los permisos necesarios. Con todo lo demás, no se puede.

Pues es curioso, por que todos los que vuelan en parapente, etc, suelen llevar la gopro. Luego estan grabando ilegalmente. Jejejjeje

Pauantich
16/04/2014, 07:16
A eso es a lo que me refería, la fotografía aérea se lleva haciendo de forma ilegal con estos aparatos desde hace muchos años y yo no conozco de ningún caso en el que se haya denunciado a alguien, supongo que esto servirá para relativizar la nota de AESA, pero también es verdad que el número de personas que se dedican a hacerlo es muy pequeño comparado con los multicópteros, y nadie se dedica a hacer fotos con un paramotor sin ser un piloto bastante experimentado, no se pueden comprar en mediamark y salir a hacer fotos al día siguiente, cuando ha habido denuncias no ha sido por el hecho de hacer fotografías, sino por volar en sitios inadecuados como playas llenas de gente por ejemplo.

Claro! Precisamente la causa de la publicación de la nota es la circunstancia que permite a cualquiera utilizar un drone. La regulación del sector es una buena noticia para todos, pero lo de AESA no es una ley, es un comunicado que nos sitúa en el ojo del huracán y a merced de linchamientos mediáticos diversos. Mientras no se redacte una legislación, todos los usuarios estamos en un limbo jurídico incierto a merced de la interpretación de la autoridad policial de turno: policía local, policía nacional, guardia rural, policía autonómica, guardia civil...

Y bueno... Gracias que no se a metido también la agencia estatal de protección de datos, que ahí también hay tela!!!


www.ifoto3d.com

sabinero
16/04/2014, 08:22
Joer, como está el patio!! con tanta agresividad cuesta centrarse en el tema del hilo y no ponerse a contestar cualquier cosa.....



Me parece bien que te tomes un tiempo en mirar mi página web. No es gran cosa y no presumo de ser el mejor en nada, pero vivo de ello y al igual que tu la miran unas 1500 personas al mes, con lo que algunos trabajillos consigo. Pero veo que no has entendido "qué" es lo que me hace diferente: Trabajo con todo tipo de aeronaves, cada una para lo suyo, si tengo que seguir un Dakar lo hago con helicóptero 1:1, y si tengo que filmar una ermita con multi. Además de paramotor, globo aerostático motorizado (diseño de la casa), y demás.
Algunas imágenes te resultarán sorprendentes, y me alegro pues de eso se trata jajajaja, pero no por elllo presupongas que están hechas de una u otra manera. Hace un año y medio que estoy trabajando en el desarrollo de unos globos cautivos de helio (por lllamarlo de alguna manera) que dejándolos derivar, subir, o en ocasiones estáticos, me permiten hacer cosas impensables con otros medios. Todo suma ;-). Cuando lo tenga patentado lo haré público y te invitaré a unas cervezas para celebrarlo ¿me paso por la colonia y lo hablamos?

Espero haber aclarado tus dudas.







Saludos!
aeroplano a mi como si eres astronauta y vas a patentar una alcachofa voladora,no te desvies del tema y encima haciendote publicidad,el tema es que TU has hechado pestes de este y de aquel por volar aqui o alla con cierto riesgo y TU has hecho gravaciones muuucho mas peligrosas,me da igual que hayan sido con helis,multis,globos de helio o fideos a la cazuela,y me da igual que tengas todos los permisos y seguros puesto que ya ha quedado claro que en caso de tragedia de poco valen,almenos eso opinais los profesionales de esto,acaso has pedido TU permiso para sobrevolar las cabezas de todas esas personas la mayoria niños en el parque acuatico?,o a los bañistas de esas playas?,o del tibidadbo?,no verdad,pues entonces no vayas poniendo a la gente de top gum ni de gañanes ni de maleducados,yo entiendo vuestra postura sobre el tema y entiendo que querais que esto se regule por que os han levantado muchos curros desde que salio el boom del phantom-gopro-gimbal y por eso nunca nos vamos a poner de acuerdo,por que yo vuelo por hoby,a ver si te enteras ya,esa es la diferencia,y algun trabajo me han ofrecido y lo que he hecho ha sido darles el contacto de un conocido que lo hace como tu,por dinero puesto que es su trabajo,yo tengo el mio y esto del rc desde hace 28 años que empeze siempre ha sido un hoby para mi,esa es la diferencia,y he pilotado y volado casi de todo,menos los globos de helio que espero a que los patentes jejeje,por la colonia puedes pasar cuando quieras,me avisas y alli estoy,de hecho casi cada dia,eso si,alli como en otros lados que practicamos el hoby lo hacemos sin cobrar un duro,lo aviso vaya a ser que vengas con otras intenciones.
saludos.

rortega
16/04/2014, 08:26
... policía local, policía nacional, guardia rural, policía autonómica, guardia civil...

¿Interpretación de qué norma que regule el qué? Supongo (ésto que digo no lo sé a ciencia cierta, por eso supongo) que necesitan tener una norma en la mano para tener una base legal por la que te denuncien, a parte de unas ordenes de más arriba y una mínima formación sobre drones para distinguirlos de loa juguetes, etc... . Está claro que para que te denuncien basta algo tan simple como poner en riesgo la vida de los demás, pero a día de hoy tirarle un multi o una piedra a la cabeza a alguien por imprudencia podría ser interpretado por un agente de la misma forma.

Ya digo que estoy suponiendo y podría estar muy equivocado, pero es la sensación que tengo tras ver como se te acercan a preguntarte con curiosidad de saber que es eso que traes contigo. Lo más que he oído de viva voz de un agente de la benemérita es, algo así como "no se lo vaya a plantar a alguien en la cabeza", si hubiese habido o conocido en ese momento alguna norma que estuviese incumplimiendo supongo que no habría podido seguir volando. Y supongo que si se lo planta a alguien en la cabeza otro gallo habría cantado.

ccostas
16/04/2014, 09:23
Boas

1.- Creo que tu y yo no nos conocemos de nada, pero por si las moscas procederé con la habitual moderación que me caracteriza últimamente.

Desde luego personalmente nunca he considerado a las aseguradoras grandes donantes de dinero para el bienestar general de la población, pero puede ser debido a que soy algo corto - de hecho muchos de por aquí parecen creerlo - pero siempre me dio la sensación que el negocio de las aseguradoras estaba en ofrecer un servicio que se espera nunca sea necesaria a cambio de un precio "razonable" por llamarlo de alguna forma. En otras palabras cobrar continuamente a cambio de algo intangible y que se espera que nunca se tenga que utilizar.
Gran negocio si señor, es casi mejor que venderle hielo a los esquimales.
Aún así reconozco, que yo mismo he pecado ya que sino me aseguro el culo es porque no lo vale… :D

Pero sigamos adelante y aceptemos pulpo como animal de compañía: Si bien puede ser cierto que las aseguradoras cuentan con grandes gabinetes de abogados (aunque debería preguntarme el por que ? ya que su negocio es claramente el de regalar dinero :rolleyes:), podrías explicarme la razón de ser de cientos por no decir miles de gabinetes de abogados que se dedican con mayor o menor éxito a reclamar y a hacer que las aseguradoras cumplan con los contratos firmados con sus clientes ? Puede ser que debido a que la mayor parte de las veces siempre existe la ¨letra pequeña¨ el ¨clavo ardiendo¨ al que las aseguradoras se agarran para joder a todo Cristo siempre que pueden ?
Por ejemplo en nuestro caso concreto, al tratarse de una actividad cuya legalidad es dudosa y/o indefinida - por lo tanto con ciertas dificultades a la hora de ejercer una reclamación ajustada a la ley ya que esta no existe específicamente salvo en el caso de los campos de la Federación - no dificultaría esto el proceso reclamativo ?
Aunque entiendo que una vez vendido el seguro esto ya es responsabilidad de otros así que entramos ambos en el terreno del supositorio… perdón de la suposición...

2.- Lo de las calificaciones mejor que te lo reserves en este foro lo de los calificativos lo llevamos bastante mal - y yo personalmente peor que mal. Y de hecho yo mismo ya he recibido algún aviso al respecto diablo.

3.- Y para terminar como decirte… lo de que ¨xa fede¨ sobra, si tienes algún problema - Pecado venial, Síndrome de Tourette, Síndrome de Diógenes - con mi procedencia o donde resido arréglalo con tu otorrino - lo digo por lo del pestazo ya que puede ser, Díos no lo quiera, una sinusitis infecciosa mal curada y eso nunca se sabe donde puede acabar - ya que este no es lugar para ese tipo de exabruptos.

Sayonara baby… diablo

Ciao
:cool:
Por supuesto que las aseguradoras no son donantes de dinero!! faltaría más. Son empresas privadas que lo que buscan es eso, ganar dinero, al igual que tu y que yo.
Su actividad es una operación para acumular riqueza, a través de las aportaciones de muchos sujetos expuestos a eventos económicos desfavorables, para destinar lo así acumulado, a los pocos a quienes se presenta la necesidad. Sigue el principio de mutualidad, buscando la solidaridad entre un grupo sometido a riesgos.
Por otro lado, la razón de que las compañías aseguradoras cuenten con unos grandes gabinetes jurídicos no es otra que, al igual que cualquier gran empresa, hacer frente a las múltiples demandas a las que se ven expuestas. Unas veces con motivo, pero otras muchas sin el. No te puedes imaginar el fraude que existe en los partes por siniestro y con esto de la crisis se ha multiplicado exponencialmente.
Tu puedes seguir haciendo suposiciones todas las que quieras, de hecho me da la impresión de que es a lo que te dedicas.
En cuanto a los calificativos, como puedes ver me los he reservado, si quieres te los puedo pasar por privado y así no emborronamos el hilo.
Y en cuanto a tu situación geográfica actual, no me hagas buscar tus últimos post "please"
Un saludo...

Pauantich
16/04/2014, 09:37
¿Interpretación de qué norma que regule el qué? Supongo (ésto que digo no lo sé a ciencia cierta, por eso supongo)

Ya digo que estoy suponiendo y podría estar muy equivocado

Hombre... Pues va a ser q si, hay una normativa que prohíbe volar aeromodelos fuera de un campo de vuelo



www.ifoto3d.com

ferpenas
16/04/2014, 09:48
Pongan la norma (publicación en boe sí es nacional o boletín oficial de la comunidad que sea). Si no se pone es como decir que existe un producto para hacer crecer dinero de los árboles. Si no lo veo no lo creo. 😃. Y en derecho es uno de los principios fundamentales como ya han dicho múltiples veces en este foro. Sin legislación (ley, norma, reglamento...) no puede haber sanción.


Enviado desde mi iPhone con Tapatalk

starcopter
16/04/2014, 10:37
Pongan la norma (publicación en boe sí es nacional o boletín oficial de la comunidad que sea). Si no se pone es como decir que existe un producto para hacer crecer dinero de los árboles. Si no lo veo no lo creo. . Y en derecho es uno de los principios fundamentales como ya han dicho múltiples veces en este foro. Sin legislación (ley, norma, reglamento...) no puede haber sanción.


Enviado desde mi iPhone con Tapatalk

Hola ferpenas,

Normativa hay mucha, y desgraciadamente la definición legal de "toda máquina que puede sustentarse en la atmósfera por reacciones del aire que no sean las reacciones del mismo contra la superficie de la tierra" cubre sobradamente los multicópteros.

Según la normativa de la AESA (órgano competente) el uso del espacio aéreo está restringido y requiere previa y expresa autorización, con lo que funciona por permiso y no por prohibición.

De especial interés, aunque ya se han mencionado antes en este hilo:

Normativa sobre la que se apoya el Ministerio de Fomento;
http://www.fomento.gob.es/MFOM/LANG_CASTELLANO/DIRECCIONES_GENERALES/AVIACION_CIVIL/INFORMACION/NORMATIVA/NORMATIVA_BASICA/DISPOSICIONES_BASICAS/default.htm

Resoluciones de AESA;
http://www.seguridadaerea.gob.es/lang_castellano/normativa_aesa/resoluciones/default.aspx

Ninguna específica a multicópteros, pero con suficiente capacidad jurídica para actuar sobre ellos.

La falta de una normativa específica y todas sus consecuencias, así como las directrices de Bruselas es lo que motiva que AESA esté trabajando en ello.

... por si aporta algo que no se haya dicho ya.

Saludos!

rortega
16/04/2014, 11:18
Hombre... Pues va a ser q si, hay una normativa que prohíbe volar aeromodelos fuera de un campo de vuelo
www.ifoto3d.com

¿Entonces a que se debe que nunca me hayan apercibido, requisado el multi o multado? Incluso han venido a buscarme allí donde estaba para que fuera al cuartel a conocer a un agente aeromodelista. Curioso ¿no?

Desde más sincera ignorancia, si sabes que ley es la que dice eso, por favor pásame el link que quiero leérmela y así saber a que atenerme la proxima vez que salga. Gracias.

YoseGon
16/04/2014, 11:25
¿Entonces a que se debe que nunca me hayan apercibido, requisado el multi o multado? Incluso han venido a buscarme allí donde estaba para que fuera al cuartel a conocer a un agente aeromodelista. Curioso ¿no?

Desde más sincera ignorancia, si sabes que ley es la que dice eso, por favor pásame el link que quiero leérmela y así saber a que atenerme la proxima vez que salga. Gracias.

Has leido el post anterior?? :flipo::flipo:

ferpenas
16/04/2014, 11:35
Yo, por lo pronto estoy descargando todas las leyes del enlace que ha enviado el compañero. Intentaré leerme las leyes poco a poco (la primera es de 1947) y luego os contaré lo que sea. En realidad sólo es encontrar la ley (aunque luego se desarrolle en un reglamento) que ponga expresamente "el uso del espacio aéreo está restringido y requiere previa y expresa autorización". Normalmente en una ley eso se traduciría en un reglamento donde apareciera cómo pedir los permisos, los estamentos implicados, multas y/o sanciones...

A ver si poco a poco voy desgranando toda esa normativa y veo algo de luz.

Entre todos seguro que podemos aclarar todo este concepto.

ME EDITO:
Por si alguien quiere y no le apetece rebuscar aquí he descargado la normativa y la podéis coger sin problema:

http://1drv.ms/1l0Zuza

rortega
16/04/2014, 11:58
Has leido el post anterior?? :flipo::flipo:

No, no lo he leído, pero supongo que quien afirma conocer algo sí que lo ha leído y puede hacer el favorcillo de colocar enlace directo.

¿Sabes? Yo creo (y no lo sé a ciencia cierta) que lo de zonas habilitada para ello se refiere concretamente a exhibiciones. Pero ya te digo, que no estoy del todo seguro.

rortega
16/04/2014, 12:07
No, no lo he leído, pero supongo que quien afirma conocer algo sí que lo ha leído y puede hacer el favorcillo de colocar enlace directo.

¿Sabes? Yo creo (y no lo sé a ciencia cierta) que lo de zonas habilitada para ello se refiere concretamente a exhibiciones. Pero ya te digo, que no estoy del todo seguro.

Me cito a mi mismo. Según todo lo que llevo leído, y que ignoro por completo, yo voy al ayuntamiento y hablo con el concejal de turno o alcalde y le digo que van a venir al pueblo aficionados al aeromodelismo a hacer una exhibición, por ejemplo, y el alcalde/concejal va y me dice (por escrito) de aquí hasta allí el domingo por la mañana. Yo voy y preparo todo aquello, tomo las medidas de seguridad que haya que tomar y organizo aquello como es debido y se hace la exhibición. Creo que esa ley/norma se refiere a algo por el estilo.

aero-plano
16/04/2014, 14:52
A eso es a lo que me refería, la fotografía aérea se lleva haciendo de forma ilegal con estos aparatos desde hace muchos años y yo no conozco de ningún caso en el que se haya denunciado a alguien, supongo que esto servirá para relativizar la nota de AESA, pero también es verdad que el número de personas que se dedican a hacerlo es muy pequeño comparado con los multicópteros, y nadie se dedica a hacer fotos con un paramotor sin ser un piloto bastante experimentado, no se pueden comprar en mediamark y salir a hacer fotos al día siguiente, cuando ha habido denuncias no ha sido por el hecho de hacer fotografías, sino por volar en sitios inadecuados como playas llenas de gente por ejemplo.

Exacto, has entendido perfectamente! El tema del paramotor, comparado con el boom multis, no es nada, siempre fuimos 4 gatos. Aun así en su momento (hará unos 5-6 años) recibí una carta intimidatoria de la Asociación Española de Empresas de Trabajos Aereos en la que me avisaban de emprender acciones legales en caso de proseguir con mi actividad profesional utilizando paramotores. Les respondí explicando que solo los utilizaba para trabajjos fuera de España y que aquí solo lo hacía coon helicópteros (adjunté varias facturas), y la cosa quedó en nada..
Las denuncias a los paramotores (pocas, por cierto) se han dado principalmene por volar en espacios aéreos controlados o ciudades. Alguna vez por hacerlo sobre Parques Naturales y, que yo sepa, nunca por volar sobre personas. Aunque hay algunos que se pasan, hay que decir que cuando se vuela sobre playas normalmente se suele hacer sobre la línea de costa o bobre el agua, con lo que no se está estrictamente sobrevolando a las personas, y además si se para el motor siempre te quedan libres puntos de fuga. En veinte años de actividad intensa no conozco ni un solo caso de un paramotor aterrizando encima de alguien, mientras que solo en ell último año podrás ver un montón de videos de peña estampando los multis contra alguno.


Ok. Solo se puede filmar en avion y helicóptero. Pidiendo los permisos necesarios. Con todo lo demás, no se puede.

Pues es curioso, por que todos los que vuelan en parapente, etc, suelen llevar la gopro. Luego estan grabando ilegalmente. Jejejjeje

Así es, esto que dices es curioso, porque la ley efectivamente no distingue entre la realización de imágenes para un uso comercial o privado, simplemente está prohibido hacer iimágenes aéreas sin los debidos permisos y habilitaciones. En teoría TODO lo que sea elevarse y hacer imágenes no se puede, pero el tema se les iría tan fuera de control que supongo que se están centrando en lo que entienden que es prioritario, y ahí es donde aparecemos nosotros. La cantidad brutal de videos publiicados en la red sobre zonnas zonas prohibidas han sido, según mi parecer, el detonante.


Claro! Precisamente la causa de la publicación de la nota es la circunstancia que permite a cualquiera utilizar un drone. La regulación del sector es una buena noticia para todos, pero lo de AESA no es una ley, es un comunicado que nos sitúa en el ojo del huracán y a merced de linchamientos mediáticos diversos. Mientras no se redacte una legislación, todos los usuarios estamos en un limbo jurídico incierto a merced de la interpretación de la autoridad policial de turno: policía local, policía nacional, guardia rural, policía autonómica, guardia civil...

Y bueno... Gracias que no se a metido también la agencia estatal de protección de datos, que ahí también hay tela!!!


www.ifoto3d.com
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aeroplano a mi como si eres astronauta y vas a patentar una alcachofa voladora,no te desvies del tema y encima haciendote publicidad,el tema es que TU has hechado pestes de este y de aquel por volar aqui o alla con cierto riesgo y TU has hecho gravaciones muuucho mas peligrosas,me da igual que hayan sido con helis,multis,globos de helio o fideos a la cazuela,y me da igual que tengas todos los permisos y seguros puesto que ya ha quedado claro que en caso de tragedia de poco valen,almenos eso opinais los profesionales de esto,acaso has pedido TU permiso para sobrevolar las cabezas de todas esas personas la mayoria niños en el parque acuatico?,o a los bañistas de esas playas?,o del tibidadbo?,no verdad,pues entonces no vayas poniendo a la gente de top gum ni de gañanes ni de maleducados,yo entiendo vuestra postura sobre el tema y entiendo que querais que esto se regule por que os han levantado muchos curros desde que salio el boom del phantom-gopro-gimbal y por eso nunca nos vamos a poner de acuerdo,por que yo vuelo por hoby,a ver si te enteras ya,esa es la diferencia,y algun trabajo me han ofrecido y lo que he hecho ha sido darles el contacto de un conocido que lo hace como tu,por dinero puesto que es su trabajo,yo tengo el mio y esto del rc desde hace 28 años que empeze siempre ha sido un hoby para mi,esa es la diferencia,y he pilotado y volado casi de todo,menos los globos de helio que espero a que los patentes jejeje,por la colonia puedes pasar cuando quieras,me avisas y alli estoy,de hecho casi cada dia,eso si,alli como en otros lados que practicamos el hoby lo hacemos sin cobrar un duro,lo aviso vaya a ser que vengas con otras intenciones.
saludos.
¿desviarme del tema? Precisamente, y pese a tus reiterados intentos de cabrearme, lo que estoy intentando es no salirme del tema y entrar en una batalla de acusaciones que no le interesan a nadie más que a ti o a mi. Aun así, y viendo que sigues sin haber entendido nada volveré a explicarte (a ver si a la tercera va la vencida):
1-Solo echo pestes a los que vuelan y publican (dato MUY IMPORTANTE) videos volando en lugares especialmente delicados, como son el centro de una gran ciudad+espacio aereo controlado+ personas, y solo a los que lo hacen en España (porque nos afectaría a todos). De hecho en los más de dos años que llevo en el foro solo me he metido con dos usuarios. Esta no es mi obsesión, salvo en los dos casos que he dicho, y me parece que los motivos eran más que sobrados pues son los culpables de la situación que ahora nos ha llevado a abrir este hilo. Tu no eras uno de ellos, así que supongo que serían amigos tuyos.
2- ¿que te da igual el sistema con el que haga mis imággenes, oque tenga todos los permisos y seguros? De verdad que no te entiendo. NO DA IGUAL. Por supuesto nada exime que un helicóptero pueda caerse y causar un desastre, o un coche desviarse y atropellar gente, o.... pero te aseguro que no es lo mismo, de hecho si el del coche no tiene ni permiso ni seguro, o estaba borracho, se le cae el pelo Eso ya está regulado por la ley, y de lo que hablamos ahora es de como los vuelos temerarios con multicópteros harán que todos los que practican el hobby también se vean afectados. Tu también, por lo que no entiendo porque los defiendes.
3- Vuelvo a explicarte lo del plano del parque acuático. Está hecho con un globo de helio cautivo con perfil aerodinámico (estoy en ello, cuando pueda lo haré público), por eso está puesto en mi showreel general en el que muestro todos los sistemas, y no en el que es exclusivo de multicóptero (http://vimeo.com/59365681). El de la playa con 10 bañistas es volando sobre el agua, a 30 metros de ellos, y con paramotor. No veo cual es el problema. También tengo algunos siimilares hechos con helicóptero, om el que dices del Tibidabo ¡todo legal, ehhhh! ;-)
4- Estás muy equivocado si piensas que estoy en contra de los pilotos nuevos de Phantom, la batalla contra los que llamas "domingueros" es tuya. Todo lo contrario, siempre he querido promover esta actividad tanto para los que la plantean como hobby como para los que quieren sacarle dinero (otros a los que parece que les tienes manía), siempre que se haga con respeto a los demás.
5- ¿hacerme publicidad? jajajaja ¡como si este fuera un sitio en el fuese a conseguir algún cliente! .........es que no paras de decir barbaridades!

Hay que vivir y dejar vivir, volar y dejar volar, pero si haces algo que me va a perjudicar creo que, por lo menos,tengo derecho a reprochártelo.

Saludos!

caprichoso
16/04/2014, 14:59
Yo os voy a dar un buen plan que no lleva más de 10minutos y es ir al cuartel/comisaría que creáis que os pueda decir algo como yo he hecho, Yo he preguntado en el cuartelillo de mi pueblo, y la respuesta a sido la siguiente, a efectos de privacidad es igual que una cámara si alguien me denuncia por grabarlo me pueden incautar la cámara, puso ejemplo de ir a sobrevolar una playa nudista , o ir de buayer con una reflex y teleobjetivo seria lo mismo vulnerar la privacidad de terceros, y luego estaría que alguien me denuncie por que se sienta en peligro, hacer vuelos rasantes sobre gente o similar, que lo comparó con una navaja, puedes estar abriendo el pan pa meter el chorizo y no te va a pasar nada pero si andas a exhibirlo de forma amenazante o peligrosa pues tendrás que afrontar por ello, así que resumiendo lo que tenemos es un arma blanca con cámara, pero si la usas con sentido común no incurren en ningún delito hasta nueva orden!! Y punto no van a mandar un comisario de aesa a secuestrar multis o poner multas... Por lo demás como decimos por aquí dalle con sentidiño o volar con sentido el resto pura falacia y muchas ganas de discutir

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Mazur
16/04/2014, 16:50
Bueno, hoy me ha pasado algo un tanto curioso.
He ido a volado el Phantom en una zona nueva que desconocía, con la intención precisamente de conocer a un usuario de otro foro y volar nuestros pequeños helis.

Pues resulta que aunque es una zona donde no suele pasar mucha gente, sí que hay un cierto paso de personas que van a ver una zona protegida que hay cerca de donde nos encontrábamos.
Allí estabamos con nuestros pequeños helis de RC ( Super CP) y los pocos curiosos que había, estaban alucinando ( y eso que sólo hacíamos traslaciones y algunas pequeñas acrobacias a poca altura del suelo), hasta que he sacado el Phantom, sin cámara, y he hecho un pequeño vuelo a no más de 5 metros de altura y una distancia de unos 20 metros. En total unos 4 minutitos.
Justo aterrizarlo oigo a uno de esos curiosos decirle a su mujer e hijo "mirad, eso es un drone y van a sacar una ley en la que se tendrá que sacar licencia de piloto".

Es decir, que los medios de (des)información están haciendo "bien" su trabajo :cabreo:

sabinero
16/04/2014, 17:47
pues no aeroplano,ninguno de esos videos peligrosos son de ningun conocido mio,ni tengo guerra con los que tengan un phamton ni mania con los que puedan sacarse una pasta extra con esto,ya te he dicho que yo practico por puro hoby,simplemente,y si te he atacado es por que tu me has atacado,yo no estoy a favor de esos vuelos con cierto peligro pero nunca les he dado bola y hace ya tiempo que postee que no era buena idea darle tanta bola con ataques en el foro,no esconder el problema pero tampoco hacer hilos que se convierten en ataques a destajo,por eso nunca critique ninguno,pero si me da coraje que algunos de los que se ceban tambien realizen esos vuelos con la excusa de que son profesionales,a mi me parece muy bien que te ganes la vida asi y como te he dicho tengo conocidos y compañeros de muchos años de vuelo que se dedican a la fotografia y la imagen y emplean multis como otra herramienta de trabajo,lo que si he dicho y sigo diciendo que hay mucha gente que no se interesa en aprender nada de nada y compran un rtf y hacen burradas por desinformacion,no te equivoques que yo lo llevo viendo hace ya tiempo,y sigo diciendo y pensando que tu este tema de aesa no lo puedes ver desde la misma posicion que yo por que la tuya es meramente economica y la mia no,dije desde el principio que esto lo esta alimentando desproporcionadamente mas de un interesado que no puedo decir que sea tu caso pero puedo pensarlo por las razones que digo,y otra cosa de las que empiezo a estar un poco cansado es que cada vez que alguien comenta algo diferente de segun quien siempre salgan sin argumentos como tu diciendo que si somos gente que no merecemos estar en el foro,que si ensuciamos el hilo,que si maleducados y demas descalificaciones,a todos no nos gustan siempre los comentarios de otros compañeros y hay que aguantarse,y el foro es de todos y no de los cuatro que se creen propietarios,te vuelvo a repetir y ya lo he dejado claro en muchas alusiones que yo no estoy a favor de esos vuelos peligrosos,que ni me creo ton cruise ni soy un gañan ni maleducado y para tener una empresa cosa que me parece perfecto pues yo tambien tengo negocio propio lo que no entiendo es que entres en estas guerras que a ti si que te pueden perjudicar,yo como te he dicho solo disfruto practicando el hoby y bastante pasta que me cuesta,por eso no me parecen bien muchas cosas de las que veo y por eso cuando me parece y viene al caso lo digo,simplemente digo lo que dije la primera vez que entre en este hilo,estais acojonando a la peña mas de lo que se debiera y lo peor es que lo habeis conseguido por lo menos con los que llevan poco tiempo por que los que ya llevan espolones como que no les quita el sueño el tema,te lo aseguro.
saludos.

Mazur
16/04/2014, 18:07
Yo he escrito via formulario AESA consultando que es una ZONA HABILITADA PARA USO PARTICAR, 8 dias despues sigo esperando la contestacio....tal vez que sea un simple ciudadano partocular que no merezco su atencion...o ¿que no sepan quecontestar?

Yo es que creo que ellos mismos no saben definir exactamente que es una zona habilitada para uso particular :rolleyes:

Por cierto, si no mal recuerdo, una de las competencias de la AESA es controlar todo lo que esté por encima del nivel del suelo. ¿Eso nos incluye a los que medimos 1,73?. ¿Pau Gasol tiene que pedir permiso a AESA para salir a la calle?
Perdón por el off-topic, pero la broma me rondaba por la cabeza hacía unos dias y si no la pongo reviento....

splinter
16/04/2014, 18:23
Por cierto, si no mal recuerdo, una de las competencias de la AESA es controlar todo lo que esté por encima del nivel del suelo. ¿Eso nos incluye a los que medimos 1,73?. ¿Pau Gasol tiene que pedir permiso a AESA para salir a la calle?
Perdón por el off-topic, pero la broma me rondaba por la cabeza hacía unos dias y si no la pongo reviento....

Jajajajajja ole ole un poco mas de humor!!!:):):):):)

rortega
16/04/2014, 19:09
Justo aterrizarlo oigo a uno de esos curiosos decirle a su mujer e hijo "mirad, eso es un drone y van a sacar una ley en la que se tendrá que sacar licencia de piloto".

Le faltó decir "hijo hasta para eso vas a tener que estudiar" o quizás "por eso no te lo puedo comprar"...

rortega
16/04/2014, 19:12
Pues no tienes que ir muy lejos.......lo mismo que pasa en los foros especificos de aeromodelismo....hay mas desinformacion, que lo contrario....y eso que se suponia que hasta hace 4 dias todos lo tenian claro.........
Hoy no, y eso que la Nota Aclaratoria ponia las cosas cristalinas.....pero se ve que no tanto...sino np habria tanta discusion ¿no?
Yo he escrito via formulario AESA consultando que es una ZONA HABILITADA PARA USO PARTICAR, 8 dias despues sigo esperando la contestacio....tal vez que sea un simple ciudadano partocular que no merezco su atencion...o ¿que no sepan quecontestar?

El funcionario estará buscando la norma que aún nadie ha puesto por aquí y que todo el mundo mundial dice saber que existe.

aero-plano
16/04/2014, 19:19
Yo es que creo que ellos mismos no saben definir exactamente que es una zona habilitada para uso particular :rolleyes:

Por cierto, si no mal recuerdo, una de las competencias de la AESA es controlar todo lo que esté por encima del nivel del suelo. ¿Eso nos incluye a los que medimos 1,73?. ¿Pau Gasol tiene que pedir permiso a AESA para salir a la calle?
Perdón por el off-topic, pero la broma me rondaba por la cabeza hacía unos dias y si no la pongo reviento....

jajaja...lo mismo pensaba con la prohibición de hacer imágenes aéreas taaaaan amplia

¡¡ tenía miedo de pegar un salto para hacer una foto y que me empapelen por ser aérea!!....no es broma, siguiendo la ley a pies y puntillas como pille a uno cabreado va y lo hace!

periku
16/04/2014, 20:36
No se en que periódico he leído, lo que como comentaba antes un compañero.
Para poder montar una empresa para tomas aéreas, el titular de la empresa tendrá que tener el titulo de piloto....pero de que?? ULM, PPL, ATPL
Supongo que son especulaciones para ir animando al personal!!

Esperemos que publiquen el borrador de la nueva ley lo antes posible.
Lo que esta claro, es que hay bastantes empresa dedicadas al uso de drones que han invertido millones de euros, también hay que matizar que dentro del sector de aeronaves no tripuladas hay multitud de variables y esperemos que la nueva ley tenga en cuenta esas variables.

A esperar....

robferrob
17/04/2014, 12:57
Lo he puesto también en otro foro. Os lo pongo para tener un poco más de información.

Esta mañana estaba volando mi micro en mitad del campo, volando entre árboles y eso. Han pasado dos motos y las he seguido un poco con el multi. Se han parado delante de mi coche y me han estado mirando, y yo con el multi cerca de ellos mirando que hacían. En ese momento no me he percatado, pero revisando ahora el video he visto que eran dos agentes del seprona. No me han dicho nada. Se han parado delante de mi me imagino que mirando que hacía, han visto el multi, y no me han dicho nada.

Me imagino que como todo, utilizar el sentido común. Estaba en mitad del campo sin molestar a nadie y volando bajo, por lo que han pasado de mi.

raforo
19/04/2014, 11:47
Ok. Solo se puede filmar en avion y helicóptero. Pidiendo los permisos necesarios. Con todo lo demás, no se puede.

Pues es curioso, por que todos los que vuelan en parapente, etc, suelen llevar la gopro. Luego estan grabando ilegalmente. Jejejjeje

La diferencia es, si lo que se va a filmar con la go pro es para diversión y uso particular, porque eres un deportista, con lo cual las normas son las federativas de un deporte aéreo.
O si se van a utilizar las imagenes comercialmente, con lo cual es un trabajo aereo y eso lo regula AESA con una normativa muy rigurosa

Exactamente lo mismo que lo que pasa con los múlticopteros.






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raforo
19/04/2014, 13:17
Creo que hay dos puntos importantes en el comunicado, que son los que la gente le cuesta más entender :D

1º hay dos formas de operar o volar un multicoptero o cualquier otro tipo de aparato volador.
Si se hace como un deporte o hobby la normativa a aplicar será la de deportes aéreos de la Federación que le corresponda. :D
Si se hace de forma profesional, con ánimo de lucro, la normativa será la que dictamina la propia AESA. Que es la ya existente normativa de trabajos aėreos, que como ya han dicho por aquí, es muy antigua y muy restrictiva para todos, tanto para aviones, helicópteros, parapentes, ultra ligeros, drones, etc.

2º Punto y mas importante, es que considera los drones COMERCIALES como aeronaves. :eek: Por lo tanto la legislación que se les aplica es la misma que se le aplica al resto de aeronaves.
Como no existe regulación actual que permita registrar y matricular drones comerciales, ni operadores de drones comerciales, dice que no se puede operar drones comerciales. Pero no porque no exista regulación, que es la de trabajos aėreos. Sino porque por el momento, no se puede ser operador ni registrar drones comerciales. Y la primera norma de los trabajos aéreos es que sólo lo pueden hacer operadores autorizados con aeronaves registradas y autorizadas.

Me parece injusto que no les den posibilidades para ser operadores aéreos, pero también me parece injusto que haya operadores aéreos a los que se les exija toda la normativa y a otros a los que no.:( Cuanto antes éste lista esa normativa que faculte registrar operadores de drones comerciales mejor para todos. :)

Mientras tanto, los deportistas sólo tenemos que seguir haciendo lo que hacíamos hasta ahora, volar por deporte con la licencia en la cartera por si nos lo piden y no poner en peligro a nadie. :D

Los profesionales ya saben que van a tener qué registrarse como operadores y les pedirán ciertos requisitos, así que es mejor que se vayan poniendo deacuerdo entre ellos, en vez de pelearse y declararse guerras de precios:eek:

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splinter
19/04/2014, 17:35
Sip. Mas o menos eso es lo que tenia entendido.
Lo de la gopro era una broma. :D

Bufor
20/04/2014, 10:32
Creo que hay dos puntos importantes en el comunicado, que son los que la gente le cuesta más entender :D

1º hay dos formas de operar o volar un multicoptero o cualquier otro tipo de aparato volador.
Si se hace como un deporte o hobby la normativa a aplicar será la de deportes aéreos de la Federación que le corresponda. :D
Si se hace de forma profesional, con ánimo de lucro, la normativa será la que dictamina la propia AESA. Que es la ya existente normativa de trabajos aėreos, que como ya han dicho por aquí, es muy antigua y muy restrictiva para todos, tanto para aviones, helicópteros, parapentes, ultra ligeros, drones, etc.

2º Punto y mas importante, es que considera los drones COMERCIALES como aeronaves. :eek: Por lo tanto la legislación que se les aplica es la misma que se le aplica al resto de aeronaves.
Como no existe regulación actual que permita registrar y matricular drones comerciales, ni operadores de drones comerciales, dice que no se puede operar drones comerciales. Pero no porque no exista regulación, que es la de trabajos aėreos. Sino porque por el momento, no se puede ser operador ni registrar drones comerciales. Y la primera norma de los trabajos aéreos es que sólo lo pueden hacer operadores autorizados con aeronaves registradas y autorizadas.

Me parece injusto que no les den posibilidades para ser operadores aéreos, pero también me parece injusto que haya operadores aéreos a los que se les exija toda la normativa y a otros a los que no.:( Cuanto antes éste lista esa normativa que faculte registrar operadores de drones comerciales mejor para todos. :)

Mientras tanto, los deportistas sólo tenemos que seguir haciendo lo que hacíamos hasta ahora, volar por deporte con la licencia en la cartera por si nos lo piden y no poner en peligro a nadie. :D

Los profesionales ya saben que van a tener qué registrarse como operadores y les pedirán ciertos requisitos, así que es mejor que se vayan poniendo deacuerdo entre ellos, en vez de pelearse y declararse guerras de precios:eek:

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Me parece una explicación estupenda, pero me gustaria que fueras tan amable de indicarme donde puedo encontrar la norma o regulación legal específica que avalan las afirmaciones marcadas en rojo. Las he buscado pero no ha habido suerte. Saludos y gracias por adelantado por tu segura respuesta.

AdriAragon
20/04/2014, 11:06
Me parece una explicación estupenda, pero me gustaria que fueras tan amable de indicarme donde puedo encontrar la norma o regulación legal específica que avalan las afirmaciones marcadas en rojo. Las he buscado pero no ha habido suerte. Saludos y gracias por adelantado por tu segura respuesta.

Aquí tienes la página oficial de la RFAE (Real Federación Aeronáutica Española) en el que puedes descargar el PDF de la reglamentación para la práctica del aeromodelismo: http://www.rfae.org/index?act=verSeccion&idSeccion=1266836688945

O si quieres el PDF directamente: http://www.rfae.org/index?act=descargarArchivo&idContenido=1266836724881&idCampo=1324755372152

Saludos!

raforo
20/04/2014, 12:23
Me parece una explicación estupenda, pero me gustaria que fueras tan amable de indicarme donde puedo encontrar la norma o regulación legal específica que avalan las afirmaciones marcadas en rojo. Las he buscado pero no ha habido suerte. Saludos y gracias por adelantado por tu segura respuesta.

Hola Bufor
Ya te han puesto la normativa de la Federación de aeromodelismo.:)

La súper ley que tú me pides no la conozco, ni creo que exista, cada normativa se aplica en el ámbito que la propia normativa indica.
Por ejemplo si tienes un coche y quieres hacer un rally. la Federación de automovilismo no te pedirá carnet de conducir ni que cumplas el Código de la Circulación. Si lo que quieres es usar la vía pública, el propio Código de la Circulación te exigirá carnet y cumplir sus normas.
Y si por último quieres llevar pasajeros y cobrarles, tendrás que tener carnet D y .
cumplir la normativa que tengan los taxistas.
Cada norma tiene publicada su propio ámbito de aplicación. Y cuando tú quieres entrar en el ámbito de aplicación de una norma debes cumplirla.
O al menos así lo entiendo yo
:D

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Bufor
20/04/2014, 12:24
Aquí tienes la página oficial de la RFAE (Real Federación Aeronáutica Española) en el que puedes descargar el PDF de la reglamentación para la práctica del aeromodelismo: http://www.rfae.org/index?act=verSeccion&idSeccion=1266836688945

O si quieres el PDF directamente: http://www.rfae.org/index?act=descargarArchivo&idContenido=1266836724881&idCampo=1324755372152

Saludos!

Hola, esta normativa ya la tengo vista pero no me aclara nada. Nada mas empezar se puede leer:

"La práctica del Aeromodelismo demanda una reglamentación que permita el correcto funcionamiento del deporte dentro de los clubes deportivos"

"La redacción de este Reglamento pretende establecer una normativa que sirva de marco para las diferentes Federaciones Territoriales de Deportes Aéreos."

El hecho de que AESA en su famosa nota (que no deja de ser eso una "nota informativa" y no una norma legal), deje claro que es "obligación" conocer y cumplir la regulación local, autonomica y aeronautica general, pero curiosamente sólo "recomienda" contactar con algun club de aeromodelismo, unido a que el reglamento de la RFAE sólo se refiere a su uso para los clubs deportivos, parece dar a entender que no es necesario estar federado ni es obligatorio volar solo en los campos de vuelo de los mismos.

Por eso mi confusion ante afirmaciones tales como las que he indicado antes y mi curiosidad en conocer la norma legal que las respalda.

Bufor
20/04/2014, 13:24
Hola Bufor
Ya te han puesto la normativa de la Federación de aeromodelismo.:)

La súper ley que tú me pides no la conozco, ni creo que exista, cada normativa se aplica en el ámbito que la propia normativa indica.
Por ejemplo si tienes un coche y quieres hacer un rally. la Federación de automovilismo no te pedirá carnet de conducir ni que cumplas el Código de la Circulación. Si lo que quieres es usar la vía pública, el propio Código de la Circulación te exigirá carnet y cumplir sus normas.
Y si por último quieres llevar pasajeros y cobrarles, tendrás que tener carnet D y .
cumplir la normativa que tengan los taxistas.
Cada norma tiene publicada su propio ámbito de aplicación. Y cuando tú quieres entrar en el ámbito de aplicación de una norma debes cumplirla.
O al menos así lo entiendo yo
:D

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Hola raforo,

Como bien dices, cada normativa se aplica en el ámbito que ella misma indica, y creo que queda claro que el reglamento de la RFAE citado es de aplicación para el aeromodelista que esta en un club deportivo. Pero es que también existen los aficionados no federados, de ahí mi extrañeza ante la afirmación de que tengo que ir a volar con una licencia en la cartera por si me la piden :confused: Eso quiere decir que, cuando hago running ¿tengo que portar la licencia de la federación de atletismo por si me la piden? :):):)

Yo entiendo que las Federaciones deportivas son entidades privadas y que no es obligatorio estar federado en ellas para practicar el deporte correspondiente en calidad de aficionado, y su normativa no me afecta. Por supuesto todo esto no quiere decir que el aficionado pueda hacer lo que le de la gana, ya que todos estamos obligados a cumplir la regulación local, autonomica y aeronautica general, y sobre todo a usar el sentido común y ser extremadamente prudentes.

Saludos

dedalo7002
20/04/2014, 13:51
Hola raforo,

Como bien dices, cada normativa se aplica en el ámbito que ella misma indica, y creo que queda claro que el reglamento de la RFAE citado es de aplicación para el aeromodelista que esta en un club deportivo. Pero es que también existen los aficionados no federados, de ahí mi extrañeza ante la afirmación de que tengo que ir a volar con una licencia en la cartera por si me la piden :confused: Eso quiere decir que, cuando hago running ¿tengo que portar la licencia de la federación de atletismo por si me la piden? :):):)

Yo entiendo que las Federaciones deportivas son entidades privadas y que no es obligatorio estar federado en ellas para practicar el deporte correspondiente en calidad de aficionado, y su normativa no me afecta. Por supuesto todo esto no quiere decir que el aficionado pueda hacer lo que le de la gana, ya que todos estamos obligados a cumplir la regulación local, autonomica y aeronautica general, y sobre todo a usar el sentido común y ser extremadamente prudentes.

Saludos
+1

raforo
20/04/2014, 16:19
Hola raforo,

Como bien dices, cada normativa se aplica en el ámbito que ella misma indica, y creo que queda claro que el reglamento de la RFAE citado es de aplicación para el aeromodelista que esta en un club deportivo. Pero es que también existen los aficionados no federados, de ahí mi extrañeza ante la afirmación de que tengo que ir a volar con una licencia en la cartera por si me la piden :confused: Eso quiere decir que, cuando hago running ¿tengo que portar la licencia de la federación de atletismo por si me la piden? :):):)

Yo entiendo que las Federaciones deportivas son entidades privadas y que no es obligatorio estar federado en ellas para practicar el deporte correspondiente en calidad de aficionado, y su normativa no me afecta. Por supuesto todo esto no quiere decir que el aficionado pueda hacer lo que le de la gana, ya que todos estamos obligados a cumplir la regulación local, autonomica y aeronautica general, y sobre todo a usar el sentido común y ser extremadamente prudentes.

Saludos

Ah vale, por lo que entiendo a ti el tema profesional no te importa, y tampoco quieres estar federado. Pues entonces no sé porque te preocupa tanto la normativa, disfruta volando tu máquina y si alguna vez alguien te pregunta, dile que eres un aficionado dominguero que vuelas tu juguete, y qué no sabías nada de todo esto. :D

Sinceramente no sé si es obligatorio estar federado para volar aeromodelos no comerciales, posiblemente no sea necesario, aunque yo lo recomiendo por muchas razones que no voy a exponer aquı por ser off topic.
Cuando uno pertenece a un grupo de personas qué tiene gustos e intereses comunes, suelen agruparse y nada mejor que un club y una federación para ello.




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Guondersub
20/04/2014, 17:58
Las Federaciones tienen varias funciones interesantes como la de la promoción y la enseñanza deportivas, esta última por cierto, modificada por la legislación de Técnicos Deportivos. Pero en modo alguno es obligatoria la afiliación, salvo, normalmente, si se pretende participar en competiciones oficiales y/o federativas. Independientemente de los beneficios que pueda reportar.

Alberto

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Bufor
20/04/2014, 19:13
Ah vale, por lo que entiendo a ti el tema profesional no te importa, y tampoco quieres estar federado. Pues entonces no sé porque te preocupa tanto la normativa, disfruta volando tu máquina y si alguna vez alguien te pregunta, dile que eres un aficionado dominguero que vuelas tu juguete, y qué no sabías nada de todo esto. :D

Sinceramente no sé si es obligatorio estar federado para volar aeromodelos no comerciales, posiblemente no sea necesario, aunque yo lo recomiendo por muchas razones que no voy a exponer aquı por ser off topic.
Cuando uno pertenece a un grupo de personas qué tiene gustos e intereses comunes, suelen agruparse y nada mejor que un club y una federación para ello.




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Hola raforo,

El tema profesional no es que no me importe, es que hasta que no emitan el famoso borrador pienso que no tengo nada que decir al respecto. Sobre lo de que no quiero estar federado, es totalmente correcto. Para mi esto es un hobby, no necesito competir ni hacer exhibiciones públicas, ni creo que estar federado me aporte nada que me interese. Lo de ser dominguero (y sabadero) está bien, pero durante toda mi vida he intentado ser una persona responsable y por lo tanto me ha importado mucho conocer y cumplir las normativas legales. Además, lo de poner cara de tonto nunca se me ha dado bien. :flipo:

Pero lo importante, por lo menos para mí, es averiguar si hay alguna normativa legal del caracter que sea que regule el aeromodelismo para aficionados no federados, que es mi caso y el de muchos otros más. Por eso, cuando alguien afirma con tal seguridad que la normativa es la de la federación y que a volar con la licencia en el bolsillo, simplemente pregunto por si me he perdido algo (esta última afirmacion va sin coña ni sarcasmo alguno).

Sinceramente, me parece perfecto que el que se quiera asociar, federar y/o pertenecer a un club lo haga, lo respeto, igualmente que respeto al que no quiera hacerlo y prefiera disfrutar de este maravilloso hobby de otra manera, por supuesto respetando las normas legales y la seguridad de bienes, animales y personas.

Un saludo.

splinter
21/04/2014, 06:49
De poco me sirve federarme si luego no vuelo en un club ¿no?. Aun que en teoría solo se puede volar en las pistas de un club. O eso creo. Jajajja

Bichobola
21/04/2014, 08:38
Normativa hay mucha, y desgraciadamente la definición legal de "toda máquina que puede sustentarse en la atmósfera por reacciones del aire que no sean las reacciones del mismo contra la superficie de la tierra" cubre sobradamente los multicópteros.

Según la normativa de la AESA (órgano competente) el uso del espacio aéreo está restringido y requiere previa y expresa autorización, con lo que funciona por permiso y no por prohibición.

De especial interés, aunque ya se han mencionado antes en este hilo:

Normativa sobre la que se apoya el Ministerio de Fomento;
http://www.fomento.gob.es/MFOM/LANG_CASTELLANO/DIRECCIONES_GENERALES/AVIACION_CIVIL/INFORMACION/NORMATIVA/NORMATIVA_BASICA/DISPOSICIONES_BASICAS/default.htm

Resoluciones de AESA;
http://www.seguridadaerea.gob.es/lang_castellano/normativa_aesa/resoluciones/default.aspx

Ninguna específica a multicópteros, pero con suficiente capacidad jurídica para actuar sobre ellos.

La falta de una normativa específica y todas sus consecuencias, así como las directrices de Bruselas es lo que motiva que AESA esté trabajando en ello.

... por si aporta algo que no se haya dicho ya.

Saludos!
Hola Starcopter, muchas gracias por tus opiniones.

Al hilo de la definición de aeronave del Reglamento de Circulación Aérea, que excluye las máquinas que se sustenten por reacciones del aire contra la superficie de la tierra (Tierra), me gustaría conocer vuestra explicación del vuelo de un multicóptero, ya que hasta ahora presuponía que su sustentación se basa precisamente, en impulsar el aire contra el suelo (también llamado "superficie de la Tierra")

¿Puedes poner luz en eso de las "directrices de Bruselas"? Sonar, suena estupendo, pero no sé si es de tu cosecha (que me temo que sí).

Me parece que el síndrome de Estocolmo está llegando a máximos... ¿No os parece que cuando la administración habla de AERONAVES no tripuladas, se refiere más bien a lo de la foto?:

11297

... Lo digo porque si nos la cogemos con papel de fumar, la definición también de aeronave del Reglamento puede incluir lo siguiente:

11298

Me parece que estamos interpretando las cosas fuera de su contexto, y no es tanto que un multi encaje en la definición, sino en el resto de la norma, incluyendo el control de tráfico aéreo.

starcopter
21/04/2014, 09:59
Hola Starcopter, muchas gracias por tus opiniones.

Al hilo de la definición de aeronave del Reglamento de Circulación Aérea, que excluye las máquinas que se sustenten por reacciones del aire contra la superficie de la tierra (Tierra), me gustaría conocer vuestra explicación del vuelo de un multicóptero, ya que hasta ahora presuponía que su sustentación se basa precisamente, en impulsar el aire contra el suelo (también llamado "superficie de la Tierra")

¿Puedes poner luz en eso de las "directrices de Bruselas"? Sonar, suena estupendo, pero no sé si es de tu cosecha (que me temo que sí).

Me parece que el síndrome de Estocolmo está llegando a máximos... ¿No os parece que cuando la administración habla de AERONAVES no tripuladas, se refiere más bien a lo de la foto.

... Lo digo porque si nos la cogemos con papel de fumar, la definición también de aeronave del Reglamento puede incluir lo siguiente:

Me parece que estamos interpretando las cosas fuera de su contexto, y no es tanto que un multi encaje en la definición, sino en el resto de la norma, incluyendo el control de tráfico aéreo.

Hola Bichobola,

Pues me gustaría que fuera de mi cosecha, pero este cultivo no es de mi huerta.

http://ec.europa.eu/transport/modes/air/uas_en.htm

Para mayor claridad;
http://ec.europa.eu/transport/modes/air/doc/com(2014)207_en.pdf

Es verdad que el uso particular de multicópteros tiene lejanas relaciones, pero en la UE tras años de silencio se están poniendo al día impulsando estas tecnologías y seguramente ello llevará a más gasto público y normativas (eso sí es de mi cosecha).

http://uk.reuters.com/article/2013/12/17/uk-eu-drones-idUKBRE9BG0KZ20131217

Sigo recomendando ser cauto y discreto, volar con el mínimo riesgo posible, y no restarle importancia a lo que a nivel normativo se está cociendo en España, como se ha producido ya en los últimos meses en otros países de la Unión Europea.

Saludos!

raforo
21/04/2014, 20:29
Hola Starcopter, muchas gracias por tus opiniones.

Al hilo de la definición de aeronave del Reglamento de Circulación Aérea, que excluye las máquinas que se sustenten por reacciones del aire contra la superficie de la tierra (Tierra), me gustaría conocer vuestra explicación del vuelo de un multicóptero, ya que hasta ahora presuponía que su sustentación se basa precisamente, en impulsar el aire contra el suelo (también llamado "superficie de la Tierra")


Me parece que estamos interpretando las cosas fuera de su contexto, y no es tanto que un multi encaje en la definición, sino en el resto de la norma, incluyendo el control de tráfico aéreo.

Hola Bichobola, me temo que habrá que buscarse otra excusa, las aeronaves se sustentan por las reacciones del aire con sus propias superficies (alas o rotores como los multicópteros) y excluyen precisamente a las que se sustenten por reacciones del aire contra la superficie de la tierra, osea los Hovercraft y similares, que no son aeronaves :rolleyes:

Y si, parece que los aviones de papel tambien cuadran en la definición de aeronave de OACI. ;-)

Bichobola
22/04/2014, 08:00
Pues me gustaría que fuera de mi cosecha, pero este cultivo no es de mi huerta.

http://ec.europa.eu/transport/modes/air/uas_en.htm

Para mayor claridad;
http://ec.europa.eu/transport/modes/air/doc/com(2014)207_en.pdf
Hola Starcopter,

He consultado a mi primo el enterado y me ha contestado -más o menos- que es importante distinguir lo que es normativa (reglas con capacidad de obligar) de lo que no lo es. Por ejemplo, una ley o un reglamento son normativa. Una nota no lo es.

De la misma forma, un Reglamento CE es normativa. Una Directiva CE, aunque no tiene capacidad de obligar a particulares sí lo es. Una Comunicación NO LO ES.

Te mando el link del documento en español. Si lo lees con atención, verás que lo que la UE tiene en mente no son precisamente nuestros multis sino el CONTROL DE TRAFICO AEREO de drones de transporte: http://ec.europa.eu/transport/modes/air/doc/com(2014)207_es.pdf




Hola Bichobola, me temo que habrá que buscarse otra excusa, las aeronaves se sustentan por las reacciones del aire con sus propias superficies (alas o rotores como los multicópteros) y excluyen precisamente a las que se sustenten por reacciones del aire contra la superficie de la tierra, osea los Hovercraft y similares, que no son aeronaves :rolleyes:

Y si, parece que los aviones de papel tambien cuadran en la definición de aeronave de OACI. ;-)
Hola Raforo,

Preguntaré a mi primo, porque con tu mismo argumento, los hovercraft parece que generen su sustentación con las palas de las hélices... 11309

starcopter
22/04/2014, 08:49
Hola Starcopter,

He consultado a mi primo el enterado y me ha contestado -más o menos- que es importante distinguir lo que es normativa (reglas con capacidad de obligar) de lo que no lo es. Por ejemplo, una ley o un reglamento son normativa. Una nota no lo es.

De la misma forma, un Reglamento CE es normativa. Una Directiva CE, aunque no tiene capacidad de obligar a particulares sí lo es. Una Comunicación NO LO ES.

Te mando el link del documento en español. Si lo lees con atención, verás que lo que la UE tiene en mente no son precisamente nuestros multis sino el CONTROL DE TRAFICO AEREO de drones de transporte: http://ec.europa.eu/transport/modes/air/doc/com(2014)207_es.pdf




Hola Bichobola,

No he intentado hacer una lectura legalista de lo que está saliendo, creo que para eso hay que esperar a que se modifique el marco jurídico existente. Aunque volviendo al propósito de este hilo, hay que recordar que ya existe extensa normativa, que sin ser específica, aplica fácilmente a muchos de los usos que les damos hoy a los multis, aunque creando lo que la UE considera una clara inseguridad jurídica.

Lo que la UE pretende es bastante más amplio, y para ello les cito, sin aportar una coma;

"Los RPAS ya están siendo usados con fines civiles y se espera que tengan una influencia cada vez mayor en nuestras vidas diarias. De la misma manera que la tecnología de internet dio lugar a principios de la década de los noventa a muchas aplicaciones diferentes, las tecnologías de RPAS llevarán probablemente en los años venideros al desarrollo de una amplia gama de servicios diferentes, especialmente en combinación con otras tecnologías como el posicionamiento de precisión gracias a Galileo, o de apoyo a otras tecnologías, como las telecomunicaciones en situaciones de socorro en caso de catástrofe o en el aumento dinámico de la capacidad de la red. Si bien la naturaleza exacta y el alcance de las operaciones potenciales de RPAS son difíciles de prever por el momento, se espera que el sector de los servicios genere suficientes ingresos para impulsar la industria manufacturera. 5

En otros continentes, los operadores de RPAS prestan apoyo a la agricultura de precisión mediante la aplicación más eficaz y oportuna de abonos o plaguicidas. En Europa, los RPAS se utilizan para efectuar inspecciones de seguridad de infraestructuras tales como vías de ferrocarril, presas, diques o redes eléctricas. Las autoridades nacionales los utilizan en operaciones de socorro en caso de catástrofe, por ejemplo, para sobrevolar zonas inundadas o para dar apoyo a la lucha contra incendios.
Los RPAS podrían servir para elevar en el aire turbinas eólicas gigantes para producir electricidad ecológica. En el extremo opuesto de la escala, los ingenieros están trabajando en micro RPAS que podrían servir para arreglar fugas de gases o productos químicos, o que se podrían programar para imitar las abejas y polinizar las plantas.

Los RPAS presentan muchos tipos diferentes de aeronaves para prestar esos servicios que varían en términos de peso máximo de despegue desde unos gramos hasta más de diez toneladas, de velocidad máxima desde la inmovilidad sostenida hasta más de 1 000 km/h, de autonomía de vuelo desde unos minutos hasta meses, y de tecnología ascensional desde alas fijas y rotatorias hasta aparatos más ligeros que el aire. Más allá de los fabricantes y los integradores de sistemas, la industria de RPAS también incluye una amplia cadena de suministro de tecnologías capacitadoras (control de vuelo, comunicaciones, propulsión, energía, sensores, telemetría, etc.), desarrolladores de carga útil y operadores."

...

"Conclusión

Los RPAS se están convirtiendo en una realidad y pronto estarán disponibles comercialmente a escala europea. El mercado de los RPAS ofrece una oportunidad real para fomentar la creación de empleo y será una fuente de innovación y de crecimiento económico durante los años venideros, y simultáneamente supone nuevos retos relacionados con la seguridad operacional y física y con el respeto a los derechos de los ciudadanos que deben ser resueltos antes de que los RPAS puedan ser usados a gran escala en un entorno civil. La falta de normativas armonizadas en Europa y de tecnologías validadas constituye el principal obstáculo para la apertura del mercado de los RPAS en el espacio aéreo no segregado europeo. La industria reclama la adopción de medidas urgentes para el establecimiento de un marco reglamentario capacitador para los RPAS.
Es el momento adecuado para abrir el mercado de los RPAS en la UE con una combinación de las normas en vigor y de otras nuevas al nivel europeo que resuelvan todos los problemas relevantes, incluida la inserción de los requisitos de seguridad operacional y física y de protección de la intimidad y de los datos personales en las normas de la UE en vigor en estos ámbitos. Son asimismo necesarios esfuerzos de I+D para garantizar la integración progresiva de los RPAS en la aviación civil a partir de 2016.
La Comisión Europea utilizará el Programa Horizonte 2020 para acciones de apoyo a la I+D. Parte del reto actual es además el aprovechamiento inteligente de los programas industriales existentes para impulsar la competitividad de la industria y de los operadores de los RPAS. La Comisión Europea tiene asimismo la intención de presentar las propuestas legislativas oportunas para eliminar la inseguridad jurídica que obstaculiza el desarrollo del mercado europeo y para dar a los ciudadanos europeos la garantía de la máxima protección de la seguridad operacional y física y de la intimidad."

... y repito lo que siempre digo ...

Volemos de forma segura, en seguimiento de las normativas locales, y sin riesgo para terceros o sus propiedades.

Saludos!

raforo
22/04/2014, 11:55
Hola Starcopter,


Hola Raforo,

Preguntaré a mi primo, porque con tu mismo argumento, los hovercraft parece que generen su sustentación con las palas de las hélices... 11309

Je,je hojalá fuera tan listo, pero el argumento y la definición no es mía, es de la OACI y tiene más años que yo. «toda máquina que puede desplazarse en la atmósfera por reacciones del aire que no sean las reacciones del mismo contra la superficie de la tierra».

A mi tampoco me parece bien meter todo lo que vuela en un mismo paquete, pero ya sabes el dicho: Todo lo que vuela a la cazuela, y si es una máquina es una aeronave :D

Los ventiladores/rotores de los Hovercraft no consiguen suficiente sustentación para volar (desplazarse en la atmósfera), solo para crear un efecto suelo que lo separa unos centímetros del suelo, por eso OACI los quiere excluir de las aeronaves, y en esto si estoy de acuerdo con ella (modestamente). diablo

mfav
23/04/2014, 11:05
Buenos dias. No se si esta noticia la tenemos, pero por si acaso.

http://www.estrelladigital.es/articulo/espanha/fomento-prohibe-drones-volar/20140416132706192603.html


Por cierto reivindico una regulación del cierzo para mi zona. :). jeje. Un salúdo.

azoroa
23/04/2014, 11:23
Remata Fomento que los recintos completamente cerrados, como un pabellón industrial o deportivo, un centro de convenciones o un domicilio particular, no están sujetos a la jurisdicción de AESA, no forman parte del espacio aéreo, y entonces los titulares de estos recintos pueden decidir si autorizan el vuelo de drones en su interior y en qué condiciones. "Un estadio de fútbol –advierte Fomento- no tiene la consideración de recinto cerrado, a menos que su cubierta cubra la totalidad de su superficie, sin abertura ninguna".


gracias por la aclaracion

p.d muy buena noticia ,

starcopter
23/04/2014, 11:25
Buenos dias. No se si esta noticia la tenemos, pero por si acaso.

http://www.estrelladigital.es/articulo/espanha/fomento-prohibe-drones-volar/20140416132706192603.html


Por cierto reivindico una regulación del cierzo para mi zona. :). jeje. Un salúdo.

Hola mfav,

Aunque comenta extensamente la nota de AESA, aporta comentarios muy interesantes sobre la perspectiva de la UE.

Imagen del artículo; un Phantom!

Saludos!

PS. Cuando esté lista la regulación del Cierzo, apuntemos la de la Tramuntana, Garbí, Mistral, Alisios, ... jajajaj!

mfav
23/04/2014, 11:36
Muchas gracias. Aunque no suelo postear mucho me he zampado este hilo completo y otro de otra página. jaja. la verdad es que todo lo que podamos apotar es bien recibido. Y aprovecho para dar las gracias a todos . Mi opinion es (y no es nueva creo que coincidimos muchos) que esto era de esperar ante los acontecimientos ocurridos últimamente y la violación por algunos de las normas básicas para desarrollar este "hobby/negocio/etc". Por lo que pienso que las normas estarán bien, siempre que no se deniegue el uso de estas herramientas en sus zonas y con los permisos adecuados. Pero bueno al final ya sabemos lo que ocurrirá. Un saludíco desde el valle del Ebro.

Erperea
23/04/2014, 18:11
Buenas tardes. Es mi primer post en este hilo, pero lo he seguido día a día, nos iniciamos como empresa, a finales de marzo, hicimos un seguro de RC con allianz, y hoy hemos recibido un comunicado por Mail de ellos que la póliza queda sin cobertura ya que lo que cubre que como comercial y profesional necesita permisos de AESA, y no los van a conceder, así que devuelven la cuota pagada. Y me adjuntan en el Mail la maravillosa nota de AESA. No se hasta donde vamos a llegar, cuando hemos hablado con el fiscal de medioambiente de Málaga por medio de la policía local y ellos esa nota no le sirve para nada, le hemos preguntado a la guardia civil y tampoco pueden denunciar... No se hasta donde va a llegar esto...

diafragma1939
23/04/2014, 18:33
...a finales de marzo, hicimos un seguro de RC con allianz, y hoy hemos recibido un comunicado por Mail de ellos que la póliza queda sin cobertura ya que lo que cubre que como comercial y profesional necesita permisos de AESA, y no los van a conceder, así que devuelven la cuota pagada. Y me adjuntan en el Mail la maravillosa nota de AESA

Boas

…A ver donde esta el experto…?


¿De donde sacas estas cosas? ¿tu crees que una aseguradora con unos servicios jurídicos de lo mejor que puedas encontrar, va a comercializar un producto que sea ilegal? ¿de verdad te crees lo que dices?
Sinceramente, no se cuales son tus intereses, pero deja de decir... no se como calificarlo, bueno si lo sé, pero me lo voy a reservar.

diablodiablodiablodiablodiablo

Estaba claro que este era el siguiente paso, ya que las aseguradoras necesitan y de momento carecen del soporte legislativo necesario para suministrar este tipo de seguros. Y eso por mucho que algunos digan lo contrario. En caso de accidente dios os coja confesados :D.

Ciao
:cool:

imago
23/04/2014, 19:40
Bueno, esta claro que esto ya esta muy peliagudo... A nivel comercial es como todo... Hay quien se arriesga a utilizar andamios no homologados, usar escaleras para acceso donde por altura no esta permitido, no usar casco... Ahora bien, si tienes una empresa de video, fotografia, topografia ... Con uav ?? Que se supone que debes hacer ??? Si ademas es tu unica fuente de ingresos??? Hacia falta legislacion, SI. Normativas para mejorar la seguridad SI. Pero señores, de hay a prohibir un modelo de negocio en pleno auge!!!! Estamos gobernados por una panda de ineptos y mas que demostrado corruptos ( da igual el color ) que nos abocan cada vez mas a vivir en la miseria. Alguien me puede decir cuantos accidentes graves han sucedido en españa por este tipo de aeronaves/aeromodelos/drones o como cojon... Les quieran llamar??? Podemos prohibir el uso de coches, motos, alcohol, tabaco.... No son acaso mas peligrosos??? Las estadisticas dicen que si. Nos hemos vielto todos un poco tontitos con el tema drones, cuando el unico interes que tiene el gobierno al regular esto no es otro que su trozo del pastel. Ya lo dije varias veces, somos una republica bananera pero con corbata... Pero es lo que hay. No nos podemos quejar, en estos ultimos años nos han quitado tanto y dado tanta leña que no tenemos fuerza ni para quejarnos. En fin paciencia compañeros, lo peor esta por venir 😤


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azoroa
24/04/2014, 08:22
creo que tenemos que separar lo que es el uso profesional y el uso particular ,
los que lo usan como profesional creo muy logico el que este regulado como todos los negocios
( bares, talleres,dentistas)pagan unos impuestos porque de ello se saca un beneficio
a partir de aquí que nos incluyan a los que vamos volar por simple hobby lo encuentro fuera de sitio , y creo que le estamos dando demasiada atención a esto ,
separemos profesionales a simple hobby

Jaime135
24/04/2014, 08:33
creo que tenemos que separar lo que es el uso profesional y el uso particular ,
los que lo usan como profesional creo muy logico el que este regulado como todos los negocios
( bares, talleres,dentistas)pagan unos impuestos porque de ello se saca un beneficio
a partir de aquí que nos incluyan a los que vamos volar por simple hobby lo encuentro fuera de sitio , y creo que le estamos dando demasiada atención a esto ,
separemos profesionales a simple hobby

Eso hay que puntualizarlo, evidentemente a nivel fiscal debe haber una diferenciación entre volar por hobby y volar por trabajo, igual que es diferente jugar al fútbol con los amigos los domingos y ganarse la vida como futbolista, pero a nivel de seguridad todos deberíamos de cumplir las mismas normas, sean estas las que sean.

Ainur
25/04/2014, 18:27
Boas

…A ver donde esta el experto…?



diablodiablodiablodiablodiablo

Estaba claro que este era el siguiente paso, ya que las aseguradoras necesitan y de momento carecen del soporte legislativo necesario para suministrar este tipo de seguros. Y eso por mucho que algunos digan lo contrario. En caso de accidente dios os coja confesados :D.

Ciao
:cool:

Que se me corrija si estoy equivocado, pero con respecto al tema de los seguros creo que la cosa funciona de esta manera.

Pondré un ejemplo de otro ámbito para que se entienda mejor:

Si un trabajador tiene un accidente laboral, el seguro obligatorio de la empresa hará frente a la indemnización correspondiente, es decir, paga en función de los daños sufridos por este (siempre y cuando estén cubiertos por la póliza contratada).
Independientemente, la autoridad laboral, realizará una investigación con el fin de aclarar responsabilidades. En caso de negligencia por parte del empresario, este será juzgado y condenado. La pena puede ser económica y/o de privación de libertad.
Aun en el caso de que sea una condena penal al empresario, el seguro ya habrá pagado la indemnización a la que se comprometió en su póliza y no servirá de excusa para no pagar, la posterior condena.

En resumidas cuentas, en mi opinión son cosas paralelas.

Yo contrato un seguro para el multicoptero y pago la póliza correspondiente, tengo un accidente y causo unos daños. Siempre y cuando esos daños y circunstancias en las que ocurren, estén contempladas en la póliza, el seguro pagará a los damnificados.
Luego vendrá la policía, investigará las circunstancias. Si estoy realizando algo ilegal, levantarán una testado y posiblemente me detengan si la cosa es grave. En el mejor de los casos, tendré que pagar una multa que saldrá de mi bolsillo (no del seguro) y que irá a las arcas del estado, no a los damnificados, en el peor, puede caer una sanción penal.

Creo que la cosa es mas o menos así, si no que alguien que sepa de estos temas me corrija.

Saludos

noxxxfaxx
25/04/2014, 18:54
Nadie hace seguros para empresas y el que lo haga os está timando, hasta que no salga una ley nadie los puede hacer.


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jminguez
26/04/2014, 10:12
hay sitios donde la nueva normativa se la pasan por el forro. Acabo de leer una noticia donde en la fiestas de Figueras, en el Alt empordà (gerona), usaran un dron para hacer grabaciones de las fiestas. Es decir incumpliendo la normativa y la mas importante " no se podra volar sobre nucleos urbanos" y "sobre gente"

http://www.diaridegirona.cat/alt-emporda/2014/04/25/tres-pantalles-digitals-drone-prenent/666705.html

Yo no estaria tranquilo disfrutando de las fiestas y viendo como sobrevuelan mi cabeza....

Mario_Santander
26/04/2014, 12:21
hay sitios donde la nueva normativa se la pasan por el forro. Acabo de leer una noticia donde en la fiestas de Figueras, en el Alt empordà (gerona), usaran un dron para hacer grabaciones de las fiestas. Es decir incumpliendo la normativa y la mas importante " no se podra volar sobre nucleos urbanos" y "sobre gente"

http://www.diaridegirona.cat/alt-emporda/2014/04/25/tres-pantalles-digitals-drone-prenent/666705.html

Yo no estaria tranquilo disfrutando de las fiestas y viendo como sobrevuelan mi cabeza....

Pero es que esto hace 6 meses tampoco se podía y se hacía… con el comunicado de AESA no se ha dicho nada nuevo… o eso entiendo yo

noxxxfaxx
26/04/2014, 16:01
Correcto, esto antes era igual lo unico que antes lo hacian 4 y ahora lo hacemos unos pocos mas


Del asfalto al cielo...

Bichobola
28/04/2014, 07:25
Si un trabajador tiene un accidente laboral, el seguro obligatorio de la empresa hará frente a la indemnización correspondiente, es decir, paga en función de los daños sufridos por este (siempre y cuando estén cubiertos por la póliza contratada).
Hola Ainur,

Me he permitido marcar en rojo la parte de tu mensaje que creo esencial... Por aquello de que no existe un seguro obligatorio en tanto una norma con capacidad de obligar establezca que debe constratarse.



hay sitios donde la nueva normativa se la pasan por el forro. Acabo de leer una noticia donde en la fiestas de Figueras, en el Alt empordà (gerona), usaran un dron para hacer grabaciones de las fiestas. Es decir incumpliendo la normativa y la mas importante " no se podra volar sobre nucleos urbanos" y "sobre gente"
Hola Jminguez,

¿Sabrías cuál es esa nueva normativa que tenemos que cumplir? ¿Y dónde pone que no se pueda volar sobre "suelo urbano"? ¿Y -con independencia de la política de este foro- dónde dice que no se pueda volar sobre gente?

splinter
28/04/2014, 08:04
Pues segun tengo entendido, la normativa de aeromodelos a radiocontrol es la que te dice que no vueles en entorno urbano. Aunque cada ayuntamiento puede modificarla (no se hasta que punto.), dudo que permitan volar dentro de una ciudad por hobby.

Y otro detalle es que si un policia te ve volar en medio de la ciudad, a su criterio puede decir que estas poniendo en riesgo la seguridad ciudadana y meterte un "puro" y esto te lo digo con conocimiento de causa. Ya que por andar en monociclo me metieron una bronca escandalosa; y eso que la ley dice que "vehiculos de velocidad peatonal, deben ir por la acera sin hacer zig-zag". El policía me dejo muuuuuy claro que si el considera que pongo al alguien en peligro me puede empaquetar. De echo terminó por prohibirme andar en "su calle". (Cosas de poli duro y aguerrido:D)

azoroa
28/04/2014, 08:12
estamos dando demasiada letra a esto , y lo que hacemos es poner mas leña al fuego entre nosotros mismos, quien no a visto volar helicopteros escala 1:1 o sea de verdad por encima de gente a poca altura , pasa algo ; ultraligeros , avionetas haciendo exibiciones y caerse al suelo en medio de gente y por fortuna no pasar nada, lo emiten por la tv y no pasa nada

elpet
28/04/2014, 08:25
estamos dando demasiada letra a esto , y lo que hacemos es poner mas leña al fuego entre nosotros mismos, quien no a visto volar helicopteros escala 1:1 o sea de verdad por encima de gente a poca altura , pasa algo ; ultraligeros , avionetas haciendo exibiciones y caerse al suelo en medio de gente y por fortuna no pasar nada, lo emiten por la tv y no pasa nada

Cuidado que te van a masacrar con los biturbina, las revisiones , las licencias y permisos y mil y una cosas más, que intentaran hacer entender que volar un heli escala real es menos peligroso y es imposible que caiga... mientras que un multi puede masacrar a una multitud.

Realmente la notita de las narices que algunos se han sacado de la manga ha hecho su efecto, conozco a 2 personas que se ganaban la vida con esto y lo han dejado totalmente acojonados. VIVA FOMENTO, que como su nombre indica, solo sirve para fomentar el enriquecimineto de unos pocos en detrimento de los que realmente trabajan.

Seguid haciendoles el juego, seguid...

Bichobola
28/04/2014, 08:28
Pues segun tengo entendido, la normativa de aeromodelos a radiocontrol es la que te dice que no vueles en entorno urbano. Aunque cada ayuntamiento puede modificarla (no se hasta que punto.), dudo que permitan volar dentro de una ciudad por hobby.
Verás Splinter, lo que diferencia un estado de derecho de una dictadura democrática es precisamente que la actuación de los poderes públicos debe estar sometida al imperio de la ley. Eso significa que no te pueden multar por llevar el pelo verde si una norma -previamente- no lo prohibe.

Ganaríamos todos en este hilo si nos dejamos de vudús y nos curramos buscar la normativa -o cuando menos, leer este hilo desde el principio, porque hace unas cuantas páginas habíamos llegado a algunas conclusiones. Por favor, no sigamos con lo de "tengo entendido" o "me ha dicho un amigo policía" o "en mi seguro que deben de tener muy buen equiop de abogados..." y centrémonos. La (única) normativa de aeromodelos vigente a día de hoy que limita o restringe el vuelo se refiere a exihibiciones públicas. No hay nada referido a "entorno urbano", "población habitada", "gente"...



Y otro detalle es que si un policia te ve volar en medio de la ciudad, a su criterio puede decir que estas poniendo en riesgo la seguridad ciudadana y meterte un "puro" y esto te lo digo con conocimiento de causa. Ya que por andar en monociclo me metieron una bronca escandalosa; y eso que la ley dice que "vehiculos de velocidad peatonal, deben ir por la acera sin hacer zig-zag". El policía me dejo muuuuuy claro que si el considera que pongo al alguien en peligro me puede empaquetar. De echo terminó por prohibirme andar en "su calle". (Cosas de poli duro y aguerrido:D)
Una de las garantías del estado de derecho es precisamente la prohibición de la interdicción en la actuación de los poderes públicos. Eso significa que un polícía no *debe* actuar por instinto sino que su actividad debe estar reglada. No se puede multar a alguien por hacer algo que no está prohibido y la prohibición es un acto normativo, no discrecional. No quiere eso decir que no pueda haber policías que actúen indebidamente, pero siempre que ha salido alguien diciendo que tiene un primo al que han multado hemos pedido que dé detalles sobre la multa y seguimos sin saber nada.

A diferencia de lo que pasó con el vídeo de ¿era Nancy?, en Francia está penado el delito de riesgo, pero no aquí, al menos por ahora. Si alguno tenéis información concreta, por favor no dejéis de darla en beneficio de todos, pero intentemos pasar de anécdotas y el vecino del primo del enterado, porque no llegamos a ninguna parte.

azoroa
28/04/2014, 10:02
elpet tienes razon , yo sigo volando mi multi en zonas limpias ,libres etc etc , filmando para mi gozo y de mis colegas y compartiendo mis videos con gente que alucina y aplauden

ccostas
28/04/2014, 12:05
Nadie hace seguros para empresas y el que lo haga os está timando, hasta que no salga una ley nadie los puede hacer.


Enviado desde mi iPad con Tapatalk

¿Me puedes decir de donde sacas esto?
La verdad es que voy a empezar a pasar de estos "aportes" por llamarlos de alguna manera.
Tan solo os diré que un cliente, el cual está asegurado conmigo, sin timarlo por cierto, ha conseguido los dichosos permisos de AESA para realizar un trabajo en concreto. A lo mejor lo que pasa es que este cliente es un profesional de verdad y no un abrazafarolasmiprimomehadicho...
Un saludo...

noxxxfaxx
28/04/2014, 12:12
Mira me saque el seguro contigo hace unos meses junto con un par de amigos, y tus compañeros de generali y varias empresas me lo han dicho asi k el abrazafarolas lo sera tu puta madre. A ver si te informas en tu propia empresa y preguntas a las demás como por ejemplo http://www.segurosaviacion.es/ k es muchisimo mas fiable k la mierda de generali la cual desde luego ya no pienso renovar. Y de primeras a ver si primero hablas sin faltar que aki nadie te ha faltado el respesto payaso.

Cualquier castigo por los admins me es merecido, como si me kieren banear, me atengo a las consecuencias de mi palabras.


Del asfalto al cielo...

noxxxfaxx
28/04/2014, 12:41
Para mas inri acabamos de llamar a easa desde una empresa y no se facilita ningun permiso para ninguna aeronave o nave no tripulada.


Del asfalto al cielo...

noxxxfaxx
28/04/2014, 12:42
No se a k easa has llamado tu, pero vamos a la que he llamado yo desde luego k no, y ya si quieres les preguntas por los seguros y asi te aclaras.


Del asfalto al cielo...

ccostas
28/04/2014, 12:53
Mira me saque el seguro contigo hace unos meses junto con un par de amigos, y tus compañeros de generali y varias empresas me lo han dicho asi k el abrazafarolas lo sera tu puta madre. A ver si te informas en tu propia empresa y preguntas a las demás como por ejemplo http://www.segurosaviacion.es/ k es muchisimo mas fiable k la mierda de generali la cual desde luego ya no pienso renovar. Y de primeras a ver si primero hablas sin faltar que aki nadie te ha faltado el respesto payaso.

Cualquier castigo por los admins me es merecido, como si me kieren banear, me atengo a las consecuencias de mi palabras.


Del asfalto al cielo...

Sin entrar en las perlas que has soltado, te calificas tu mismo, te diré que lo que tu tienes hecho es un seguro para uso particular, totalmente vigente y sin ningún problema.
Por otro lado, no se con quien has hablado en Generali, a lo mejor fue con Calleja, pero actualmente se siguen comercializando, tanto las pólizas para uso particular, como las pólizas de uso profesional, con lo que revisa tu fuente o si prefieres llamas directamente a Generali y que allí te informen.
De todas formas la nota de marras a conseguido su objetivo, que no era otro que hacer una criba, o selección, o limpieza o como quieras llamarle, cosa por otro lado que leyendo lo que se lee, le va a venir de perlas al sector.
Un saludo y la próxima vez que mentes a mi madre, piensa antes en la tuya...

Henry
28/04/2014, 12:54
No se a k easa has llamado tu, pero vamos a la que he llamado yo desde luego k no, y ya si quieres les preguntas por los seguros y asi te aclaras.


Del asfalto al cielo...


¿Me puedes decir de donde sacas esto?
La verdad es que voy a empezar a pasar de estos "aportes" por llamarlos de alguna manera.
Tan solo os diré que un cliente, el cual está asegurado conmigo, sin timarlo por cierto, ha conseguido los dichosos permisos de AESA para realizar un trabajo en concreto. A lo mejor lo que pasa es que este cliente es un profesional de verdad y no un abrazafarolasmiprimomehadicho...
Un saludo...

Carlos tus comentarios y formas son bastante incendiari@s, no lo digo solo por este incidente con noxfax q esta ya baneado. Sirva esto de warning 1/2 para ti, no habrá segundo aviso.

Enviado desde mi Nexus 5 mediante Tapatalk

ccostas
28/04/2014, 12:57
Carlos tus comentarios y formas son bastante incendiari@s, no lo digo solo por este incidente con noxfax q esta ya baneado. Sirva esto de warning 1/2 para ti, no habrá segundo aviso.

Enviado desde mi Nexus 5 mediante Tapatalk

Puede ser, no te diré que no, pero cuando te llaman estafador de esa manera, cuesta un poco ser correcto. Lo tendré en cuenta para otras veces de todas formas. Un saludo...

splinter
28/04/2014, 13:06
Verás Splinter, lo que diferencia un estado de derecho de una dictadura democrática es precisamente que la actuación de los poderes públicos debe estar sometida al imperio de la ley. Eso significa que no te pueden multar por llevar el pelo verde si una norma -previamente- no lo prohibe.

Ganaríamos todos en este hilo si nos dejamos de vudús y nos curramos buscar la normativa -o cuando menos, leer este hilo desde el principio, porque hace unas cuantas páginas habíamos llegado a algunas conclusiones. Por favor, no sigamos con lo de "tengo entendido" o "me ha dicho un amigo policía" o "en mi seguro que deben de tener muy buen equiop de abogados..." y centrémonos. La (única) normativa de aeromodelos vigente a día de hoy que limita o restringe el vuelo se refiere a exihibiciones públicas. No hay nada referido a "entorno urbano", "población habitada", "gente"...



Una de las garantías del estado de derecho es precisamente la prohibición de la interdicción en la actuación de los poderes públicos. Eso significa que un polícía no *debe* actuar por instinto sino que su actividad debe estar reglada. No se puede multar a alguien por hacer algo que no está prohibido y la prohibición es un acto normativo, no discrecional. No quiere eso decir que no pueda haber policías que actúen indebidamente, pero siempre que ha salido alguien diciendo que tiene un primo al que han multado hemos pedido que dé detalles sobre la multa y seguimos sin saber nada.

A diferencia de lo que pasó con el vídeo de ¿era Nancy?, en Francia está penado el delito de riesgo, pero no aquí, al menos por ahora. Si alguno tenéis información concreta, por favor no dejéis de darla en beneficio de todos, pero intentemos pasar de anécdotas y el vecino del primo del enterado, porque no llegamos a ninguna parte.


Perdona si mis entendederas no llegan al nivel requerido. Pero estoy leyendo este hilo desde el primer día. Y "cualquier aeromodelo a radiocontrol tiene que volar en un sitio habilitado para ello" luego si el sitio no está habilitado, no se puede volar.

Otro tema es entrando en el asunto profesional, en el que hay una gran controversia.

Y según entiendo las garantías de derecho que explicas, ¿me permitirían hacer malabares con motosierras en medio de la calle mas concurrida dr mi ciudad y ningun policía me puede decir que no lo haga? Por que no creo que exista una norma especifica al respecto. No lo pongo para faltarbal respeto ni para quitar razón a nadie. Lo pregunto a ver si alguna vez comprendo esto.

P.D.: no hago vudú, interpreto lo que leo de la mejor manera que me da mi sesera de fumeta.

Novatus Maximus
28/04/2014, 17:38
No es por meter mas cizaña pero mirad lo que encontré, como dicen por ahí... el que quiera saber.... a Salamanca.... y encima todos a saludar al sargento de turno.

http://www.lagacetadesalamanca.es/salamanca/2014/04/17/universidad-formara-operadores-drones-ayuda-ejercito/116325.html

mfav
28/04/2014, 18:22
http://noticias.lainformacion.com/economia-negocios-y-finanzas/transporte/ciu-pregunta-manana-a-pastor-en-el-congreso-por-que-prohibe-los-drones-de-uso-comercial-en-vez-de-regularlos_p7IsIgKnVPXVjCYa91vtj3/

Pauantich
28/04/2014, 20:35
Responde a la actitud autoritaria de prohibir todo lo q no se és capaz de regular o entender. Veremos q dice la Mato mañana.


www.ifoto3d.com

nxdiez
28/04/2014, 20:52
No voy a hacer de abogado del diablo, pero por ahora solo han recordado que ya estaba prohibido o desregulado... Y ahora están estudiando la manera de regularlo... Otra cosa es que cuando lo acaben de regular dejen a alguien contento...

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Javier G.
28/04/2014, 21:14
estoy preocupado por el tema y me gustaria que me lo confirmases; el seguro que pague por el Phantom (Generali) vale o no vale..por cierto cuando quieras me envias el presupuesto del equipo fotográfico.

te envie un privado..pero viendo que no respondes lo hago por lo publico.

Henry
28/04/2014, 22:24
estoy preocupado por el tema y me gustaria que me lo confirmases; el seguro que pague por el Phantom (Generali) vale o no vale..por cierto cuando quieras me envias el presupuesto del equipo fotográfico.

te envie un privado..pero viendo que no respondes lo hago por lo publico.

Javier el tema de seguros lo tratais en otro hilo por favor, aquí se esta hablando de otra cosa.

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Javier G.
29/04/2014, 06:57
Javier el tema de seguros lo tratais en otro hilo por favor, aquí se esta hablando de otra cosa.

Enviado desde mi Nexus 5 mediante Tapatalk

Ok, mil disculpas.. si quieres muévelo al hilo correcto.

saludos

Megaboeing
29/04/2014, 21:58
Aqui todos preocupados, sin grabar y sin trabajar, pero mañana sale el espabilado de turno que no
sabe nada de la nota de AESA y compra el phantom con su gopro y se hincha de volar y grabar por
donde le da la gana y nadie le dice nada y va ofreciendo sus servicios profesionales a to quiski...

Y nadie dice nada... nadie sabe nada...

Que haces? lo denuncias? haces lo mismo que el? Bah! que asco...

Tinacen
29/04/2014, 23:06
Aqui todos preocupados, sin grabar y sin trabajar, pero mañana sale el espabilado de turno que no
sabe nada de la nota de AESA y compra el phantom con su gopro y se hincha de volar y grabar por
donde le da la gana y nadie le dice nada y va ofreciendo sus servicios profesionales a to quiski...

Y nadie dice nada... nadie sabe nada...

Que haces? lo denuncias? haces lo mismo que el? Bah! que asco...


Si encima nos ponemos a denunciarnos entre nosotros pues apaga y vamonos...

Julius
29/04/2014, 23:08
Pues navegando por SAN GOOGLE me encontrado esta pagina en el que se habla mucho sobre el "tema de la apotema" y donde hay unos cuantos "power points" con ponencias de "gente que sabe del tema" y de las inquietudes de AESA y ponentes, a la hora de tratar y regular el tema de los RPAS . . . .

http://catedraisdefe.etsit.upm.es/2014/04/22/ponencias-del-curso-sobre-sistemas-aereos-pilotados-de-forma-remota-rpas/

Id lleyendo las ponencias que son muy interesantes. . . . .

Las conclusiones aqui para flipar:

http://catedraisdefe.etsit.upm.es/wp-content/uploads/2014/04/Ponencia-M-O%C3%91ATE-RPAS-2014.pdf

Aqui algo de lo que piensa AESA en la regulacion:
http://catedraisdefe.etsit.upm.es/wp-content/uploads/2014/04/Ponencia-JM-RAMIREZ-CIRIZA-RPAS-2014.pdf

jminguez
30/04/2014, 08:57
Hola Jminguez,

¿Sabrías cuál es esa nueva normativa que tenemos que cumplir? ¿Y dónde pone que no se pueda volar sobre "suelo urbano"? ¿Y -con independencia de la política de este foro- dónde dice que no se pueda volar sobre gente?

Bichobola, yo me refiero siempre sobre el informe de aesa, lo pone que no se podra sobrevolar sobre gente. Otra cosa diferente es por seguridad del que este abajo. Se puede ser muy bueno y con mucha experiencia con los multi pero sabemos que siempre puede fallar algo por mala suerte.
Al escrito de aesa me remito "Los aeromodelos vuelan por debajo de los 100 metros de altura y no pueden volar sobre núcleos urbanos ni sobre grupos de población (playas, conciertos, las calles de cualquier ciudad, etc…). Deben volar en zonas habilitadas para ello"

wolfwood
30/04/2014, 09:38
Quereis ver la última ?

http://tiendas.mediamarkt.es/p/accesorio-gopro-dji-drone-phantom-2-zenmuse-h3-2d-1224144

por 800 euritos, cagate lorito, con su gopro + zemuse 2D

¿ Ahora qué ? ¿ahora es legal ? No creo que el chavalin que se lo compre lo haga para volarlo en el comedor de su casa, pues segun esa publicidad "podrás lanzar tus videos y fotos a volar a 1 Km de distancia y 300 metros de altura"

EN FIN.....

calber
30/04/2014, 10:07
La regularización llevará sus tasas correspondientes.Se trata de que no se vuele gratis. Y si, los phantom del Yo no soy Tonto hacen pensar que están intentando regular a los hotwheels.
Ta gracioso la situción. Yo seguiré furtivo, como en otras tantas cosas.

Jaime135
30/04/2014, 10:38
Bichobola, yo me refiero siempre sobre el informe de aesa, lo pone que no se podra sobrevolar sobre gente. Otra cosa diferente es por seguridad del que este abajo. Se puede ser muy bueno y con mucha experiencia con los multi pero sabemos que siempre puede fallar algo por mala suerte.
Al escrito de aesa me remito "Los aeromodelos vuelan por debajo de los 100 metros de altura y no pueden volar sobre núcleos urbanos ni sobre grupos de población (playas, conciertos, las calles de cualquier ciudad, etc…). Deben volar en zonas habilitadas para ello"

No incluye la gopro, y además está agotado, se debe haber vendido bien diablo

pere_gs
30/04/2014, 10:45
No incluye la gopro, y además está agotado, se debe haber vendido bien diablo
Pues ayer salió el anuncio por la tele (no recuerdo la cadena) por 779€ con gopro incluida. No me dio tiempo a ver los detalles pero me quede alucinado..... :flipo:

Bichobola
30/04/2014, 11:42
Bichobola, yo me refiero siempre sobre el informe de aesa, lo pone que no se podra sobrevolar sobre gente. Otra cosa diferente es por seguridad del que este abajo. Se puede ser muy bueno y con mucha experiencia con los multi pero sabemos que siempre puede fallar algo por mala suerte.
Al escrito de aesa me remito "Los aeromodelos vuelan por debajo de los 100 metros de altura y no pueden volar sobre núcleos urbanos ni sobre grupos de población (playas, conciertos, las calles de cualquier ciudad, etc…). Deben volar en zonas habilitadas para ello"
Hola Jminguez, en pocas palabras (lo pongo en grande para que la gente lo vea):

La nota de la AESA NO es normativa, NO tiene capacidad de obligar

Pauantich
30/04/2014, 12:52
Hola Jminguez, en pocas palabras (lo pongo en grande para que la gente lo vea):

La nota de la AESA NO es normativa, NO tiene capacidad de obligar

Así es, lo que pasa es que si q hay una normativa muy restrictiva. Hasta ahora los drones se encontraban en una situación de vacío legal, y la nota se encarga de ubicarlos claramente bajo esta jurisdicción de forma preventiva hasta que elabore una normativa específica. Mientras, delega la concesión de permisos y control a las comunidades autónomas y corporaciones locales.


www.ifoto3d.com

dedalo7002
30/04/2014, 16:00
Así es, lo que pasa es que si q hay una normativa muy restrictiva. Hasta ahora los drones se encontraban en una situación de vacío legal, y la nota se encarga de ubicarlos claramente bajo esta jurisdicción de forma preventiva hasta que elabore una normativa específica. Mientras, delega la concesión de permisos y control a las comunidades autónomas y corporaciones locales.


"En España no está permitido el uso de drones para aplicaciones civiles (para uso militar existe una normativa que permite su operación exclusivamente en espacio aéreo segregado).
Es decir, no está permitido, y nunca lo ha estado, el uso de aeronaves pilotadas por control remoto con fines comerciales o profesionales" y añade: "La realización de trabajos especializados (también llamados trabajos aéreos), como son las filmaciones aéreas, los de vigilancia, de detección y / o extinción de incendios, de cartografía, de inspección, etc., tal como indican los artículos 150 y 151 de la Ley 48/1960 sobre
Navegación Aérea, requiere autorización por parte de AESA, y hasta que no esté aprobada la nueva normativa específica que regule el uso de este tipo de aparatos, AESA no puede emitir dichas autorizaciones porque carece de base legal para ello."

lo de las Comunidades Autónomas y corporaciones locales se refiere a aeromodelos, no a drones porque: "La actividad del Aeromodelismo la regula la Real Federación Aeronáutica de España y además, cada Comunidad Autónoma y cada Municipio puede tener su regulación sobre esta práctica deportiva o lúdica, aunque siempre deben respetar la legislación aeronáutica general."

Por lo que entiendo: como aeromodelos pueden volar en campos de vuelo federados o de un club, donde una Comunidad Autónoma o Corporación local lo autorice expresamente o donde una Comunidad Autónoma o corporación local no lo prohíba expresamente y siempre que no se vulnere ninguna otra norma bien sea de seguridad o de otro tipo (volar sobre poblaciones, aglomeraciones de gente, carreteras, autovías...)

Como drones, que son aeromodelos realizando actividades comerciales, se consideran aeronaves y por lo tanto no deben realizar estas actividades en ninguna circunstancia porque necesitan permiso expreso de AESA, que es la única entidad con competencia para conceder esos permisos, nada de Comunidades Autónomas ni corporaciones locales, y ésta no lo puede dar por no existir base legal para hacerlo, a menos que el vuelo se realice en un recinto totalmente cubierto.

wolfwood
30/04/2014, 17:54
Pues ayer salió el anuncio por la tele (no recuerdo la cadena) por 779€ con gopro incluida. No me dio tiempo a ver los detalles pero me quede alucinado..... :flipo:

si q lo está, me equivoqué de link: :caca::caca:

http://tiendas.mediamarkt.es/p/pack-drone-videocamara-dji-phantom-2-gopro-hero3-white-edition-200002051

Jaime135
30/04/2014, 18:23
si q lo está, me equivoqué de link: :caca::caca:

http://tiendas.mediamarkt.es/p/pack-drone-videocamara-dji-phantom-2-gopro-hero3-white-edition-200002051

Si, pero ese no lleva zenmuse

splinter
01/05/2014, 08:29
De la noticia de mediamark, se esta hablando en otro hilo

Bichobola
05/05/2014, 07:39
Así es, lo que pasa es que si q hay una normativa muy restrictiva. Hasta ahora los drones se encontraban en una situación de vacío legal, y la nota se encarga de ubicarlos claramente bajo esta jurisdicción de forma preventiva hasta que elabore una normativa específica. Mientras, delega la concesión de permisos y control a las comunidades autónomas y corporaciones locales.
Decididamente, hemos entrado en bucle.

La Nota NO es normativa. No ubica nada... es sólo opinión. Normativa es algo con capacidad de obligar (por ejemplo, una Ley, un Decreto... y por razones expuestas en las precedentes 35 páginas de este hilo, la Nota no tiene capacidad de tipificar infracciones ni mucho menos delegar competencias (que es a su vez una competencia reservada a normas con rango de ley).

El "vacío legal" no es nada malo. Hay muchas actividades no reguladas y no por ello son ilegales.





"En España no está permitido el uso de drones para aplicaciones civiles (para uso militar existe una normativa que permite su operación exclusivamente en espacio aéreo segregado).
Es decir, no está permitido, y nunca lo ha estado, el uso de aeronaves pilotadas por control remoto con fines comerciales o profesionales" y añade: "La realización de trabajos especializados (también llamados trabajos aéreos), como son las filmaciones aéreas, los de vigilancia, de detección y / o extinción de incendios, de cartografía, de inspección, etc., tal como indican los artículos 150 y 151 de la Ley 48/1960 sobre
Navegación Aérea, requiere autorización por parte de AESA, y hasta que no esté aprobada la nueva normativa específica que regule el uso de este tipo de aparatos, AESA no puede emitir dichas autorizaciones porque carece de base legal para ello."

lo de las Comunidades Autónomas y corporaciones locales se refiere a aeromodelos, no a drones porque: "La actividad del Aeromodelismo la regula la Real Federación Aeronáutica de España y además, cada Comunidad Autónoma y cada Municipio puede tener su regulación sobre esta práctica deportiva o lúdica, aunque siempre deben respetar la legislación aeronáutica general."

Por lo que entiendo: como aeromodelos pueden volar en campos de vuelo federados o de un club, donde una Comunidad Autónoma o Corporación local lo autorice expresamente o donde una Comunidad Autónoma o corporación local no lo prohíba expresamente y siempre que no se vulnere ninguna otra norma bien sea de seguridad o de otro tipo (volar sobre poblaciones, aglomeraciones de gente, carreteras, autovías...)

Como drones, que son aeromodelos realizando actividades comerciales, se consideran aeronaves y por lo tanto no deben realizar estas actividades en ninguna circunstancia porque necesitan permiso expreso de AESA, que es la única entidad con competencia para conceder esos permisos, nada de Comunidades Autónomas ni corporaciones locales, y ésta no lo puede dar por no existir base legal para hacerlo, a menos que el vuelo se realice en un recinto totalmente cubierto.
La Federación/s y los clubes carecen de capacidad normativa. Por favor no entremos en bucle.

Es necesaria autorización siempre que exista normativa precedente que la requiera. En este caso NO es necesaria ninguna autorización para volar, filmar, vigilar... con un dron, fuera de la relativa a protección de datos. Algún incompetente en AESA -al que por cierto pagamos todos- ha tenido la desfachatez de crear y difundir la famosa "nota" que contiene perlas como la de "tripulados a distancia" y que no deja de tener la misma validez normativa que una rueda de prensa (o sea, ninguna). No nos dejemos llevar por el caos.

La UNICA situación regulada es la participación en exhibiciones aéreas. El uso comercial de drones nunca ha estado prohibido ni lo está en la actualidad.

splinter
05/05/2014, 10:09
Ol. Perfecto. Entonces ¿si vuelo sobre una ciudad sea por hobby o por trabajo, no me pueden decir nada?

Pauantich
05/05/2014, 11:35
Decididamente, hemos entrado en bucle.

La Nota NO es normativa. No ubica nada... es sólo opinión. Normativa es algo con capacidad de obligar (por ejemplo, una Ley, un Decreto... y por razones expuestas en las precedentes 35 páginas de este hilo, la Nota no tiene capacidad de tipificar infracciones ni mucho menos delegar competencias (que es a su vez una competencia reservada a normas con rango de ley).

El "vacío legal" no es nada malo. Hay muchas actividades no reguladas y no por ello son ilegales.





La Federación/s y los clubes carecen de capacidad normativa. Por favor no entremos en bucle.

Es necesaria autorización siempre que exista normativa precedente que la requiera. En este caso NO es necesaria ninguna autorización para volar, filmar, vigilar... con un dron, fuera de la relativa a protección de datos. Algún incompetente en AESA -al que por cierto pagamos todos- ha tenido la desfachatez de crear y difundir la famosa "nota" que contiene perlas como la de "tripulados a distancia" y que no deja de tener la misma validez normativa que una rueda de prensa (o sea, ninguna). No nos dejemos llevar por el caos.

La UNICA situación regulada es la participación en exhibiciones aéreas. El uso comercial de drones nunca ha estado prohibido ni lo está en la actualidad.

De acuerdo, bien! No más bucles en el hilo! A ver... Si alguien sabe de alguna norma que prohíba el uso de multis para grabación aérera que publique el párrafo concreto de la ley q así lo estipula ( no valen links a publicaciones del BOE con 700 páginas ni notas de prensa ni declaraciones de Rita la Fantástica)

Pauantich
05/05/2014, 11:41
También los de CIU preguntaron la semana pasada a la ministra Pastor sobre este tema en concreto. No sabemos nada?

pixurro
06/05/2014, 08:54
También los de CIU preguntaron la semana pasada a la ministra Pastor sobre este tema en concreto. No sabemos nada?

Se anulo la pregunta por que la ministra estaba en con el rey en dubai, creo que este miércoles le preguntaran.

C&Bfoto
06/05/2014, 12:46
Que jaleo tiene la gente montado con este tema. Demasiado alarmismo creo yo. El sábado pasado realice uno de mis trabajos, plena plaza de un pueblo de aquí en Extremadura. Salida de novios en una iglesia y posterior reportaje. Permiso concedido para realizar el trabajo por el ayuntamiento. Policía local presente en todo momento, solo nos llamaron la atención para interesarse por el cacharro. Lo que digo.....demasiado alarmismo por aquí, la realidad parece bien distinta, al menos por estos lares, jeje

starcopter
06/05/2014, 14:12
Que jaleo tiene la gente montado con este tema. Demasiado alarmismo creo yo. El sábado pasado realice uno de mis trabajos, plena plaza de un pueblo de aquí en Extremadura. Salida de novios en una iglesia y posterior reportaje. Permiso concedido para realizar el trabajo por el ayuntamiento. Policía local presente en todo momento, solo nos llamaron la atención para interesarse por el cacharro. Lo que digo.....demasiado alarmismo por aquí, la realidad parece bien distinta, al menos por estos lares, jeje

... pues creo que la manera correcta de proceder es justo como tú lo planteas.

Con autorización local difícilmente nadie te dirá nada.

Y ante la nueva normativa, ya veremos qué sale ...

Saludos!

Gasman
06/05/2014, 17:45
Imagino que tambien debe ser en funcion de las comunidades... No sera lo mismo pedir autorizacion a la policia de un pueblo de extremadura que a la policia de Madrid por ejemplo, estos seguramente seran mas estrictos...

C&Bfoto
06/05/2014, 17:47
Imagino que tambien debe ser en funcion de las comunidades... No sera lo mismo pedir autorizacion a la policia de un pueblo de extremadura que a la policia de Madrid por ejemplo, estos seguramente seran mas estrictos...

Si, eso seguro.

diafragma1939
06/05/2014, 19:19
Boas

...si, sobre todo porque ninguna autoridad local tiene capacidad de decisión alguna sobre asuntos relativos al espacio aéreo nacional...

Suerte has tenido el que no hubiese ningún incidente porque ya veríamos de que te iba a servir el permiso del alcalde y la presencia de la policía municipal del pueblo.

Que nada... que esta claro claro que se le va a tener que caer el pelo a más de uno - como ya le a pasado a algún que otro propietario de Phantom por esta esquina del mundo donde le ha tocado apoquinar 25.000 dólares del ala - para que al final nos entre en la mollera.

Al César lo que es del César...

Ciao


El menda "osease" yo

lacion
06/05/2014, 21:45
yo quiero ver el primer caso en que AESA diga publicamente en una investigacion que el alcalde que firmo un permiso de estos no tiene ni idea y que es responsable por firmar ese permiso..... sobre todo sin una regulacion de por medio.

quien dice AESA dice fomento.....

azoroa
06/05/2014, 23:15
este foro es el unico que sigue alarmando a la peña , venga darle vueltas al mismo tema , nosotros mismos echamos leña al fuego , volar y dejar volar , si unas autoridades permiten volar,filmar etc etc , sabran mas ellos que nosotros , es mas seguro volar con un phantom que con un helicoptero , yo he visto barbaridades y accidente de helicopteros en campos de vuelo y solo ha quedado la pasta que vale reconstruirlo y el finde siguiente a volar y destrozar otra vez , yo mismo he tenido roturas e helicopteros y con el phantom el tiempo que llevo ni la mas minima rozadura grabando y sin grabar

splinter
07/05/2014, 08:41
este foro es el unico que sigue alarmando a la peña , venga darle vueltas al mismo tema , nosotros mismos echamos leña al fuego , volar y dejar volar , si unas autoridades permiten volar,filmar etc etc , sabran mas ellos que nosotros , es mas seguro volar con un phantom que con un helicoptero , yo he visto barbaridades y accidente de helicopteros en campos de vuelo y solo ha quedado la pasta que vale reconstruirlo y el finde siguiente a volar y destrozar otra vez , yo mismo he tenido roturas e helicopteros y con el phantom el tiempo que llevo ni la mas minima rozadura grabando y sin grabar

El tema de discusión no es si somos alarmistas o no. El tema es sobre la normativa y cada uno la está interpretando a su ma era, ya que para algunos sigue siendo un poco confuso.

Si quieres hablar sobre lo alarmistas que somos, habre un hilo especifico.

Por favor, si no os gusta el tema, no participeis. Lo que no es normal es que se este hablando de como somos los usuarios del foro.
Repito: este hilo es para hablar sobre la legalidad del vuelo con multicopteros. No para hablar sobre los usuarios del foro.

Bichobola
07/05/2014, 08:59
El tema de discusión no es si somos alarmistas o no. El tema es sobre la normativa y cada uno la está interpretando a su ma era, ya que para algunos sigue siendo un poco confuso.

Ha llegado a mis manos la siguiente respuesta de AESA, que creo que despeja todas las dudas:


11688

ferpenas
07/05/2014, 09:02
Y con lo expuesto por BichoBola ya se debería cerrar el hilo (hasta que abramos otro cuando salga la legislación pertinente, esa sí con carácter sancionador).

Julius
07/05/2014, 09:13
Pues para los particulares, en mi modesto entender, no aclara duda alguna sobre las zonas habilitadas . . . . ni cual es la normativa que regula las actividades de aeromodelismo porque yo no la he encontrado en ningun lado. Si he encontrado en muchas zonas donde está expresamente prohibido . . . .

Si queda claro que esto no se puede hacer aeromodelos vuelan por debajo de los 100 metros de altura y no pueden volar sobre núcleos urbanos ni sobre grupos de población (playas, conciertos, las calles de cualquier ciudad, etc...)

Los aeromodelos vuelan por debajo de los 100 metros de altura y no pueden volar sobre núcleos urbanos ni sobre grupos de población (playas, conciertos, las calles de cualquier ciudad, etc...). Deben volar en zonas habilitadas para ello. Lo contrario, puede suponer sanciones y se debe denunciar.
Por tanto los particulares que adquieran en una tienda generalista un equipo ligero y de fácil uso con sistema de radiocontrol (R/C) y GPS, con o sin cámara incorporada, o compren un kit para montar un multirrotor con autopiloto, con una minicámara, o construyan ellos mismos un avión para FPV (vuelo con “visión en primera persona”), con cámara de visión frontal, piloto automático, transmisión de vídeo, sólo podrán usarlo en las zonas habilitadas para ello conforme a la normativa que regula las actividades de aeromodelismo.

Y tambien queda claro el tema profesional . . .

En fin . . . . :flipo:

dedalo7002
08/05/2014, 08:54
11724

aeronaves tripuladas a control remoto... ¿Como se hace eso? good!

Pauantich
08/05/2014, 09:02
Tripular tiene dos acepciones:
tripular

tr. Conducir, especialmente, un barco, avión o vehículo espacial:
tripula un "boeing".
Dotar de tripulación una nave.

starcopter
08/05/2014, 11:24
Y con lo expuesto por BichoBola ya se debería cerrar el hilo (hasta que abramos otro cuando salga la legislación pertinente, esa sí con carácter sancionador).

Hola ferpenas,

AESA confirma que su nota informativa es una "nota informativa" y que para cursar un recurso de reposición es necesario seguir los cauces establecidos para ello.

Creo que para más de un forero es de mayor utilidad poder comentar al respecto, que cerrar el hilo, aunque quizá me equivoco.

Saludos!

splinter
09/05/2014, 07:55
Yo sigo preguntando lo mismo. Si estoy haciendo malabares con motosierras en medio de la calle, ¿me pueden decir algo por el peligro que supone?

Es un ejemplo un poco bruto, pero si un policia me puede empaquetar por considerar que pongo a gente en peligro, ¿no podrá considerar lo mismo con un multi?

Por cierto, la policia intento echarnos de donde haciamos malabares en la calle aduciendo que con las pelotas y las mazas podiamos golpear a alguien. Nos salvó el echo de que esas reuniones de malabares, nos la anunciaba el propio ayuntamiento y teniamos permiso. El policia se tuvo que callar, pero de primeras ya nos estaba echando.

Bichobola
09/05/2014, 08:00
AESA confirma que su nota informativa es una "nota informativa" y que para cursar un recurso de reposición es necesario seguir los cauces establecidos para ello.

Sí y no. El recurso está perfectamente planteado. Lo que dice AESA es que es un acto no recurrible. En realidad todos los actos administrativos son recurribles, pero la propia AESA lo sitúa en la categoría de churro-nota.

Lo que tenemos que hacer es estar atentos a la normativa real, a las novedades reales, y recurrir oportunamente lo que nos perjudique... eso y volar más :-)

ferpenas
09/05/2014, 08:11
Hola ferpenas,

AESA confirma que su nota informativa es una "nota informativa" y que para cursar un recurso de reposición es necesario seguir los cauces establecidos para ello.

Creo que para más de un forero es de mayor utilidad poder comentar al respecto, que cerrar el hilo, aunque quizá me equivoco.

Saludos!

Con lo de cerrar me refería a que el tema no da para más hasta que saquen la normativa real. Como bien comentan la nota ha sido para "acojonar" al personal.

Y sí, un policía puede cortar cualquiera actividad que él suponga peligrosa para los demás. Esa presunción la da el carácter de autoridad que tienen; otra cosa es que estemos de acuerdo con esto o que se puedan pasar o no pasar con esa presunción. Siempre está el juez para darle la razón al policía o quitársela. Es lo mismo que la conducción temeraria que un guardia civil te puede decir que lo estás haciendo aunque no incumplas ninguna norma de tráfico.

En resumen: hasta que no haya normativa hay alegalidad, lo que no nos exculpa en los casos expresamente puestos en ley/normativa (zonas protegidas para pajarillos, aeropuertos...). Además de la potestad que tiene el poli de turno de considerar que podemos poner en peligro la seguridad ciudadana (siempre tenemos el habeas corpus si nos han detenido, jejeje :))

starcopter
09/05/2014, 08:26
...

En resumen: hasta que no haya normativa hay alegalidad, lo que no nos exculpa en los casos expresamente puestos en ley/normativa (zonas protegidas para pajarillos, aeropuertos...). Además de la potestad que tiene el poli de turno de considerar que podemos poner en peligro la seguridad ciudadana (siempre tenemos el habeas corpus si nos han detenido, jejeje :))

Muy de acuerdo, a lo que añadiría "indefensión jurídica".

Saludos!

ccostas
09/05/2014, 12:06
Boas

...si, sobre todo porque ninguna autoridad local tiene capacidad de decisión alguna sobre asuntos relativos al espacio aéreo nacional...

Suerte has tenido el que no hubiese ningún incidente porque ya veríamos de que te iba a servir el permiso del alcalde y la presencia de la policía municipal del pueblo.

Que nada... que esta claro claro que se le va a tener que caer el pelo a más de uno - como ya le a pasado a algún que otro propietario de Phantom por esta esquina del mundo donde le ha tocado apoquinar 25.000 dólares del ala - para que al final nos entre en la mollera.

Al César lo que es del César...

Ciao


El menda "osease" yo

De verdad, me pone enfermo esta actitud, no se cual es el objetivo de pretender alarmar de esta forma a compañeros de hobby. Cuanto más te leo, más tengo la impresión de que tienes celos de que se haya popularizado tanto esta afición...

elpet
09/05/2014, 12:12
De verdad, me pone enfermo esta actitud, no se cual es el objetivo de pretender alarmar de esta forma a compañeros de hobby. Cuanto más te leo, más tengo la impresión de que tienes celos de que se haya popularizado tanto esta afición...

Totalmente de acuerdo

Termostato
09/05/2014, 13:46
De verdad, me pone enfermo esta actitud, no se cual es el objetivo de pretender alarmar de esta forma a compañeros de hobby. Cuanto más te leo, más tengo la impresión de que tienes celos de que se haya popularizado tanto esta afición...

Yo también estoy totalmente deacuerdo, la actitud y la manera de decir las cosas. Cada cual es libre de expresarse como quiera pero la manera de hacerlo de este indivíduo es desagradable, en cuanto leo el "Boas" ya me estoy mordiendo la lengua.

Respecto al tema del hilo pienso que está agotado, no nos queda otra que ser cautos y esperar a que publiquen la normativa...

splinter
09/05/2014, 17:07
Y sí, un policía puede cortar cualquiera actividad que él suponga peligrosa para los demás. Esa presunción la da el carácter de autoridad que tienen; otra cosa es que estemos de acuerdo con esto o que se puedan pasar o no pasar con esa presunción. Siempre está el juez para darle la razón al policía o quitársela. Es lo mismo que la conducción temeraria que un guardia civil te puede decir que lo estás haciendo aunque no incumplas ninguna norma de tráfico.

En resumen: hasta que no haya normativa hay alegalidad, lo que no nos exculpa en los casos expresamente puestos en ley/normativa (zonas protegidas para pajarillos, aeropuertos...). Además de la potestad que tiene el poli de turno de considerar que podemos poner en peligro la seguridad ciudadana (siempre tenemos el habeas corpus si nos han detenido, jejeje :))

Pues muchas gracias por tu opinión. Ya que yo pensaba así; pero como también se decía en el hilo que al no haber ley no te pueden hacer nada, pues tenia mis dudas. :)


En cuanto a nuestro viejo conocido "el boas"... pues eso. Que yo puedo entender lo que quiere expresar pero no es motivo para decirlo a lo bruto. Se cazan mas moscas con miel que a cañonazos.

A demás este hilo esta para hablar de la ley. No para hablar sobre como o donde volamos los que participamos en este hilo.

Yo creo que lo mejor en los casos que queremos decirle algo a alguien sobre la seguridad de sus vuelos, lo mejor es decirselo por privado y siempre intentando explicar el porqué de ese peligro en vez de criticarle abiertamente.

Pues ale... a cascarla todos....

Pero desde el cariño (como en el Salvame) :D:D:D

P.D.: Diafragma... lo de viejo es amistoso, que no se cuantos años tienes. :D:):D:):D

diafragma1939
09/05/2014, 22:34
De verdad, me pone enfermo esta actitud, no se cual es el objetivo de pretender alarmar de esta forma a compañeros de hobby. Cuanto más te leo, más tengo la impresión de que tienes celos de que se haya popularizado tanto esta afición...

...a mi lo que me pondría "enfermo" es el que paseando tranquilamente por la plaza del pueblo, el parque o por cualquier otro sitio me cayera en la cabeza un multi por mucho permiso del alcalde y/o seguro de tres al cuarto tuviese el piloto. Y al igual que a mi pues supongo que a cualquier hijo de vecino con algo más de 2 dedos de frente.

Nada más lejos de mi intención que alarmar al personal, mi intención es solidarizarme, muy raro en mi, con una aplicación estricta de toda medida necesaria que impida el uso indiscriminado de "segadoras volantes" por doquier sin ton ni son... Si ya a alguno de mis colegas de profesión tienen dificultades con la interpretación de los manuales de una cámara de última generación... Cuanta confianza crees que me merecen como pilotos ? 😂

Ya esta bien de tanta milonga interesada...

Personalmente me resbala el que se vendan 5, 1.000 y/o 50.000 Phantoms con tal de que vuelen en los sitios previstos para ello...Ya que supongo que no hace falta que te recuerde que mi sitio ya no esta en la piel de toro 😎.

Ciao

Nota bene: lo de viejo para los trapos y cacharros esta bien, yo particularmente me considero experimentado. Pero los 49 ya no los cumplo más 😪, de ahí mi postura claramente opuesta a esa inconsciencia casi adolescente de la que algunos parecen sufrir.


El menda "osease" yo

esm_fly
10/05/2014, 15:02
Lo que no entiendo es lo de que esté prohibido el uso profesional. ¿No puedes usar tu multi para fotografiar unas parcelas de cultivos para un agricultor? ¿No puedes usar tu multi para grabar escenas en el rodaje de un corto en el bosque?

Si no se usa sobre poblacion, ¿cual es el problema en usarlo con fines profesionales?

starcopter
10/05/2014, 15:19
Lo que no entiendo es lo de que esté prohibido el uso profesional. ¿No puedes usar tu multi para fotografiar unas parcelas de cultivos para un agricultor? ¿No puedes usar tu multi para grabar escenas en el rodaje de un corto en el bosque?

Si no se usa sobre poblacion, ¿cual es el problema en usarlo con fines profesionales?

... es justo ahí donde entra AESA. Se espera que para utilizar "profesionalmente" el espacio aéreo cuentes con las autorizaciones que ellos regulan, pero que aún no han definido.

En junio lo veremos con más claridad.

Saludos!

AdriAragon
10/05/2014, 15:27
Lo que no entiendo es lo de que esté prohibido el uso profesional. ¿No puedes usar tu multi para fotografiar unas parcelas de cultivos para un agricultor? ¿No puedes usar tu multi para grabar escenas en el rodaje de un corto en el bosque?

Si no se usa sobre poblacion, ¿cual es el problema en usarlo con fines profesionales?

El problema es claro: No pueden sacar tajada de algo que está en pleno auge.
Yo lo veo así, porque como bien dices y sin comentar lo de sacar tajada de esos usos profesionales... ¿Cuál sería el problema de hacerlo en el campo?
En fin, como siempre, FOMENTANDO la innovación en España, nótese la ironía.

Saludos!

Mazur
11/05/2014, 14:11
El problema es claro: No pueden sacar tajada de algo que está en pleno auge.


clapclapclapclapclapclap

Peterg
12/05/2014, 13:21
pues entonces yo soy un terrorista en potencia,vole ayer,acabo de llegar de volar y mañana como pueda otra vez,asi que como han dicho mas atras que se metan en mi cuenta de youtube y que empiezen a denunciar a saco,los videos no son mios,me los han pasado y en ningun momento salgo yo jajaja,esto es lo de siempre,alarma que se acaba el mundo,que no va a pasar nada hombre,que esto sale a la luz cada cierto tiempo cada vez que se pone de moda algo,y quien lo veo tan negro que deje el hoby que los demas ya volaremos por el jejeje.
saludos.


Asi es la realidad, pero los 4x deben de prohibirse por inseguros, si falla un motor todo viene abajo.

elpet
12/05/2014, 13:32
Asi es la realidad, pero los 4x deben de prohibirse por inseguros, si falla un motor todo viene abajo.

Pues prohibamos tambien las motos por inseguras, y puestos ya podriamos prohibir salir a la calle porque te pueden atropellar, venga por favor, un poco de coherencia y sentido común, que en este hilo es lo que más se hecha en falta.

Mario_Santander
12/05/2014, 14:37
Asi es la realidad, pero los 4x deben de prohibirse por inseguros, si falla un motor todo viene abajo.

cuantas caídas de drones has visto tú que sean porque un motor se pare y rompa una hélice?? me imagino que muy poquitas comparado con el resto ya que es una circunstancia difícil de ocurrir (que no imposible), claro que te hablo de aparatos serios no de un phatom o peor… y by the way cuantos hexas has visto tú que habiéndose producido tal circunstancia consigan aterrizar con "cierto control" ??? porque yo no los he visto, en cambio sí he visto que hayan tenido accidente, eso sí, y si hay 6 motores mayor probabilidad de que uno falle con respecto a 4, claro no estoy diciendo que sea más seguro un quad eh??? estoy diciendo que depende lo serio que sea el aparato y su controladora, hablando de un hexa claro, en caso de fallo de motor o rotura de la helice completa (si se queda una pala… ya está liada) va a conseguir aterrizar con algo de control o no.

Yo en vídeos la mayoría de los accidentes que he visto, han sido casi todos octos, claro que igual el accidente en sí es más espectacular que un quad chiquitillo, saludos

Javier G.
12/05/2014, 14:42
http://economia.elpais.com/economia/2014/05/12/actualidad/1399892312_502295.html

A final de mes veremos por donde va la nueva ley

sabinero
12/05/2014, 14:46
lo que no se es a que viene citarme un post mio de hace tiempo ya para decir esto,sobre lo de prohibir los quads pues como no lo veo ni siquiera opinable pues eso,que no opino,que estar registrado en un foro de un hoby para entrar a postear que deberian de prohibirlo si que deberia de estar prohibido.
saludos.

Pauantich
15/05/2014, 20:57
A la ministra le meten prisa:

http://youtu.be/ZLSTtj0OSt8

Josecopter
15/05/2014, 21:27
Cuando obligaran a matricular las bicicletas que andan por carretera y tanto peligro causan,luego busca a un ciclista que se salta un semaforo un domingo y la lia parda,

dedalo7002
15/05/2014, 21:40
Jodó. Según la señora menestra tengo tres aeronaves posadas sobre el armario del ordenador… a ver si se me va llenar la casa con las tripulaciones...[ansia][ansia][ansia]

Pauantich
15/05/2014, 21:43
Primeras reacciones:
https://www.youtube.com/watch?v=l_4dXs7NWZs&feature=youtube_gdata_player

reig15
15/05/2014, 23:13
Joder, necesito conocimientos aeronáuticos....yo flipo.


<^>

reig15
15/05/2014, 23:15
Asi es la realidad, pero los 4x deben de prohibirse por inseguros, si falla un motor todo viene abajo.

17 mensajes en casi dos años...seguro que sabes de que va esto???


<^>

AdriAragon
15/05/2014, 23:24
Primeras reacciones:
https://www.youtube.com/watch?v=l_4dXs7NWZs&feature=youtube_gdata_player

WTF? Este vídeo no lo había visto, para pilotar un "drone" hace falta la titulación de piloto de avioneta... ¡¿Pero estamos locos o qué?!
Vale que no es un juguete, vale que no se pueda volar poniendo riesgos, entiendo que quieran sacar tajada de ello, pero de ahí, a decir que se necesita la titulación de piloto de avioneta... Me parece cuanto menos desmesurado.

Otra cosa... Se supone que esto lo hacen por seguridad tanto del espacio aéreo como por si le cae a alguien en la cabeza pero... ¡Eh! Si quieres grabar un evento deportivo necesitas una autorización pero... ¿Y si el aparato cae y causa daño? Como dije en algún que otro mensaje, que no caiga sobre mi, porque no habrá autorización policial, de AESA o cualquier otra cosa que le cubra lo que me cause a mi o a los míos...

En fin, un poco de cabreo :cabreo: tras ver el vídeo...

MELILLA
16/05/2014, 02:04
Primeras reacciones:
https://www.youtube.com/watch?v=l_4dXs7NWZs&feature=youtube_gdata_player

ya puestos a prohibir pues que tengan que sacarse el carnet de conducir el que quiera coger una bicicleta este país es alucinante si esto es así, señores a partir de ahora el que coja un carro del carrefour se le exigirá el carnet de carretillero

limite
16/05/2014, 11:40
Venga mas leña al Fuego.....


https://www.youtube.com/watch?v=IAj8DhjfIMI

ferpenas
16/05/2014, 12:02
¿Cortar la cara? ¿Las hélices de los phantom están hechas de adamantium? :flipo:

isaacblazquez
16/05/2014, 12:40
Si... son capaces de cortar la cara... no como con un bisturí o navaja pero si hacen cortes superficiales... imaginate los daños esteticos y morales que te pueden hacer pagar...

miembro de xcoptersevilla.es fpv team

Multistar
16/05/2014, 12:50
Dependiendo de las hélices k lleve y los motores k sean a mi me corto un dedo una hélice de carbono y fue por el aire y fueron 4 puntos en el dedo, no son juguetes

isaacblazquez
16/05/2014, 12:54
Estamos hablando de las basicas que trae... si son las de carbono son cuchillas... cuidadin con esos dedos multistar

miembro de xcoptersevilla.es fpv team

ferpenas
16/05/2014, 12:54
Si... son capaces de cortar la cara... no como con un bisturí o navaja pero si hacen cortes superficiales... imaginate los daños esteticos y morales que te pueden hacer pagar...

miembro de xcoptersevilla.es fpv team

Si no digo que no, que vi el vídeo del tio con el brazo echando sangre y seis puntos le dieron (no del carnet).

pero hay que ser realista, lo primero es que lo más usual es que el cacharro te caiga sobre la cabeza no que te ataque de frente. Y segundo es que si te ataca de frente es que alguien MUY irresponsable está a los mandos y coincido en que se le debe demandar que para eso están los juicios civiles. De ahí a satanizar unos aparatos que los hay a centenares de miles dando vueltas y que para acusarlos tengan que coger tres videos internacionales... No lo veo muy coherente. Hay una desproporción entre peligro inherente y número de multis, por lo que aparte de abogar por un uso responsable siempre, lo que hay es que promocionar su desarrollo (así habrá multis más seguros, menos fallos de controladoras o GPS, múltiples nuevas aplicaciones para estos cacharros).

Por mi parte yo les veo muchas más posibilidades de hacer el bien que de hacer el mal. Será que soy un iluso. :silencio:

isaacblazquez
16/05/2014, 13:00
El problema esta en que ya lo venden en grandes superficies... asi que tendremos a un monton de personas y niños volando estos multis sin tener ni pajolera idea de lo que es alabeo, profundidad... vamos que no saben lo basico para volar... ni normas de seguridad ni nada...

miembro de xcoptersevilla.es fpv team

ferpenas
16/05/2014, 13:05
Da igual media markt que hobbyking que chinorristore. Yo tampoco tengo idea de alabeo, profundidad... Lo fundamental es la responsabilidad. Así que lo primero fue tener uno de los chicos a ver como se controlaba. Y luego volar en prados solitarios sin un alma alrededor (ni bienes susceptibles de daños excepto los míos propios).
Como en todo lo más importante es ser consciente de qué usamos y cuales son sus peligros inherentes o derivados.


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isaacblazquez
16/05/2014, 13:08
Exactamente. Eso de volar en zonas solitarias es una de las normas de seguridad...

miembro de xcoptersevilla.es fpv team

raulcrane
18/05/2014, 15:27
Buenas ,como siempre el buen montaje de un video como este mete cizaña al asunto ! pero todos sabemos el peligro que puede ocasionar uno de nuestros cacharros si por h o por b Fallase y Fallan! eso que no lo dude nadie ,todo componente electrónico tiene un desgaste que quien te dice a ti que no te da un fallo!

y tengo visto varios aporrizajes por fallos tontos y por mal uso o por mal conocimiento de la materia ,luego esta el tema de la tajada esto tampoco lo debe de dudar nadie Intereses siempre los tendrán!

que se pasan con la titulación a esperar nos toca ,pero esta claro que con lo que nos gusta esto pues mas de lo mismo a estudiar y formarse que es lo que va a tocar aunque nos jodan a todos profesionales y no profesionales

un saludo

Javier G.
18/05/2014, 17:18
Hoy hemos pasado en el coche por delante de la plaza una iglesia, estaba abarrotada de gente, y sobre todo de niños, con el tema de las comuniones. me dice mi hija...Papa están volando un drone como el tuyo¡¡

miro por el espejo, y veo un Phantom con su gopro, encima de toda la gente. hay que ser descerebrado e irresponsable ( y jilipollas), por culpa de gente así pasa lo que pasa estoy seguro que se lo pillo en MM.

cuanto antes lo regulen, mucho mejor para todos.

AdriAragon
18/05/2014, 19:03
Viendo lo visto en las noticias que hablan de su regulación, la seguridad es una escusa.
Explico:
En las noticias dicen que autoridades podrán utilizarlos sin restricciones y para grabaciones como de las fallas AESA podrá dar autorizaciones puntuales.
Es decir, darán autorizaciones para poder sobrevolar cabezas... ¿Seguridad? No, dinero, solo dinero.

Saludos.

Enviado desde mi palo usando señal de humo. Lumia 620.

Henry
18/05/2014, 19:21
bueno ya empezamos a pasar el cepillo señores:

http://www.senasa.es/portada.aspx?lang=es-ES&IDPagina=9&IDCurso=144

splinter
18/05/2014, 19:37
Me encanta!!!! Es mejor que el curso de elevación de cargas y mantenimiento que me dieron en el curro. Este curso dura 5 horas, en cambio el que me dieron en el curro duró 4 horas. Jejejeje:D:D:D:D:D


Como vas a enseñar algo tan extenso en 5 horas. Por no hablar de si me parece correcto que ya estén dando un curso o no.

Gemini
18/05/2014, 19:47
350 leuretes. Miraremos a ver si la fundacion tripartita lo financia a traves de la empresa...jejeje, como curso de formacion.

Tinacen
18/05/2014, 19:49
Ya empiezan a sacarle las perras al personal, ay que joderse!! eso es un curso que no tendrá validez alguna, digamos que es una preparación para lo que vendrá luego, Amarrense los bolsillos señores!!!

Gemini
18/05/2014, 19:50
Pues habra que ir de furtivos como en tantas cosas en este pais, porque aqui te sacan la pasta por todo, menos por respirar, de momento.

Tinacen
18/05/2014, 19:57
Pues habra que ir de furtivos como en tantas cosas en este pais, porque aqui te sacan la pasta por todo, menos por respirar, de momento.

No si por respirar ya te la sacan, y si no haz la prueba...respira profundo...y ahora mira tu cuenta...:)

Gemini
18/05/2014, 20:15
Mejor ni lo pruebo....jeje

Henry
18/05/2014, 20:40
350 leuretes. Miraremos a ver si la fundacion tripartita lo financia a traves de la empresa...jejeje, como curso de formacion.

deben de haberlo modificado, el viernes costaba 750 euros.

pere_gs
18/05/2014, 21:45
deben de haberlo modificado, el viernes costaba 750 euros.

Hombre 350€ por 5 horitas yo lo veo todavía un poco carillo......:flipo:
Saludos

eskalo
18/05/2014, 22:00
Que a nadie se le ocurra hacer ese curso, al menos con intencion de tener formacion valida para la nueva regulacion. Basta que en la nueva legislacion se establezcan otros requisitos para que hayas tirado el dinero a la basura. Espera un poco a que se publique la normativa y se saque la formacion valida oficialmente.

Otra cosa es que quieras aprender libremente...

Lo del cambio de precio: alucinante!!

Saludos

Enviado desde mi GT-S7562 mediante Tapatalk

pilotillo
18/05/2014, 23:08
deben de haberlo modificado, el viernes costaba 750 euros.

350es el avanzado , el de 750 , es el basico

http://www.senasa.es/portada.aspx?lang=es-ES&IDPagina=9&IDCurso=143

Cada cual con su dinero que haga lo que quiera cuidao¡¡¡ con comidas .... no se de que ...si de cabeza o de que ...

Saludos

taito2
18/05/2014, 23:54
Que poca vergüenza por Dios.....todavía no está clara la normativa o hace dos días y medio literalmente
que ha salido y empiezan a sacar cursos.....es que me da vergüenza ajena. Que asco por Dios, es brutal.
Y digo yo, si hace dos días que ha salido la norma.....¿cómo es que ya hay formadores en la materia?
Es como si mañana se inventara un idioma nuevo y al día siguiente hubiera academias que cobraran por
enseñar ese idioma.....¿quién coño lo conoce si lo inventaron ayer? Hace falta tener la cara bien dura.
Yo sólo tengo una pregunta, después de mucho leer y leer no tengo claro lo más básico de todo y me
gustaría si alguien lo sabe que me lo aclarara de forma sencilla a ser posible. La duda es la siguiente:
A nivel de hobby ¿está prohibido sacar mi quadcopter a la calle y volarlo en un sitio donde no suponga
peligro para nadie? ¿Sí o no? No hablo de empresas, ni de cosas raras. Más sencillo que todo eso.
¿Puedo ir con mi multi al parque y volarlo con cuidado donde no haya nadie y aún así me lo pueden
requisar o multar? Es que a día de hoy no lo tengo claro del todo, y quiero darle uso a mi multicopter.

Un saludo a todos y muchas gracias.

dedalo7002
19/05/2014, 10:39
A nivel de hobby ¿está prohibido sacar mi quadcopter a la calle y volarlo en un sitio donde no suponga
peligro para nadie? ¿Sí o no? No hablo de empresas, ni de cosas raras. Más sencillo que todo eso.
¿Puedo ir con mi multi al parque y volarlo con cuidado donde no haya nadie y aún así me lo pueden
requisar o multar? Es que a día de hoy no lo tengo claro del todo, y quiero darle uso a mi multicopter.

Un saludo a todos y muchas gracias.

Por el momento sí puedes, sin lugar a dudas, porque no hay marco legal que lo impida. No debes, pues la calle o el parque están dentro de un núcleo urbano, que es una zona donde no se debe volar, y aunque no haya personas el multi puede irse contra un coche o cualquier otra propiedad. En cuanto a lo de requisar o multar podrían hacerlo si pones en peligro la seguridad de personas o propiedades y en núcleo urbano es fácil que sí, por eso es mejor no hacerlo. En campo abierto, retirado de poblaciones, lejos de tráfico y gente, nadie te va a decir nada a menos que vueles en una zona restringida por alguna norma concreta. Cuando salga la legislación veremos qué dice al respecto, pero de momento, la falta de normativa no te convierte en ilegal sino en no regulado, por lo que, mientras no vayas en contra de algo regulado (seguridad de bienes o personas o atentado contra la intimidad), podrán aconsejarte que no vueles, incluso amenazarte con sanción, pero no multarte, ya que en la denuncia el agente debe especificar qué norma estás infringiendo.

Todo lo demás son ganas de marear la perdiz. En cuanto a los cursos mientras no haya una normativa que diga qué y como se puede hacer y qué y como no se puede y qué requisitos son necesarios, los cursos, seminarios... que se ofertan no creo que tengan ninguna validez para obtener una licencia que aún no existe y que aún no se sabe como se materializará. En esto como en todo, siempre hay espabilados que buscan como ganarse la vida a costa de los demás, y como en todo siempre hay quien pica. No hace mucho vi un anuncio de un curso impartido por una empresa audiovisual dirigido a profesionales del sector audiovisual y me dio la risa: les cobran por enseñarles su trabajo, cómo lo hacen y enseñarles sus posibilidades... vamos, como si un comercial cobrara al cliente por enseñarle su catálogo de productos. jeje.

taito2
19/05/2014, 11:16
Muchas gracias por la aclaración. Me quedo más tranquilo.

Un saludo.

MELILLA
19/05/2014, 11:53
Viendo lo visto en las noticias que hablan de su regulación, la seguridad es una escusa.
Explico:
En las noticias dicen que autoridades podrán utilizarlos sin restricciones y para grabaciones como de las fallas AESA podrá dar autorizaciones puntuales.
Es decir, darán autorizaciones para poder sobrevolar cabezas... ¿Seguridad? No, dinero, solo dinero.

Saludos.

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+10
Si esto solo se trata de pillar pasta si hay unos cuantos que se están frotando las manos por que salga la ley

infovist
19/05/2014, 12:23
Viendo lo visto en las noticias que hablan de su regulación, la seguridad es una escusa.
Explico:
En las noticias dicen que autoridades podrán utilizarlos sin restricciones y para grabaciones como de las fallas AESA podrá dar autorizaciones puntuales.
Es decir, darán autorizaciones para poder sobrevolar cabezas... ¿Seguridad? No, dinero, solo dinero.

Saludos.

Enviado desde mi palo usando señal de humo. Lumia 620.

+1

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Bichobola
20/05/2014, 07:49
De momento tienen varios expedientes sancionadores abiertos de los casos mas significativos que todos conocemos
Yo no conozco ninguno. Por favor ¿puedes citar algún expediente sancionador abierto por volar un multi?

Pauantich
21/05/2014, 15:32
Si por favor! Yo, por lo que sé, el PP lejos de sancionar a Cromática, le ha encargado el video Electoral

Javier G.
21/05/2014, 20:45
ha esto si que le veo mucho futuro...
https://www.youtube.com/watch?v=qmHwXf8JUOw

pisky
22/05/2014, 10:26
Jajajjajajaj muy bueno.

isaacblazquez
22/05/2014, 10:44
Lo flipo! ... encima que lo hace mal le contrata... pero si existe la prohibicion de volar en nucleos urbanos... va a ir el PP al campo de vuelo??? XD


Si por favor! Yo, por lo que sé, el PP lejos de sancionar a Cromática, le ha encargado el video Electoral

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PeRRo_RoJo
22/05/2014, 22:53
Como bien han comentado mas atrás... ¿como es posible que ya haya "formadores" o "profesores"? a lo mejor es así como se empieza de profesor de algo nuevo. Sabes manejar algo, te autotitulas profesor y nadie jamás podrá decirte nada porque tu has sido el primero... Creo que estamos perdiendo el tiempo. ¿Donde me puedo apuntar para ser yo también profesor oficial? diablo

Salu2!! ;)

PeRRo_RoJo
22/05/2014, 23:19
Los primeros instructores no podrán ser autotitulados. Estarán certificados por el fabricante, organo reconocido o tener titulación previa.

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Vale, entendido, pero de algo que no existe ¿como te sacas una certificación para darlas tu? ¿como te titulas de algo que está y no está? es lo que no acabo de entender... entonces ¿todo comienza con los fabricantes?

Salu2!! ;)

Bichobola
23/05/2014, 07:25
Los primeros instructores no podrán ser autotitulados. Estarán certificados por el fabricante, organo reconocido o tener titulación previa.


12073

taito2
23/05/2014, 09:17
La imagen es para cagarse encima.....el General José de San Martín falleció el 17 de agosto de 1850,
y me parece que por aquel entonces no había Internet todavía. Manda COJONES que haya gente tan
estúpida, ignorante, o que se crea que los demás somos tan gilipollas como para crear una imagen de
estas de mierda con una frasecita y pensar que nos la vamos a tragar sin más. Que no somos tontos.
Es más, es que creo que es incluso gramaticalmente errónea, ya que no se dice "Lo malo CON las frases
de Internet....." sino "Lo malo DE las frases de Internet....." El que lo haya hecho no debe ni saber hablar
en condiciones. Eso sí, se dedica a hacer fotitos de estas y poner sus frases firmadas con el nombre de
otro en su lamentable perfil de Facebook.....que vergüenza ajena por Dios, es que es brutal.

ferpenas
23/05/2014, 09:29
La imagen es para cagarse encima.....el General José de San Martín falleció el 17 de agosto de 1850,
y me parece que por aquel entonces no había Internet todavía. Manda COJONES que haya gente tan
estúpida, ignorante, o que se crea que los demás somos tan gilipollas como para crear una imagen de
estas de mierda con una frasecita y pensar que nos la vamos a tragar sin más. Que no somos tontos.
Es más, es que creo que es incluso gramaticalmente errónea, ya que no se dice "Lo malo CON las frases
de Internet....." sino "Lo malo DE las frases de Internet....." El que lo haya hecho no debe ni saber hablar
en condiciones. Eso sí, se dedica a hacer fotitos de estas y poner sus frases firmadas con el nombre de
otro en su lamentable perfil de Facebook.....que vergüenza ajena por Dios, es que es brutal.

Creo que el autor ha utilizado la ironía.

taito2
23/05/2014, 10:23
Y yo creo que tú no me has entendido, o no has leído bien mi mensaje anterior.
En ningún momento me he referido al autor del post en el que aparece la imagen,
sino al autor de esta imagen, o de este tipo de imágenes. Creo que está bien claro.

dedalo7002
23/05/2014, 10:24
Creo que el autor ha utilizado la ironía.

Pues no solo ha usado la ironía sino que además ha buscado una imagen que ilustra a la perfección lo que quiere decir: frases absurdas inundan la red y la tendencia general es creer todo lo que se lee y más aún si se atribuye a alguien importante, famoso o conocido aunque esta atribución resulte materialmente imposible y otros muchos casos incluso indemostrable.

Personalmente me da igual quien haya realizado la imagen y quien haya escrito la frasecita, pero le aplaudo ya que la labor social que realiza es encomiable por cuanto demuestra lo imbéciles que podemos llegar a ser cada vez que nos tragamos algo sin molestarnos a pensar.

nxdiez
23/05/2014, 12:42
Vamos, que los tres autores de los tres últimos posts estáis diciendo lo mismo con distintas palabras.

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dedalo7002
23/05/2014, 13:48
Vamos, que los tres autores de los tres últimos posts estáis diciendo lo mismo con distintas palabras.

Enviado desde mi Nexus 5 mediante Tapatalk


En el fondo de la cuestión sí, aunque a taito2 no le gusta la foto ni el motivo de la foto y a mi sí, pero para eso tiene que haber diversidad de opiniones, eso es lo que le da alegría a la vida.

gabster
23/05/2014, 14:20
La imagen es para cagarse encima.....el General José de San Martín falleció el 17 de agosto de 1850,
y me parece que por aquel entonces no había Internet todavía. Manda COJONES que haya gente tan
estúpida, ignorante, o que se crea que los demás somos tan gilipollas como para crear una imagen de
estas de mierda con una frasecita y pensar que nos la vamos a tragar sin más. Que no somos tontos.
Es más, es que creo que es incluso gramaticalmente errónea, ya que no se dice "Lo malo CON las frases
de Internet....." sino "Lo malo DE las frases de Internet....." El que lo haya hecho no debe ni saber hablar
en condiciones. Eso sí, se dedica a hacer fotitos de estas y poner sus frases firmadas con el nombre de
otro en su lamentable perfil de Facebook.....que vergüenza ajena por Dios, es que es brutal.

Creo que no acabas de entender que el autor de la imagen tiene sentido del humor y quería demostrar que no te puedes creer lo que se lee por ahí, haciendo un montaje que se cae por su propio peso. No ha pretendido engañar a nadie.

taito2
23/05/2014, 14:46
12086

maxicel
26/05/2014, 10:15
El SENASA, (que son los que dictan estos cursos) no es un organismo oficial, por ende no pueden garantizarte que este cursillo, te sirva luego que salga la ley.

pilotillo
06/06/2014, 15:37
En cadena ser han publicado un borrador al que han accedido....

http://www.cadenaser.com/tecnologia/articulo/drones-sobrevolaran-zonas-pobladas-salvo-excepciones/csrcsrpor/20140606csrcsrtec_2/Tes

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lacion
06/06/2014, 15:54
En cadena ser han publicado un borrador al que han accedido....

http://www.cadenaser.com/tecnologia/articulo/drones-sobrevolaran-zonas-pobladas-salvo-excepciones/csrcsrpor/20140606csrcsrtec_2/Tes

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pero vamos es una acto de fe, hay que creer lo que dicen porque el borrador no esta.

pilotillo
06/06/2014, 16:26
Si , pero si oyes el agua correr...(o algo parecido), no creo que un medio como este no haya contrastado las fuentes

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lacion
06/06/2014, 16:37
Si , pero si oyes el agua correr...(o algo parecido), no creo que un medio como este no haya contrastado las fuentes

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es triste, pero yo ya he dejado de creer en la prensa y sus "periodistas".

moriwaky
06/06/2014, 23:18
es triste, pero yo ya he dejado de creer en la prensa y sus "periodistas".

Estoy contigo lacion no hay una prensa "profesional" en nuestro pais. Solo buscan la noticia facil y escandalosa. Hay pocos articulos en prensa que no manipulen los hechos segun les convenga.

Para estar al dia de esto y evitarse mal interpretaciones lo mejor sera estar atento al BOE y a la pagina de AESA

jaguar.f.ss
07/06/2014, 10:02
¿que pasa con la dichosa normativa que no acaba de salir?, que están los políticos muy liados con la reforma para cambiar de rey.
Para cuando sabremos a que atenernos de verdad los que queremos dedicarnos profesionalmente a esto :cabreo:

splinter
07/06/2014, 10:14
Si yo me quiero dedicar a esto por hobby y tampoco sabemos nada de nada. Jejejeje.

pilotillo
07/06/2014, 11:00
Haber ... Como hobby ...la vida sigue igual.
Si te vas a lucrar es cuando tienes que estar atento a la nueva ley



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splinter
07/06/2014, 11:44
Pues tengo mis dudas. Me imagino que alguna referencia se hará para el hoby. :)

pilotillo
07/06/2014, 19:10
En lo relativo a aeromodelos ya esta regulado.
Distancia a campos de vuelo , aerodromos y areopuertos de 2 a 5 kms segun comunidades altura maxima creo recordar 100 m...etc etc
Se puede volar en terreno publico,cedido o de tu propiedad siempre que no sea sobre personas o poblaciones ..
Para competicion estar federado volar en un club ...
Tema de freq y potencias tambien esta regulado por teleco...
Si tocan algo me figuro que sera sobre fpv , algo se oye de dos personas necesarias ... pero solo radiomacuto...

Un saludo y tranquilidad...
Cuidado con los cursos:D:D:D

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splinter
07/06/2014, 19:45
Pues si encuentras algo relativo a los aficionados y no te importa, pon algún enlace donde venga esa normativa. Por que no consigo encontrarla y me gustaría enterarme.

Gracias:)

pilotillo
07/06/2014, 20:53
Ok te la busco pero ten en cuenta que cada comunidad y municipio puede regularlo.

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splinter
08/06/2014, 08:44
Gracias:)

Pauantich
04/07/2014, 23:00
Novedades novedosas!
http://economia.elpais.com/economia/2014/07/04/actualidad/1404487378_265919.html


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albertocvr
05/07/2014, 21:53
ya esta el transitorio

http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2014-7064

Sección 6 artículo 50 y siguientes

Pauantich
05/07/2014, 21:56
Jopé Alberto! Menudo ladrillado, podrías por favor publicar un Corta pega del texto de nuestro interés
Saludos!

albertocvr
05/07/2014, 22:08
Sección 6.ª Aeronaves civiles pilotadas por control remoto

Artículo 50. Operación de aeronaves civiles pilotadas por control remoto.

1. Hasta tanto se produzca la entrada en vigor de la disposición reglamentaria prevista en la disposición final segunda, apartado 2,, las operaciones de aeronaves civiles pilotadas por control remoto quedan sujetas a lo establecido en esta disposición.

El cumplimiento de lo dispuesto en esta disposición no exime al operador, que es, en todo caso, el responsable de la aeronave y de la operación, del cumplimiento del resto de la normativa aplicable, en particular en relación con el uso del espectro radioeléctrico, la protección de datos o la toma de imágenes aéreas, ni de su responsabilidad por los daños causados por la operación o la aeronave.

2. Las aeronaves civiles pilotadas por control remoto cuya masa máxima al despegue exceda de 25 Kg. deben estar inscritas en el Registro de matrícula de aeronaves y disponer de certificado de aeronavegabilidad, quedando exentas del cumplimiento de tales requisitos las aeronaves civiles pilotadas por control remoto con una masa máxima al despegue igual o inferior.

Además, todas las aeronaves civiles pilotadas por control remoto deberán llevar fijada a su estructura una placa de identificación en la que deberá constar, de forma legible a simple vista e indeleble, la identificación de la aeronave, mediante la designación específica y, en su caso, número de serie, así como el nombre de la empresa operadora y los datos necesarios para ponerse en contacto con la misma.

3. Podrán realizarse actividades aéreas de trabajos técnicos o científicos por aeronaves civiles pilotadas por control remoto, de día y en condiciones meteorológicas visuales con sujeción a los siguientes requisitos:

a) Sólo podrán operar en zonas fuera de aglomeraciones de edificios en ciudades, pueblos o lugares habitados o de reuniones de personas al aire libre, en espacio aéreo no controlado, más allá del alcance visual del piloto, dentro del alcance de la emisión por radio de la estación de control y a una altura máxima sobre el terreno no mayor de 400 pies (120 m.), las aeronaves civiles pilotadas por control remoto cuya masa máxima al despegue sea inferior a 2 Kg, siempre que cuenten con medios para poder conocer la posición de la aeronave. La realización de los vuelos estará condicionada a la emisión de un NOTAM por el proveedor de servicios de información aeronáutica, a solicitud del operador debidamente habilitado, para informar de la operación al resto de los usuarios del espacio aéreo de la zona en que ésta vaya a tener lugar.

b) Las aeronaves civiles pilotadas por control remoto cuya masa máxima al despegue no exceda de 25 Kg., sólo podrán operar en zonas fuera de aglomeraciones de edificios en ciudades, pueblos o lugares habitados o de reuniones de personas al aire libre, en espacio aéreo no controlado, dentro del alcance visual del piloto, a una distancia de éste no mayor de 500 m. y a una altura sobre el terreno no mayor de 400 pies (120 m.).

c) Las aeronaves civiles pilotadas por control remoto cuya masa máxima al despegue exceda de 25 Kg. y no sea superior a 150 Kg. y aquéllas cuya masa máxima de despegue sea igual o superior a 150 kg. destinadas a la realización de actividades de lucha contra incendios o búsqueda y salvamento, sólo podrán operar, con las condiciones y limitaciones establecidas en su certificado de aeronavegabilidad emitido por la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, en espacio aéreo no controlado.

d) Además, las operaciones previstas en las letras precedentes requerirán:

1.º Que el operador disponga de la documentación relativa a la caracterización de las aeronaves que vaya a utilizar, incluyendo la definición de su configuración, características y prestaciones.

2.º Que se disponga de un Manual de operaciones del operador que establezca los procedimientos de la operación.

3.º Que haya realizado un estudio aeronáutico de seguridad de la operación u operaciones, en el que se constate que la misma puede realizarse con seguridad. Este estudio, que podrá ser genérico o específico para un área geográfica o tipo de operación determinado, tendrá en cuenta las características básicas de la aeronave o aeronaves a utilizar y sus equipos y sistemas.

4.º Que se hayan realizado, con resultado satisfactorio, los vuelos de prueba que resulten necesarios para demostrar que la operación pretendida puede realizarse con seguridad.

5.º Que se haya establecido un programa de mantenimiento de la aeronave, ajustado a las recomendaciones del fabricante.

6.º Que la aeronave esté pilotada por control remoto por pilotos que cumplan los requisitos establecidos en esta disposición.

7.º Se exigirá a los operadores de las aeronaves civiles pilotadas por control remoto, una póliza de seguro u otra garantía financiera que cubra la responsabilidad civil frente a terceros por daños que puedan surgir durante y por causa de la ejecución del vuelo, según los límites de cobertura que se establecen en el Real Decreto 37/2001, de 19 de enero, por el que se actualiza la cuantía de las indemnizaciones por daños previstas en la Ley 48/1960, de 21 de julio, de Navegación Aérea, para las aeronaves de peso inferior a 20 Kilogramos de peso máximo al despegue. Así mismo, para aquellas aeronaves cuyo peso sea superior a 20 Kilogramos de peso máximo al despegue será aplicable el límite de cobertura establecido en el Reglamento (CE) n.º 785/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo de 21 de abril de 2004. Sobre los requisitos de seguro de las compañías aéreas y operadores aéreos.

8.º Que se hayan adoptado las medidas adecuadas para proteger a la aeronave de actos de interferencia ilícita durante las operaciones, incluyendo la interferencia deliberada del enlace de radio y establecido los procedimientos necesarios para evitar el acceso de personal no autorizado a la estación de control y a la ubicación de almacenamiento de la aeronave.

9.º Que se hayan adoptado las medidas adicionales necesarias para garantizar la seguridad de la operación y para la protección de las personas y bienes subyacentes.

10.º Que la operación se realice a una distancia mínima de 8 km. respecto de cualquier aeropuerto o aeródromo o, para el caso de vuelos encuadrados en el apartado 3, letra a), si la infraestructura cuenta con procedimientos de vuelo instrumental, a una distancia mínima de 15 km. de su punto de referencia. En otro caso y para los supuestos contemplados en este número, que se hayan establecido los oportunos mecanismos de coordinación con dichos aeródromos o aeropuertos. La coordinación realizada deberá documentarse, estando obligado el operador a conservarla a disposición de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea.

4. Asimismo, podrán realizarse los siguientes tipos de vuelos por aeronaves civiles pilotadas por control remoto, de día y en condiciones meteorológicas visuales, en espacio aéreo no controlado, dentro del alcance visual del piloto, o, en otro caso, en una zona del espacio aéreo segregada al efecto y siempre en zonas fuera de aglomeraciones de edificios en ciudades, pueblos o lugares habitados o de reuniones de personas al aire libre:

a) Vuelos de prueba de producción y de mantenimiento, realizados por fabricantes u organizaciones dedicadas al mantenimiento.

b) Vuelos de demostración no abiertos al público, dirigidos a grupos cerrados de asistentes a un determinado evento o de clientes potenciales de un fabricante u operador.

c) Vuelos para programas de investigación, nacionales o europeos, en los que se trate de demostrar la viabilidad de realizar determinada actividad con aeronaves civiles pilotadas por control remoto.

d) Vuelos de desarrollo en los que se trate de poner a punto las técnicas y procedimientos para realizar una determinada actividad con aeronaves civiles pilotadas por control remoto previos a la puesta en producción de esa actividad.

e) Vuelos de I+D realizados por fabricantes para el desarrollo de nuevos productos.

f) Vuelos de prueba necesarios para demostrar de que las actividades solicitadas conforme al apartado 3 pueden realizarse con seguridad.

La realización de estos vuelos requerirá además, el cumplimiento de los requisitos establecidos en el apartado 3, letra d), números 1.º, 3.º, 6.º, 7.º, 8.º, 9.º y 10.º, y, además, establecer una zona de seguridad en relación con la zona de realización del vuelo.

En los casos en que la operación se vaya a realizar por un operador no sujeto a la supervisión de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, deberá disponer de la autorización de la autoridad aeronáutica del país de origen para la realización de la actividad de que se trate y acreditar ante la Agencia Estatal de Seguridad Aérea que los requisitos de aquella autoridad son al menos equivalentes a los establecidos en este apartado.

albertocvr
05/07/2014, 22:09
5. Los pilotos deberán acreditar los siguientes requisitos:

a) Ser titulares de cualquier licencia de piloto, incluyendo la licencia de piloto de ultraligero, emitida conforme a la normativa vigente, o haberlo sido en los últimos cinco años y no haber sido desposeídos de la misma en virtud de un procedimiento sancionador, o

b) Demostrar de forma fehaciente que disponen de los conocimientos teóricos necesarios para la obtención de cualquier licencia de piloto, incluyendo la licencia de piloto de ultraligero, o

c) Para las aeronaves de masa máxima al despegue no superior a 25 Kg., disponer:

1.º Para volar dentro del alcance visual del piloto, de un certificado básico para el pilotaje de aeronaves civiles pilotadas por control remoto, emitido por una organización de formación aprobada, conforme al anexo VII del Reglamento (UE) n.º 1178/2011, de la Comisión, de 3 de noviembre de 2011, por el que se establecen requisitos técnicos y procedimientos administrativos relacionados con el personal de vuelo de la aviación civil, que acredite que dispone de los conocimientos teóricos adecuados en las materias de: Normativa aeronáutica, Conocimiento general de las aeronaves (genérico y específico), Performance de la aeronave, Meteorología, Navegación e interpretación de mapas, Procedimientos operacionales, Comunicaciones y Factores humanos para aeronaves civiles pilotadas por control remoto.

2.º Para volar más allá del alcance visual del piloto, de certificado avanzado para el pilotaje de aeronaves civiles pilotadas por control remoto, emitido por una organización de formación aprobada, conforme al anexo VII del Reglamento (UE) n.º 1178/2011, de la Comisión, que acredite además de los conocimientos teóricos señalados en el número 1.º, conocimientos de servicios de tránsito aéreo y comunicaciones avanzadas.

d) Además, en los supuestos previstos en las letras b) y c), deberán acreditar:

1.º Tener 18 años de edad cumplidos.

2.º Los pilotos que operen aeronaves de hasta 25 kilos de masa máxima al despegue deberán ser titulares, como mínimo, de un certificado médico que se ajuste a lo previsto en el apartado MED.B.095 del anexo IV, Parte MED, del Reglamento (UE) n.º 1178/2011, de la Comisión, de 3 de noviembre de 2011, por el que se establecen requisitos técnicos y procedimientos administrativos relacionados con el personal de vuelo de la aviación civil en virtud del Reglamento (CE) n.º 216/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, en relación a los certificados médicos para la licencia de piloto de aeronave ligera (LAPL).

3.º Los pilotos que operen aeronaves de una masa máxima al despegue superior a 25 kilos deberán ser titulares como mínimo de un certificado médico de Clase 2, que se ajuste a los requisitos establecidos por la Sección 2, de la Subparte B, d anexo IV, Parte MED, del Reglamento (UE) n.º 1178/2011, de la Comisión, emitido por un centro médico aeronáutico o un médico examinador aéreo autorizado.

e) Además, en todos los casos, deberán disponer de un documento que acredite que disponen de los conocimientos adecuados de la aeronave y sus sistemas, así como de su pilotaje, emitido bien por el operador, bien por el fabricante de la aeronave o una organización autorizada por éste, o bien por una organización de formación aprobada. En ningún caso dicho documento podrá haber sido emitido por el piloto para el que solicita la autorización.

6. El ejercicio de las actividades previstas en los apartados 3 y 4 por aeronaves cuya masa máxima al despegue sea igual o inferior a 25 Kg., estará sujeta a la comunicación a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea con una antelación mínima de cinco días al día del inicio de la operación. La comunicación previa deberá contener:

a) Los datos identificativos del operador, de las aeronaves que vayan a utilizarse en la operación y de los pilotos que la realicen, así como las condiciones en que cada uno de ellos acredita los requisitos exigibles conforme al apartado 5.

b) La descripción de la caracterización de dichas aeronaves, incluyendo la definición de su configuración, características y prestaciones.

c) El tipo de trabajos técnicos o científicos que se vayan a desarrollar o, en otro caso, los vuelos que se vayan a realizar y sus perfiles, así como de las características de la operación.

d) Las condiciones o limitaciones que se va a aplicar a la operación o vuelo para garantizar la seguridad.

Junto a la comunicación previa, el operador deberá presentar una declaración responsable en el que manifieste, bajo su responsabilidad, que cumple con cada uno de los requisitos exigibles conforme a lo previsto en esta disposición para la realización de las actividades u operaciones comunicadas, que dispone de la documentación que así lo acredita y que mantendrá el cumplimiento de dichos requisitos en el período de tiempo inherente a la realización de la actividad. Además de esta declaración responsable el operador deberá presentar el Manual de operaciones, el estudio aeronáutico de seguridad y la documentación acreditativa de tener suscrito el seguro obligatorio exigidos, respectivamente, por el apartado 3, letra d), números 2.º, 3.º y 7.º, y apartado 4. Cuando la comunicación previa se refiera a las operaciones previstas en el apartado 3, deberá presentarse junto a esta documentación el programa de mantenimiento y acreditación de la realización de los vuelos de prueba con resultado satisfactorio a que se refieren los números 4.º y 5.º de la letra d) de dicho apartado.

Cualquier modificación de la comunicación deberá ser comunicada a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea con una antelación mínima de 5 días al día de la implementación de la modificación, presentando actualizada la declaración responsable y, en su caso, la documentación acreditativa complementaria prevista en este apartado.

La Agencia Estatal de Seguridad Aérea está obligada a emitir un acuse de recibo en el plazo de 5 días a contar desde el día de recepción de la documentación en el que, como mínimo, figuren las actividades para cuyo ejercicio queda habilitado por la comunicación o su modificación.

7. El ejercicio de las actividades previstas en los apartados 3 y 4 por aeronaves cuya masa máxima al despegue exceda de 25 Kg. así como cualquier modificación en las condiciones de ejercicio de dichas actividades o de los requisitos acreditados, estará sujeta a la previa autorización de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, conforme a lo previsto en este apartado.

La solicitud de autorización y sus modificaciones tendrá el contenido mínimo previsto para la comunicación previa en el apartado anterior y junto a ella deberá presentarse la declaración responsable y documentación complementaria exigida en dicho apartado.

8. La comunicación previa o autorización de la realización de los trabajos técnicos o científicos previstos en el apartado 3, y sus modificaciones habilita para el ejercicio de la actividad por tiempo indefinido, en el caso de las operaciones sujetas a comunicación previa una vez transcurrido el plazo de cinco días a que se refiere el apartado 6, con sujeción, en todo caso, al cumplimiento de los requisitos exigidos y en tanto se mantenga su cumplimiento.

La comunicación previa o autorización de la realización de los vuelos previstos en el apartado 4, y sus modificaciones habilita exclusivamente para la realización de aquellos vuelos que, según sea el caso, se hayan autorizado o comunicado con la antelación prevista en el apartado 6 y con sujeción, en todo caso, al cumplimiento de los requisitos exigidos y en tanto se mantenga su cumplimiento.

Los operadores habilitados conforme a lo previsto en esta disposición para el ejercicio de las actividades aéreas a que se refiere el apartado 3, podrán realizar, bajo su responsabilidad, vuelos que no se ajusten a las condiciones y limitaciones previstas en los apartados 3 y 4 en situaciones de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública, así como para la protección y socorro de personas y bienes en los casos en que dichas situaciones se produzcan, cuando les sea requerido por las autoridades responsables de la gestión de dichas situaciones.

9. Reglamentariamente se establecerá el régimen jurídico a que queda sujeta la operación e aeronaves civiles pilotadas por control remoto, en otros supuestos distintos de los contemplados en este real decreto-ley

10. Por resolución del Director de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea se podrán establecer los medios aceptables de cumplimiento cuya observancia acredita el cumplimiento de los requisitos establecidos en esta disposición.

albertocvr
05/07/2014, 22:43
si os fijais solo se autorizan vuelos para trabajos técnicos o científicos ademas de vuelos de prueba o demostración privada .... nada de filmaciones

Pauantich
05/07/2014, 22:46
Habla de trabajos técnicos y científicos, también dice que sólo de día

Pauantich
05/07/2014, 22:47
De todos modos como marco regulatorio provisional está bastante bien. Adiós al limbo legal!

Megaboeing
05/07/2014, 23:59
Y no mencionais que se debe ser operador autorizado con los siguientes requisitos...

http://www.seguridadaerea.gob.es/media/Migracion/PDF/88838/104932.pdf

Saludos

splinter
06/07/2014, 08:39
En este ultimo enlace, solo he encontrado que habla de titulaciones de comandantes y demás puestos de un avión. Que no significa que no aparezca lo relativo a drones, pero no lo he encontrado. Sigo buscando.


Por cierto... gracias por colgar aquí el texto del boe que nos corresponde.

Megaboeing
07/07/2014, 14:04
Pues acabo de cerciorarme del tema de ser operador de servicios aereos, asi es
hay que ser operador autorizado para poder pilotar y trabajar para esa empresa, lo que
no impide que sea propiedad del mismo piloto.

La cosa no es facil

danireina
08/07/2014, 09:35
Buenas, me he leido el decreto y no me queda claro... Aunque parece ser que la mayoria de requisitos se dirigen a usos profesionales, cientificos... Quedando excluidos los usos turistico, deportivo, recreativo...

En cuanto a las zonas para volar, esto si parece claro, prohibido en zonas urbanas o restringidas como aeropuertos.

Yo voy a comprar un Hexo + o un AirDog. En estos casos, el manejo no es mediante emisora, me interesa solo las funciones de seguimiento a un objetivo (movil o receptor). Una vez seleccionada la función el vuelo sera autonomo... Y me pregunto, donde encaja esto??

Será necesario ponerle placa identificatica? Y sacar una licencia? Dicen que se controla con una APP muy sencilla... Si mi intención es grabarme a mi mismo en lugares apartados, que problema voy a tener?

Veamos en que deriva todo esto que no me gustaría gastarme una pasta en un aparato que luego no pueda usar como quiero...

AdriAragon
08/07/2014, 10:32
Buenas, me he leido el decreto y no me queda claro... Aunque parece ser que la mayoria de requisitos se dirigen a usos profesionales, cientificos... Quedando excluidos los usos turistico, deportivo, recreativo...





En cuanto a las zonas para volar, esto si parece claro, prohibido en zonas urbanas o restringidas como aeropuertos.





Yo voy a comprar un Hexo + o un AirDog. En estos casos, el manejo no es mediante emisora, me interesa solo las funciones de seguimiento a un objetivo (movil o receptor). Una vez seleccionada la función el vuelo sera autonomo... Y me pregunto, donde encaja esto??





Será necesario ponerle placa identificatica? Y sacar una licencia? Dicen que se controla con una APP muy sencilla... Si mi intención es grabarme a mi mismo en lugares apartados, que problema voy a tener?





Veamos en que deriva todo esto que no me gustaría gastarme una pasta en un aparato que luego no pueda usar como quiero...



¿Vas a trabajar con el? ¿Lo vas a usar para fines comerciales?

Si es grabarte a ti solo, sin vender imágenes y demás, tu mismo te has dado la respuesta pero para aclararte... Encaja como uso "recreativo" o hobby.



Saludos!

Megaboeing
08/07/2014, 16:07
Pues eso, si no vuelas con el bicho en una ciudad o zona restringida y no vendes las imagenes
pues no pasa nada.

Salu2

pilotillo
09/07/2014, 21:28
Yo no lo voy a usar como pro,(aunque tengo licencias) , no tengo ni tiempo ni 3000 € ... ,pero ya sabemos que hay picaresca y he pensado quien va a poder evitar que regale las imagenes y cobre por editarlas , al estilo de vendo boli bic y regalo entrada par final de champions por 400€?
:):):)

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infovist
09/07/2014, 22:15
Yo quisiera saber que asociación/es o empresas de multis han participado o han estado presentes en la redacción de esta nueva normativa, casi mejor que no hubieran estado... para lo que han ayudado...
Que se nos exija los mismos requisitos para volar el multi que a un tipo con un avión, para hacer un trabajo de 150€, tiene narices.:mad:

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pilotillo
09/07/2014, 22:53
Pues no se que trabajos se haran por 150€
Sin saber del sector pro mucho pero al menos dos personas , un piloto y un operador de camara con su seg social o recibo de autonomos gasolina mas gasto de vehiculo mas tiempo de desplazamiento , desgaste/amortizacion de equipo , seguro, aval de operador , electricidad de carga de bateria/smas adelanto de iva.....


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Henry
09/07/2014, 23:00
Yo quisiera saber que asociación/es o empresas de multis han participado o han estado presentes en la redacción de esta nueva normativa, casi mejor que no hubieran estado... para lo que han ayudado...
Que se nos exija los mismos requisitos para volar el multi que a un tipo con un avión, para hacer un trabajo de 150€, tiene narices.:mad:

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Tienes mucha razón a parte del coste de todas las milongas q piden, una sarta de burocracia inútil... No cambiamos con el paso de los años.

AdriAragon
09/07/2014, 23:04
Yo quisiera saber que asociación/es o empresas de multis han participado o han estado presentes en la redacción de esta nueva normativa, casi mejor que no hubieran estado... para lo que han ayudado...
Que se nos exija los mismos requisitos para volar el multi que a un tipo con un avión, para hacer un trabajo de 150€, tiene narices.:mad:

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Grandes empresas, seguro. Es más, estoy seguro que no lo han consultado con las pequeñas empresas o autónomos, o de haberlo hecho solamente con aquellos de más "reputación". Mi opinión.

infovist
10/07/2014, 11:34
Bueno, pues buscando información, me he encontrado con este artículo que, si bien es del 14-05-2014 deja clara la intención de nuestros amigos los Pilotos de Aviación Comercial (Copac) tenian ya hacia los que pretendemos trabajar con algún multi.
http://www.actualidadaeroespacial.com/default.aspx?where=9&id=1&n=12974
El el último párrafo queda patente su deseo expreso que AESA mida a todos por el mismo rasero, los que pilotan un avión comercial y los que pilotan un dron que no exceda de 3 kg, por ejemplo.

Ahora digo yo, ¿no nos queda otra que acatar la ley impuesta y callar?
Supongo que se le podría buscar la vuelta a la tortilla y constituir cooperativas que nos engloben a los "pilotos" de drones y esas cooperativas sean las "certificadas por Aesa como operador de trabajos aéreos"
...algún abogado por aquí?

pilotillo
10/07/2014, 13:06
Bueno, pues buscando información, me he encontrado con este artículo que, si bien es del 14-05-2014 deja clara la intención de nuestros amigos los Pilotos de Aviación Comercial (Copac) tenian ya hacia los que pretendemos trabajar con algún multi.
http://www.actualidadaeroespacial.com/default.aspx?where=9&id=1&n=12974
El el último párrafo queda patente su deseo expreso que AESA mida a todos por el mismo rasero, los que pilotan un avión comercial y los que pilotan un dron que no exceda de 3 kg, por ejemplo.

Ahora digo yo, ¿no nos queda otra que acatar la ley impuesta y callar?
Supongo que se le podría buscar la vuelta a la tortilla y constituir cooperativas que nos engloben a los "pilotos" de drones y esas cooperativas sean las "certificadas por Aesa como operador de trabajos aéreos"
...algún abogado por aquí?

Cada uno defiende lo suyo ...
Yo no se donde vi que esta legislacion era provisional...
Hay que reconocer o deberian de saber en fomento que se necesitan capacidades distintas , no es lo mismo volar un ulm de ala fija que un hexacopter de ala rotatoria porque se comportan de manera distinta,de echo cuando te sacas la licencia de ulm , normalmente de ala fija , te exigen habilitaciones para volar autogiros o pendulares... por que son maquinas distintas.
Han echo un buen filtro con los tresmil leures ...

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